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Pág. 222173 NORMAS LEGALES Lima, martes 30 de abril de 2002 emite opinión en el sentido, que se declare fundada la de- nuncia contra el doctor Víctor Cubas Villanueva; y, CONSIDERANDO: Que, a tenor de la declaración indagatoria de la Con- gresista de la República Susana Higuchi Miyagawa y del ex Asesor del Servicio de Inteligencia Nacional Vladimiro Montesinos Torres, se le imputa al magistrado cuestionado haber recibido la suma de $ 50,000 (cincuenta mil dólares americanos) de este último, por orden del ex Presidente de la República Alberto Fujimori Fujimori para archivar indebi- damente la denuncia formulada contra los familiares del ex mandatario, Clorinda Ebisui de Fujimori, Rosa Fujimori Fujimori y Santiago Fujimori Fujimori, sobre la sustracción ilícita de dinero y ropa donada por ciudadanos japoneses; Que, la imputación atribuida al doctor Víctor Cubas Vi- llanueva se sustenta: en mérito a la declaración de la ex Primera Dama de la Nación Susana Higuchi Miyagawa corriente a fojas 12 y 17, quien ratificando la denuncia aparecida en la Revista Caretas (abril de 1992-fs. 33 y ss.) señala que el denunciado magistrado en la fecha de la comisión de los hechos era un Fiscal "de confianza del gobierno" y que frente a la denuncia ante el Ministerio Público su ex esposo Alberto Fujimori le expresó que ya todo estaba arreglado entre Vladimiro Montesinos Torres y el Fiscal Víctor Cubas Villanueva; en mérito de la decla- ración indagatoria de Vladimiro Montesinos Torres de fs. 24 al 25, coincidente con su declaración de fs. 363 al 367 por ante la Fiscalía Suprema de Control Interno de donde se extrae, que el nombramiento del cuestionado, como Fiscal del caso concreto obedeció a un acuerdo previo celebrado inicialmente en las instalaciones del Servicio de Inteligencia Nacional (SIN) y luego en los ambientes del Palacio de Gobierno entre Vladimiro Montesinos To- rres, el ex Presidente de la República Alberto Fujimori Fujimori, produciéndose allí la entrega de los $ 50,000 (cincuenta mil dólares americanos), provenientes del Fon- do de la Reserva uno, pertenecientes al fondo de accio- nes reservadas del SIN, a favor de Víctor Cubas Villanue- va para archivar la denuncia sobre el tema de la ropa do- nada (versión directa de Vladimiro Montesinos Torres); en mérito de la declaración del Presidente de APENKAI Ra- fael Ángel Espinoza Mosqueira, qui en advirtió personal- mente la presencia del doctor Cubas Villanueva en el lo- cal del Servicio de Inteligencia Nacional en diálogo con el doctor Vladimiro Montesinos Torres, a efectos de coordi- nar su declaración testimonial sobre los hechos referidos a la "ropa donada", conforme corre a fs. 559 al 564; en mérito de la resolución irregular de fecha 11.5.92 de fs. 250 - 251, por el que decide no promover acción penal contra los denunciados y dispone el archivamiento defini- tivo de los actuados, en base a medios de prueba orienta- do hacia temas tangenciales como la repartición de ropa en la ciudad de Talara, no investigando ni dando razones sobre los hechos sustanciales de la denuncia, abundan- do más bien en argumentos de descargo, habiéndose omi- tido la realización de diligencias que hubieran conducido al esclarecimiento de los hechos; Que, el delito de cohecho pasivo de Fiscal, contempla- do en el Artículo 395º del Código Penal se consuma cuan- do dicho funcionario público solicita o acepta donativo, promesa o cualquier ventaja, a sabiendas que es hecha con la finalidad de influir en la decisión de un asunto de su competencia; vale decir, que los componentes de ti- picidad objetiva que presente el supuesto de hecho in- vestigado o denunciado deberán hallarse, en la hipóte- sis de aceptación de donativo, en una especial vincula- ción de conocimiento, por parte del sujeto activo, acerca de la finalidad del donativo y de la injusticia del acto co- metido; características de tipicidad subjetiva que le otor- gan singularidad al tipo penal incoado y que fundamentan la gravedad de la sanción conminada en la norma penal respectiva; Que, del estudio y análisis de los hechos, evaluación de descargos y demás actuados, se infiere que la actua- ción del doctor Víctor Cubas Villanueva reúne los suficientes elementos indiciarios objetivos y subjetivos para ser sub- sumidos en el injusto penal del delito de Corrupción de Funcionario -Cohecho Pasivo de Fiscal-, sancionado por el Artículo 395º del Código Penal, y por lo mismo para merecer se declare fundada la denuncia; Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 159º de la Constitución Política del Perú, Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADA la denuncia seguida contra el doctor Víctor Manuel Cubas Villanueva, ex Fiscal Provincial de la Décimo Sexta Fiscalía Provincial Penal de Lima, actual Fiscal Superior de la Sétima Fiscalía Superior Penal de Lima, por el delito de Corrupción de Fun- cionarios - Cohecho Pasivo de Fiscal. Artículo Segundo.- Remitir los actuados al Fiscal Su- premo llamado por Ley, para que proceda conforme a sus atribuciones. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento de la pre- sente resolución a los señores Presidentes de la Corte Suprema de Justicia de la República, del Consejo Ejecuti- vo del Poder Judicial, del Consejo Nacional de la Magistra- tura, Fiscal Supremo de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Lima y de los interesados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 7719 Dan por concluido nombramiento de magistrado adjunto de la Décima Cuar- ta Fiscalía Provincial Penal de Lima y encargatura materia de la Res. Nº 110- 2002-MP-FN RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 668-2002-MP-FN Lima, 29 de abril de 2002 VISTO Y CONSIDERANDO: La carta de fecha 25 de abril del 2002, cursada por el doctor Osmar Antonio Albujar De la Roca, Fiscal Adjunto Provincial Provisional de la Décima Cuarta Fiscalía Provin- cial Penal de Lima, en la que informa que su cónyuge la doctora Delia Milagros Espinoza Valenzuela, ha sido nom- brada como Fiscal Provincial Titular del Distrito Judicial de Lima, y estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decre- to Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Osmar Antonio Albujar De La Roca, como Fis- cal Adjunto Provincial Provisional de la Décima Cuarta Fis- calía Provincial Penal de Lima y la encargatura, materia de la Resolución Nº 110-2002-MP-FN, de fecha 21 de enero del 2002. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presen- te Resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judi- cial de Lima, Gerencia de Registro de Fiscales, Gerencia Central de Personal y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 7721 S B S Autorizan viaje de funcionario a Suiza para participar en la formación de la Asociación Internacional de Seguro de Depósitos y en su Primera Conferencia Anual RESOLUCIÓN SBS Nº 396-2002 Lima, 26 de abril de 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS