Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (01/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 96

Pág. 227554 NORMAS LEGALES Lima, jueves 1 de agosto de 2002 Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Men- sual de Indicadores de Precios de la Economía, que con- tiene la información Oficial del Índices de Precios Prome- dio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondien- te al mes de julio del 2002. Regístrese y comuníquese. GILBERTO MONCADA Jefe 13714 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Prorrogan vencimiento de plazo para acogerse a beneficios sobre regulariza- ción de deudas establecidos mediante Ordenanza Nº 105 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 11 Miraflores, 31 de julio del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 105, se estableció con carácter excepcional beneficios para la regularización de deudas municipales, cuya recaudación y/o administración esté a cargo de la Municipalidad; Que, la Quinta Disposición Final de la citada Ordenanza concede la facultad al Alcalde de Municipalidad de dictar las medidas complementarias necesarias para la adecua- da aplicación de la Ordenanza; Que, resulta necesario permitir que un mayor número de contribuyentes accedan a los beneficios establecidos para lo cual es necesario prorrogar la vigencia de la Orde- nanza; En uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades, apro- bada por Ley Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Prorróguese hasta el 19 de agosto del 2002, el vencimiento del plazo para acogerse a los be- neficios establecidos en la Ordenanza Nº 105. Artículo Segundo.- La Oficina de Administración Tri- butaria queda encargada del cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GERMÁN KRUGER ESPANTOSO Alcalde 13721 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Prorrogan beneficios otorgados median- te Ordenanza Nº 91-MPL ORDENANZA Nº 95-MPL Pueblo Libre, 26 de julio de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBREPOR CUANTO: Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 082-2002-MPL/CPL-CPDE emitido por la Comisión Permanente de Desarrollo Económico; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 91-MPL, publicada el día 6 de julio de 2002 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó el Beneficio Especial para la Regularización del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Tasa de Licencia Municipal de Funcionamiento, que consiste en la condonación del 100% en el factor de ajuste o factor de actualización e inte- reses moratorios, para todos los contribuyentes del distrito de Pueblo Libre que tengan deudas pendientes entre el período 1994 a 2001 por concepto de los tributos antes señalados; así como un beneficio de descuento del 70% en el monto de las Multas Administrativas impuestas hasta el presente Ejercicio Fiscal; Que, el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, señala que el plazo para el pago de la deuda tributaria puede ser pro- rrogado, con carácter general; Que, en la citada Ordenanza se señaló un plazo de vi- gencia hasta el 31 de julio del 2002, que resulta insuficien- te para que el gran número de contribuyentes que aún mantienen deudas, puedan acogerse a dichos beneficios; por lo que siendo política de la actual Gestión, brindar el máximo de facilidades a los contribuyentes para el cumpli- miento de sus obligaciones tributarias y administrativas, es conveniente su prórroga; Estando a lo dispuesto en el inciso 3) del Artículo 36º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Prorróguese hasta el 17 de agos- to del 2002, el plazo de vencimiento para acogerse a los beneficios contemplados en la Ordenanza Nº 91- MPL, publicada el 6 de julio del 2002 en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Segundo.- La Dirección Municipal informará al Concejo los resultados económicos obtenidos en la apli- cación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la pre- sente Ordenanza a la Dirección de Desarrollo Económico, Oficina de Informática y Oficina de Ejecución Coactiva, su difusión a la Oficina de Comunicación Social, Oficina de Participación Vecinal y su publicación a la Oficina de Admi- nistración. POR LO TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 13723 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Acuerdo Multilateral sobre la Liberalización del Transporte Aéreo Internacional De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE. (GAB) Nº 0-3-A/168, comunica que el referido Acuerdo, suscrito el 1 de mayo de 2001, ratificado por De- creto Supremo Nº 081-2001-RE de 17 de octubre de 2001 y publicado al igual que el texto en el Diario Oficial El Pe- ruano el 20 de octubre de 2001 , entró en vigencia para el Perú el 17 de mayo de 2002. 13705