NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (06/09/2001)
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Pág. 209662 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de setiembre de 2001 Artículo Segundo.- El personal que trabaja en las operaciones de carga y descarga en la referida área encap- sulada deberá de estar provisto de la indumentaria y equipos de seguridad necesario para su protección. Artículo Tercero.- Sólo se permitirá el transporte de concentrados de mineral de plomo en el ámbito de la Provincia Constitucional del Callao, a aquellos vehículos que asegurando un total hermetismo, cuenten con los siguientes requisitos: 1. Estar provisto de una plastilona que cubra la mitad de la altura de la carrocería debidamente asegurada, para evitar que el material en partículas se esparza. 2. Sellar las compuertas con costales o jebes y contar con los dispositivos y/o accesorios de seguridad corres- pondiente. 3. Contar con un distintivo circular de 30 cm. de diámetro de fondo blanco con letras rojas donde conste las 3 primeras letras del depósito de concentrados de donde provienen y el número que corresponde a cada unidad otorgada por dicho depósito. Artículo Cuarto.- El Terminal Marítimo del Ca- llao, en adición a lo señalado por el Decreto de Alcaldía Nº 00025-99, deberá de cumplir obligatoriamente con los siguientes dispositivos: 1. Instalar un sistema de lavado a presión del vehículo que egresa del terminal, el mismo que contará con su correspondiente drenaje y poza de decantado para recupe- rar los sólidos. 2. Establecer un programa de atención de 24 horas a vehículos que transportan concentrados de minerales en los períodos de embarque de dichos concentrados. 3. Remitir con 7 días de anticipación a la Dirección de Control de la Contaminación Ambiental de la Municipa- lidad Provincial del Callao la programación de embarque de concentrados de minerales en el Primer Puerto. Artículo Quinto.- La Dirección General de Protec- ción Ambiental de la Municipalidad Provincial del Callao promoverá la adopción de las acciones pertinentes para implementar sistemas de tecnología relacionadas al tras- lado mecanizado y encapsulado de los concentrados de minerales del depósito al puerto. Artículo Sexto.- La Dirección General de Transporte Urbano de la Municipalidad Provincial del Callao deter- minará, en un plazo de 30 días calendario contados a partir de la promulgación de la presente norma, las rutas que deberán de observar los transportistas de concentra- dos de minerales en el Callao. Artículo Sétimo.- La Municipalidad Provincial del Callao no otorgará, a partir de la fecha, nuevas Licencias de Funcionamiento para el rubro de manejo y operaciones de concentrados de mineral de plomo en el ámbito de su jurisdicción. Primera Disposición Final.- Los Artículos Primero y Tercero del presente Decreto de Alcaldía entrarán en vigencia a partir del 1 de febrero del 2002. Segunda Disposición Final.- Deróguese los Decre- tos de Alcaldía Nº 025-99-MPC y Nº 010-00-MPC en lo que se oponga a la presente norma. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 30443 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TOCACHE Inician procedimiento disciplinario a ex Director de Rentas de la Municipali- dad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 100-2001-MPT Tocache, 28 de agosto del 2001EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TOCACHE VISTO: El Informe Nº 001-2001-MPT/CEPAD, de fecha 13 de agosto del 2001, emitido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipa- lidad Provincial de Tocache, que opina se instaure proceso administrativo disciplinario contra el funcionario de la Municipalidad don Jorge Hernán Alvarez Ruiz, por haber contravenido el Artículo 28º, los incisos d, f, h y j del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa. CONSIDERANDO: Que, analizados y merituados las conclusiones, los documentos que obran en la Comisión Especial de Proce- sos Administrativos Disciplinarios, es necesario se aclare las irregularidades cometidas por el funcionario Jorge Hernán Alvarez Ruiz, cuando se desempeñaba como Di- rector de Rentas, transgrediendo el Artículo 28º, incisos d, f, h, j del Decreto Legislativo Nº 276. Que, el referido funcionario se ausentó de manera intempestiva con fecha 7-8-2001, al tener conocimiento de las investigaciones iniciadas, dejando presentado una Solicitud de Renuncia Irrevocable, sin haber hecho entre- ga formal del cargo y no siendo ubicado desde esa fecha en la dirección señalada en el referido documento. Estando a lo informado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y de conformidad con el Art. 47º, inciso 6) y Artículo 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APERTURAR proceso adminis- trativo disciplinario al funcionario Jorge Hernán Alvarez Ruiz ex Director de Rentas de la Municipalidad Provincial de Tocache, en mérito a los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- NOTIFICAR la presente Resolu- ción a la persona indicada, para que se sirva recabar el pliego de cargos en la Oficina de Personal de la Munici- palidad Provincial de Tocache, sito en el Jr. Progreso Nº 198, y haga uso de su derecho de descargo en el plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. TADEO RENGIFO ARÉVALO Alcalde 30183 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia de Protocolo Adicional al Acuerdo suscrito con el Organismo Internacional de Energía Atómica a fin de aplicar salvaguardias en relación con Tratados para la Pros- cripción y No Proliferación de Armas Nucleares De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE. (GAB) Nº 0-3-A/174 comunica que el referido protocolo, suscrito el 22 de marzo del año 2000, aprobado mediante Resolución Legislativa Nº 27463 de fecha 25 de mayo de 2001, ratificado por Decreto Supremo Nº 049- 2001-RE del 15 de junio de 2001 y publicado en el Diario Oficial El Peruano, al igual que el texto, el 18 de junio de 2001, entró en vigencia para el Perú el 23 de julio del año 2001 . 30390