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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (02/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 220606 NORMAS LEGALES Lima, martes 2 de abril de 2002 moción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME es una unidad ejecutora que está a cargo de una Direc- ción Ejecutiva responsable de administrar los recursos humanos, materiales, económicos y financieros de la misma; Que, de conformidad con el literal b) del Artículo 4º del mencionado Reglamento y las normas señaladas en el considerando precedente, corresponde al Director Ejecuti- vo de PROMPYME, como máxima autoridad administrati- va de la entidad, aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ejercicio 2002 de PROMPYME; Que, mediante el documento de visto el Director Gene- ral de Administración eleva para su aprobación respectiva el nuevo Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ejercicio 2002 correspondiente a PROMPYME como Uni- dad Ejecutora del Pliego Ministerio de Trabajo y Promoción Social; Que, resulta necesario emitir la Resolución correspon- diente que apruebe el indicado Plan; De conformidad con la Ley Nº 27643 modificada por la Ley Nº 27678, el Texto Único Ordenado de la Ley de Adqui- siciones del Estado y su Reglamento, aprobados por De- cretos Supremos Nºs. 012 y 013-2001-PCM, así como los Decretos Supremos Nºs. 059-97-PCM y 105-2001-PCM y Resolución Ministerial Nº 055-2002-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Directo- ral Nº 003-2002-PROMPYME/DE que aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa como Unidad Ejecutora del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 2º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ejercicio 2002 de la Comisión de Pro- moción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME como Unidad Ejecutora del Pliego Ministerio de Trabajo y Promoción Social, el mismo que en anexo a folios uno, for- ma parte de la presente Resolución. Artículo 3º.- La presente Resolución deberá publicar- se en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días siguientes de su expedición. Artículo 4º.- El Plan Anual de Adquisiciones y Contra- taciones aprobado por la presente Resolución deberá ser remitido a CONSUCODE y PROMPYME dentro de los diez (10) días siguientes de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN INFANTE ALOSILLA Director Ejecutivo 5985 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban formularios sobre impuestos a las Apuestas, a Espectáculos Públi- cos No Deportivos y a los Juegos, así como Boletas de Pago de Deudas Tri- butarias y de Multas Administrativas y Otras Deudas No Tributarias SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 030 -2002-SAT-MML Lima, 27 de marzo de 2002CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto Nº 225 se creó el Servicio de Administración Tributaria - SAT, como organismo público descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cuya finalidad es organizar y ejecutar la administración, fis- calización y recaudación de todos los ingresos tributarios, así como organizar y ejecutar la recaudación de las multas administrativas; Que, es objetivo principal del SAT adoptar las acciones necesarias a fin de optimizar la recaudación; Que, con la finalidad de brindar un servicio adecuado a los contribuyentes, responsables, infractores y deudores de la Municipalidad Metropolitana de Lima, es conveniente que se dicten las medidas necesarias para facilitarles el cumplimiento de las obligaciones tributarias a su cargo, así como el pago de sus multas administrativas y otras deu- das no tributarias, para lo cual deben aprobarse los formu- larios que serán utilizados para este efecto; Estando a lo dispuesto por el literal d) del Artículo 6º del Edicto Nº 227 y el Artículo 3º de la Resolución Jefatural Nº 020-2001-SAT-MML; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los formularios, que serán utiliza- dos por los contribuyentes o responsables con deudas tri- butarias con la Municipalidad Metropolitana de Lima, para el pago de los siguientes impuestos y conceptos, los mis- mos que como anexo forman parte integrante de la pre- sente resolución: Formulario “Impuesto a las Apuestas” Formulario “Impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos” Formulario “Impuesto a los Juegos” Formulario “Boleta de Pago de Deudas Tributarias” Los citados formularios, con excepción del formulario “Boleta de Pago de Deudas Tributarias”, tienen carácter de declaración jurada. Artículo 2º.- Aprobar el formulario “Boleta de Pago de Multas Administrativas y Otras Deudas No Tributarias”, que será utilizado por los infractores o deudores de la Munici- palidad Metropolitana de Lima, para el pago de multas ad- ministrativas y otras deudas no tributarias, con excepción de las multas impuestas por infracciones de tránsito y trans- porte público, el mismo que como anexo forma parte inte- grante de la presente resolución. Artículo 3º.- El formulario a que se refiere el artículo anterior, podrá ser utilizado para el pago de las cuotas de fraccionamiento de las multas impuestas por infracciones de tránsito y transporte público. Artículo 4 º.- Aprobar el Anexo del formulario de la De- claración Jurada del Impuesto a los Juegos de Máquinas Tragamonedas denominado “ Anexo de la Declaración Ju- rada del Impuesto a los Juegos de Máquinas Tragamone- das”. Artículo 5º.- La distribución de los referidos formula- rios se llevará a cabo, en forma gratuita, a través de las entidades bancarias y financieras con las que el Servicio de Administración Tributaria - SAT tiene celebrados conve- nios de recaudación y de los Departamentos de Servicios del SAT. Artículo 6º.- Derogar los Artículos 2º y 3º de la Resolu- ción Jefatural Nº 011-99-SAT-MML. Artículo 7º.- Déjese sin efecto el ANEXO III de las Re- soluciones Jefaturales Nºs. 002-2000-SAT-MML y 031-99- SAT-MML. La División de Tributos del SAT determinará el modelo de Resolución que declara la pérdida del fraccio- namiento. Artículo 8º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ ARIST A ARBILDO Jefe del Servicio de Administración Tributaria