NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (06/09/2001)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 44
Pág. 209658 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de setiembre de 2001 los 30º y 31º del Reglamento de Acondicionamiento Terri- torial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente y la Ordenan- za Metropolitana Nº 134 el 19 de diciembre de 1997; Que, la Comisión de Desarrollo Urbano mediante Dic- tamen Nº 061-2000-MML-CDU de fecha 9 de octubre de 2000 ha emitido opinión respecto a las peticiones de reajuste de Zonificación correspondiente al distrito de Cieneguilla; De conformidad con lo establecido en el Artículo 134º incisos 2) y 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, los Artículos 18º, 24º, 26º y 30º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Me- dio Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-85- VC y la Ordenanza Metropolitana Nº 134 de 19 de diciem- bre de 1997; Aprobó la siguiente: ORDENANZA DE MODIFICACIÓN DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE CIENEGUILLA Artículo Único.- Modificar de acuerdo a las solicitu- des formuladas, el Plano de Zonificación de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana a Mediano Plazo, corres- pondiente al distrito de Cieneguilla, en los siguientes términos: Nº Expediente Solicitante Cambio Opinión 415-99 Oscar Gonzáles Damián Anexión Urbana y PROCEDE Oficio Nº 095- y Miguel Málaga Volz Asignación de 00/DM-MDC Gen. Zonificación R1-S 0389-98 Oscar Gonzáles Anexión Urbana y PROCEDE Oficio Nº 096-00- Damián y Miguel Asignación de MDC Málaga Volz Gen. Zonificación R1-S POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los veintisiete días del mes de febrero de 2001. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 30442 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Amplían la Ordenanza Nº 029-2000- MDSMP y conforman Comisión Espe- cial para autorizar la ejecución de obras de habilitación urbana ORDENANZA Nº 026-2001-MDSMP San Martín de Porres, 5 de septiembre de 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión ordinaria de fecha 5 de septiembre del 2001; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 029 del año 2000, se Aprueba beneficios a propietarios de habilitaciones urba- nas irregulares y normas para aprobar ejecución de obras de habilitaciones urbanas a agrupaciones asociativas;Que, de conformidad con la Ley General de Habilita- ciones Urbanas Nº 26878 y el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, no se faculta a la Comisión Técnica y Dictaminadora de Habilitaciones Urbanas a autorizar la ejecución de obras de habilitaciones urbanas; Que, como quiera que en la dación de la Ordenanza Nº 029 existe un vacío legal respecto a lo precitado, se tiene la necesidad de conformar una Comisión Especial para autorizar la Ejecución de Obras de Habilitación Urbana; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferi- das por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo Municipal, por Mayoría absoluta (12 Regidores) se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- AMPLIAR la Ordenanza Nº 029- 2000-MDSMP, en el extremo de CONFORMAR la Comi- sión Especial para Autorizar la Ejecución de obras de habilitaciones urbanas a agrupaciones asociativas com- prendidas dentro del Artículo Segundo de dicha Ordenan- za Nº 029, siendo sus integrantes: I.El Director de Desarrollo Urbano, quien la presi- dirá. II.El Director de la Dirección de Asesoría Jurídica. III.El Jefe de la División de Planificación y Habilita- ciones Urbanas, quien actuará como Secretario. IV.Un profesional arquitecto colegiado. V.Un profesional ingeniero civil colegiado. Artículo Segundo.- Deróguese para todos sus efectos el Artículo Cuarto de las Disposiciones Complementarias de la Ordenanza Nº 029. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 30441 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Prorrogan plazo para el pago del impuesto predial y arbitrios del año 2001 de los inmuebles dedicados a casa habitación, comercio y servicios menores DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2001-MDSA Santa Anita, 31 de agosto de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 52º del Código Tributario, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, señala que los Gobiernos Locales adminis- trarán exclusivamente las contribuciones y tasas munici- pales, sean estas últimas, derechos, licencias o arbitrios y, por excepción, los impuestos que la Ley les asigne; Que, el Artículo 6º de la Ley de Tributación Municipal, aprobada con el Decreto Legislativo Nº 776, señala que el Impuesto Predial es un impuesto municipal; Que, de conformidad al inciso b) del Artículo 15º de la Ley de Tributación Municipal, el pago del Impuesto Pre- dial puede realizarse en forma fraccionada, en cuyo caso la primera y segunda cuotas vencen el último día hábil del mes de febrero y mayo de cada ejercicio, respectivamente; Que, el Artículo 29º del Código Tributario señala que el plazo para el pago de la deuda tributaria puede ser prorro- gado, por la Administración Tributaria;