Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2002 (16/04/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 16 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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supuestal del Ministerio de Pesqueria, de acuerdo al siguiente detalle: - Viaticos (gastos de instalacion) - Tarifa CORPAC US$ 520,00 US$ 25,00

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de marzo del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores Convenio de Donacion de USAID Nº 527-0401 CONVENIO BILATERAL DE DONACION ENTRE LA REPUBLICA DEL PERU Y LOS ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA PARA MEJORES SERVICIOS DE MICROFINANZAS PARA LOS POBRES Fecha: 27 de setiembre de 2001 Codificacion Contable: Budget Plan Code: LDV1-01-25527-KG13 Appropriation: 721/21021 ARTICULO 1. Proposito El proposito de este Convenio de Donacion ("Convenio") es establecer el entendimiento de las partes enunciadas anteriormente (las "Partes") sobre el Objetivo Estrategico descrito a continuacion: ARTICULO 2. Objetivo del Convenio y Resultados Seccion 2.1. Objetivo del Convenio El Objetivo del Convenio (de aqui en adelante llamado "Objetivo") es expandir y diversificar significativamente la oferta de servicios financieros para los pobres a traves de un conjunto de intervenciones altamente concentradas e intensificadas. Las instituciones financieras plenamente sostenibles y en crecimiento brindaran estos servicios dentro de un MORDAZA de politicas y ambiente regulador favorables. Los servicios seran expandidos para atender un numero mayor de pobres asi como para alcanzar aquellas areas rurales que a menudo son ignoradas y carecen de tales servicios. Los servicios financieros seran diversificados y estaran mas disponibles para que los pobres tengan mayor acceso a activos financieros y por consiguiente puedan manejar mejor su a menudo fragil situacion financiera, incluyendo servicios de cuentas de ahorros, transferencias, seguro de MORDAZA y otros servicios. Seccion 2.2. Resultados Para lograr este Objetivo, las Partes acuerdan trabajar conjuntamente para lograr los siguientes Resultados: (1) Capacidad Institucional Fortalecida en la provision de servicios microfinancieros, (2) Mejora en MORDAZA regulatorio y (3) Mayor disponibilidad de recursos para las Instituciones de Micro Finanzas. Dentro de los limites de la definicion del objetivo en la Seccion 2.1, esta Seccion 2.2. puede ser cambiada mediante acuerdo por escrito de los representantes autorizados de las Partes sin una enmienda formal al Convenio.

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el mencionado representante presentara un informe al Despacho Ministerial con MORDAZA a la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Pesqueria; conjuntamente con la rendicion de cuentas que debera efectuar conforme a lo dispuesto en el Articulo 5º del Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM. Articulo 4º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos y/o derechos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria 6896

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el "Convenio Bilateral de Donacion entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA para Mejores Servicios de Microfinanzas para los Pobres"
DECRETO SUPREMO Nº 028-2002-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que con fecha 27 de setiembre del ano 2001, se suscribio en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, el "Convenio Bilateral de Donacion entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA para Mejores Servicios de Microfinanzas para los Pobres", Convenio de Donacion de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID); Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 57º y 118º, inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru, y en el Articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Convenio Bilateral de Donacion entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA para Mejores Servicios de Microfinanzas para los Pobres", suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, el 27 de setiembre del ano 2001. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica.

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