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Pág. 220768 NORMAS LEGALES Lima, jueves 4 de abril de 2002 Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al Procu- rador Público mencionado, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de la Presidencia 6117 Autorizan a procurador iniciar acciones contra miembros del Proyecto Especial "Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna" por pre- sunta comisión de delito RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 118-2002-PRES Lima, 2 de abril de 2002 VISTO: El Oficio Nº 0867-2002-INADE-1101-OGAJ, del Jefe del Instituto Nacional de Desarrollo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Especial Nº 001-2001-OAI-PET- INADE, la Oficina de Auditoría Interna del Proyecto Espe- cial "Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna", - PET, ha evidenciado la existencia de irregula- ridades en el otorgamiento de la Buena Pro a la Empresa VISA S.R.LTDA. para el alquiler de un camión para el trans- porte de materiales y personal a obra, acreditándose un pago indebido de S/. 9 399,00; Que, de acuerdo al referido Informe Especial, el Comité Especial de Adquisiciones por Adjudicación Directa y Ad- judicación de Menor Cuantía del PET, designado mediante Resolución Directoral Nº 124-2001-INADE-8600, de fecha 25 de setiembre del 2001, e integrado por el CPC Patricio Ale Nina, como Presidente; el Ing. Saúl Quintanilla Zeva- llos y el Sr. Roberto Neyra Urquizo, como miembros, ela- boró el Cuadro Comparativo Nº 461, de fecha 4 de diciem- bre del 2001, habiéndose otorgado la Buena Pro a la empre- sa VISA S.R.Ltda., suscribiendo dicho Cuadro Compara- tivo los miembros del Comité Especial, a excepción del Sr. Roberto Neyra Urquizo; Que, el órgano de control interno del PET, en su Infor- me Especial ha establecido que para la adjudicación de la Buena Pro, supuestamente se cursaron invitaciones a las empresas VISA S.R.LTDA., Transportes MEGA S.R.LTDA. y Carlos Miguel Hurtado Maldonado, sin que hayan partici- pado en su elaboración los encargados de formular las cotizaciones; Que, el citado órgano de control, igualmente ha detectado que el miembro del Comité Especial de Ad- quisiciones, Ing. Saúl Quintanilla Zevallos, es accionista de la empresa VISA S.R.LTDA., no habiéndose enerva- do tal situación con las copias de la escritura de modi- ficación social, por no haber sido inscrita en los Regis- tros Públicos; Que, asimismo, ha determinado que existe una sobreva- loración en el costo hora máquina, fijado en S/. 30,00, cuan- do, de acuerdo a la cotización hecha por la Oficina de Au- ditoría Interna del PET, los precios del mercado oscilan entre S/. 9,00 y S/. 16,00 hora máquina; Que, el Artículo 384º del Código Penal, tipifica el delito de colusión desleal, como la concertación que hace el fun- cionario o servidor público en los contratos, suministros, licitaciones, concurso de precios, subastas o cualquier otra operación semejante en la que intervenga por razón de su cargo o comisión especial para defraudar al Estado o enti- dad u organismo del Estado; Que, de acuerdo a lo expuesto, se ha establecido que el Ing. Saúl Quintanilla Zevallos, abusando de su designa- ción como miembro del Comité Especial Permanente delPET, ha obtenido un provecho ilícito en contra de los inte- reses del Estado; Que, asimismo, se encuentra incurso en el tipo legal acotado precedentemente, el CPC Patricio Ale Nina por cuanto, en su calidad de Presidente del Comité Especial Permanente, ha facilitado la comisión del ilícito penal aco- tado; Que, de acuerdo al literal f) del Artículo 16º de la Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, los Informes y/o Dictámenes emitidos por cualquier órgano del Sistema de Control tienen la calidad de prueba preconstituida para el inicio de acciones administrativas y/o judiciales; Que, por los motivos expuestos, se debe autorizar al Procurador Público del Sector, a fin de que, en uso de sus atribuciones, interponga y prosiga las acciones judiciales que correspondan contra los funcionarios responsables del PET; Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, y los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representación del Estado, interponga las acciones judiciales que correspondan, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción Ministerial. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al indica- do Procurador Público, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de la Presidencia 6118 Constituyen la Comisión de Capacita- ción Regional y Municipal que elabora- rá el Plan Nacional de Capacitación de las Autoridades Regionales y Locales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 119-2002-PRES Lima, 3 de abril de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de la Presidencia de conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25556, tiene entre sus fun- ciones prestar apoyo técnico a las Municipalidades y ase- sorarlas en el cumplimiento de sus atribuciones, a fin de lograr mayor eficiencia en la prestación de los servicios públicos locales y un adecuado aprovechamiento de sus recursos; Que, asimismo, corresponde al Ministerio de la Presi- dencia coordinar y ejecutar la política del Sector en mate- ria de descentralización y promoción de las Regiones, de conformidad con los planes y proyectos elaborados por los organismos que lo conforman, así como normar, promover y ejecutar estudios que sustenten el planeamiento físico y la formulación de proyectos de desarrollo nacional y pro- mover y ejecutar programas y proyectos de carácter na- cional, regional o local, enmarcados en las prioridades de planes de desarrollo de corto y mediano plazo; Que, mediante Ley Nº 27680, Ley de Reforma Consti- tucional del Capítulo XIV del Título IV, Sobre Descen- tralización, se establecen los lineamientos constituciona- les que permitirán llevar adelante el proceso de descen- tralización del país, a través de la consolidación de los Gobiernos Locales y Regionales; Que, en este contexto y con la finalidad de garantizar un adecuado y óptimo proceso de descentralización, es