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Pág. 222177 NORMAS LEGALES Lima, martes 30 de abril de 2002 - GUTIÉRREZ HUAMÁN, JOSÉ LUIS - HOLGADO YÁBAR, MÓNICA - HUILLCA ÁLVAREZ, GERMAÍN ÁLEX - MONGE BENAVENTE, JOSÉ LUIS FERNANDO - SALAS ZARAUZ, JENNY MERCEDES - VALDIVIA GARIBOTTO, RAÚL TOMÁS Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Arequipa, a la trabajadora que se indica a continuación: - NÚÑEZ ESPINOZA, ROSA EUGENIA Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSARIO MIRANDA MAR Intendente Regional Intendencia Regional Arequipa 7691 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Aprueban y regulan la Extinción de Deu- da Tributaria Municipal mediante pago con bienes o servicios ORDENANZA Nº 053-MDB Breña, 22 de abril del 2002 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, con dispensa del trá- mite de aprobación del Acta, y POR UNANIMIDAD se apro- bó la siguiente: ORDENANZA RELATIVA A EXTINCIÓN DE DEUDA TRIBUTARIA MUNICIPAL MEDIANTE PAGO CON BIENES O SERVICIOS Artículo Primero.- Las deudas tributarias podrán ser extinguidas excepcionalmente mediante el pago con bie- nes y/o servicios, que incrementen el patrimonio de la Municipalidad y/o estén vinculados directamente con las prestaciones que ésta brinda; siendo facultad de la Mu- nicipalidad de Breña aceptar total o parcialmente, o re- chazar las solicitudes que presenten los contribuyentes con tal finalidad. El tributo a extinguirse será exclu- sivamente el de Arbitrios Municipales de Limpieza Pú- blica, Parques y Jardines, Seguridad Ciudadana y Re- lleno Sanitario. Artículo Segundo.- Facultar al Alcalde de la Munici- palidad Distrital de Breña, para aceptar mediante Re- solución de Alcaldía, la extinción de la deuda tributaria con bienes y/o servicios, de aquellos contribuyentes cuyas deudas con tributos municipales sean superio- res a dos (2) Unidades Impositivas Tributarias - UIT, vigentes. Artículo Tercero.- Autorizar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, se apruebe el Reglamento que normará los procedimientos administrativos necesa- rios para el adecuado cumplimiento de la presente Orde- nanza y de la Conformación de la Comisión Técnica res- pectiva. Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Rentas, Di- rección de Administración, Dirección de Planificación y Presupuesto, y Dirección de Asuntos Jurídicos, Unidad de Abastecimiento el cumplimiento de lo dispuesto en la pre- sente Ordenanza y su respectiva publicación y difusión a través de la Secretaría General. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi- cial El Peruano.POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 7704 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Aprueban y regulan el Régimen Tributa- rio de los Arbitrios de Limpieza Públi- ca, Parques y Jardines ORDENANZA Nº 006-2002/MDC Carabayllo, 22 de abril de 2002 Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo, del día 22 de abril de 2002, el Proyecto de Ordenanza referido al régi- men tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública y Par- ques y Jardines en la jurisdicción del distrito de Carabayllo; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales tienen autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su compe- tencia, y, potestad tributaria para crear, modificar y supri- mir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme lo establecen los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Que, en virtud a lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 191º de la Constitución Política corresponde al Concejo Municipal de cada Gobierno Local, ejercer la fun- ción normativa; Que, el Concejo Municipal del distrito de Carabayllo, ejerce su función normativa entre otros dispositivos a tra- vés de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley de con- formidad con lo establecido en el Artículo 200º numeral 4) de la Constitución Política del Perú y la norma IV del título preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por D.S. Nº 135-99-EF; Que, de conformidad con el Artículo 69º del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, modifica- do y ampliado por la Ley Nº 26725, se establece que, con- cluido el ejercicio fiscal y a más tardar el 30 de abril del año siguiente, todas las municipalidades publicarán sus orde- nanzas aprobando el monto de las tasas por arbitrios, ex- plicando los costos efectivos que demanda el servicio, así como el número de contribuyentes de la localidad benefi- ciada, además de los criterios que justifiquen incrementos de ser el caso; Que, en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 26725, mediante Informe Nº 04-2002-OPPR/MDC, la Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionalización ha elabora- do la estructura de costos, que demanda la prestación de los servicios públicos señalados, para el Ejercicio Fiscal 2002, en base a los informes de las Unidades de Logística, Limpieza Pública, Parques y Jardines, y, Unidad de Recur- sos Humanos; Que, la política de la actual Gestión Municipal, es siste- matizar y uniformar el RÉGIMEN TRIBUTARIO aplicable a los ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA Y PARQUES Y JARDINES, en la jurisdicción del distrito de Carabayllo, a fin de facilitar su administración y garantizar su equitativa distribución entre los usuarios; habiéndose ejecutado el prorrateo, teniendo en consideración la cantidad de usua- rios, el valor del predio determinado en la Declaración Ju- rada de AUTOAVALÚO y el uso o actividad desarrollada en el predio; la misma que cuenta con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Legal y la Dirección Municipal; Que, la estructura de costos elaborado corresponden a costos por concepto de remuneraciones y bonificaciones del personal que interviene en la prestación de los mencio- nados servicios, combustibles, útiles de oficina, uniformes, gastos de mantenimiento, reparación, repuestos y acceso- rios de las maquinarias a emplear, reposición de equipos y otros gastos generales vinculados con el servicio, detalla- dos en el ANEXO 02;