NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (16/09/2001)
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Pág. 210042 NORMAS LEGALES Lima, domingo 16 de setiembre de 2001 de Urgencia para la adquisición de Insumos del Programa del Vaso de Leche; Y en uso de las facultades establecidas en el inciso 15) del Artículo 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con el voto mayoritario del pleno del Concejo, y con la dispensa de la lectura del acta; SE ACUERDA: Artículo Primero.- PRORROGAR la Declaración de Situación de Urgencia para la Adquisición de Insumos del Programa del Vaso de Leche aprobada por Acuerdo de Concejo Nº 025 de fecha 26 de abril del 2001, por un lapso de sesenta (60) días calendario, en tanto se lleve a cabo el proceso de selección a que se hace referencia en el último considerando del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- Autorizar a la Dirección de Admi- nistración a través de la Unidad de Abastecimiento para que proceda a la Adquisición de los insumos requeridos por el Programa del Vaso de Leche conforme al requerimiento de la Jefatura del Programa del Vaso de Leche, el mismo que se efectuará mediante el proceso de selección de Adju- dicación Directa de Menor Cuantía. Artículo Tercero.- Dentro del plazo de la presente prórroga, el Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche deberá celebrar la Licitación Pública desti- nada a la adquisición de los insumos para el Programa del Vaso de Leche bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- Poner en conocimiento del presente Acuerdo a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General de la República, para los fines pertinentes. Regístrese, cúmplase y archívese. CLAUDIO ZUÑIGA ESPINOZA Alcalde (e) 30947 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban habilitación urbana de terre- no ubicado en el distrito RESOLUCIÓN Nº 590-2001-RASS Expediente Nº 008762-2001.2 Santiago de Surco, 10 de setiembre de 2001 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: La solicitud formulada por Franco Antonio y Bruno Renato Marrese Moreno para que se apruebe la Habilitación Urbana Nueva de Lote Unico del terreno de 1,182.40 m2, constituido por el sublote Nº 2-B, Mz. H, urbanización "Las Lomas de Monterrico", distrito de San- tiago de Surco; y, CONSIDERANDO: Que, la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas de Santiago de Surco en su Sesión Nº 010-2001 de fecha 7-8- 2001, emitió el DICTAMEN Nº 02: FAVORABLE, en la solicitud de Habilitación Urbana Nueva de Lote Unico, del inmueble de 1,182.40 m2 de propiedad de Franco Antonio y Bruno Renato Marrese Moreno, aprobando que los apor- tes reglamentarios se redimirán en dinero; Que, la Subdirección de Obras Privadas emite el Infor- me Nº 242-2001-SDOPRIV-DDU (fs. 86 a 89) precisando que los recurrentes han cumplido con presentar la documenta- ción prevista en el Texto Unico de Procedimientos Adminis- trativos - TUPA y efectuada la correspondiente inspección ocular al terreno, se ha encontrado conforme, procediendo expedir Resolución de Aprobación de Habilitación Urbana Nueva de Lote Unico; Estando a la normatividad contenida en la Ordenanza Nº 09-99-MSS, Ley Nº 26878, su modificatoria Ley Nº 27135 y facultad expresa prevista en la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853 Artículo 47º, inciso 6); RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR FUNDADO el petitorio de Franco Antonio y Bruno Renato Marrese Moreno y enconsecuencia aprobar, de conformidad con los Planos signados con el Nº 080-2001-SDOPRIV-DDU-MSS, la Habilitación Urba- na Nueva de Lote Unico del terreno de UN MIL CIENTO OCHENTIDOS METROS CUADRADOS CON CUARENTA DECÍMETROS CUADRADOS (1,182.40 m2) para Uso Resi- dencial de Baja Densidad R-2, constituido por el sublote 2-B, Mz. H de la urbanización "Las Lomas de Monterrico", ubicado con frente a la calle Bellavista s/n, en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a Franco Antonio y Bruno Renato Marrese Moreno para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses contados a partir de la notificación de la presente Resolución, las Obras de Habilitación Urbana del terreno de 1,182.40 m2 cuyos proyectos se aprueban, debiendo sujetarse dichos trabajos a los Planos firmados y sellados, teniendo en cuenta lo siguiente: DISEÑO URBANO.- El Cuadro de Areas que se aprue- ba es el siguiente: Area Total Bruta 1,182.40 m2. Area cedida para vías 0.00 m2. Area Util del Lote Unico 1,182.40 m2. Area de Aportes: Recreación Pública 7%82.77 m2. Redimirán en dinero Parques Zonales 2%23.65 m2. Redimirán en dinero M. de Educación 2%23.65 m2. Redimirán en dinero Otros Fines 2%23.65 m2. Redimirán en dinero La calle Bellavista, por tratarse de vía de una parcela- ción semirrústica, no cuenta con la vereda y berma de estacionamiento, que los recurrentes están obligados a ejecutar dentro del proceso de Habilitación Urbana Nueva que por la presente Resolución se aprueba, en el tramo correspondiente al frente del predio de su propiedad de 32.00 m. La vereda y berma deben ejecutarse con anchos de 1.20 m. y 0.80 m., respectivamente. PAVIMENTOS.- Las características de las obras de Pavimentación por ejecutar correspondientes a la vereda y berma en la calle Bellavista serán las siguientes: Aceras.- Serán de concreto de calidad de f 'c= 175 kg./ cm2, de 0.10 m. de espesor y construida sobre un terraplén de material seleccionado de buena calidad y debidamente nivelado y compactado. El acabado será con mezcla cemento y arena fina, preparado en proporción 1:2 y de un centímetro de espesor, bruñado cada 1.00 metro y con juntas cada cinco metros. El desnivel de la acera con relación a la calzada terminada será de 0.20 m. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 m. x 0.45 m. mínimo. Deberán ser vaciados total e independientemente de la losa de la vereda, de tal modo que cuando se ejecuten reparaciones no se comprometa al sardinel. La calidad del concreto será de f 'c= 175 kg/cm2. Bermas.- Las bermas laterales quedarán en tierra de chacra, compactada y nivelada, con árboles cada 12 m. en pozas de concreto. Artículo Tercero.- DISPONER, quede como carga inscri- ta en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima la obliga- ción de los propietarios de cancelar los Déficits de Aportes Reglamentarios, que serán redimidos en dinero, antes de la Recepción de Obras y en consecuencia queda como garantía el Lote Unico. En cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 aproba- do por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC Artículo 29º, los Déficits de Aportes para Recreación Publica de 82.77 m2 y para Otros Fines de 23.65 m2 deben ser valorizados y cancelados en la Municipalidad de Santiago de Surco; para Parques Zonales de 23.65 m2 en Serpar Lima y para el Ministerio de Educación de 23.65 m2 en dicho Ministerio. Artículo Cuarto.- ORDENAR a los propietarios efec- tuar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de 5 días útiles, contados a partir del día siguiente de notificados; cuyos gastos serán sufragados por los mismos. Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes a la Dirección de Desarrollo Urbano a través de la Subdirección de Obras Privadas y remisión de los presentes actuados adminis- trativos a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su ratifica- ción de acuerdo a Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 30963