Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2002 (07/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 7 de agosto de 2002

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Sancionan con destitucion a magistrados de juzgados de paz letrados correspondientes a la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA
QUEJA ODICMA Nº 531-2001-LA MORDAZA MORDAZA, diecinueve de MORDAZA del dos mil dos. VISTO; el expediente que contiene la Queja Odicma numero quinientos treintiuno guion dos mil uno guion La MORDAZA, interpuesta contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez de Paz No Letrado de La MORDAZA, Sector Parte Alta, del Distrito Judicial de La Libertad; por los fundamentos de la propuesta de destitucion formulada por el Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, mediante resolucion del doce de noviembre del dos mil uno, obrante a fojas doscientos cincuentitres y siguientes; y, CONSIDERANDO; Primero; que, el MORDAZA disciplinario materia de la presente resolucion, se inicia a merito de la queja formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA Ovando, abogado defensor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien denuncia la existencia de graves irregularidades en el Juzgado de Paz No Letrado de La MORDAZA, Sector Parte Alta, del Distrito Judicial de La MORDAZA, en el que se tramita el expediente numero cero seis guion noventinueve, sobre consignacion, refiriendo que al tomar conocimiento de los depositos consignados a favor de su patrocinada, se ha advertido que nueve certificados de depositos judiciales han sido cobrados con documentos falsificados elaborados ante el nombrado Juez quejado, de los cuales cuatro de ellos fueron cobrados por el notificador del referido Juzgado; Segundo; que, por resolucion de fecha veinte de noviembre del dos mil, el Jefe de la ODICMA La MORDAZA, de fojas dieciseis, se resuelve abrir MORDAZA administrativo disciplinario contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber actuado de manera ilicita en su condicion de Juez de Paz No Letrado de La MORDAZA, Sector Parte Alta, del Distrito Judicial de La MORDAZA, atribuyendosele los cargos de abuso de autoridad, infraccion a los deberes, cobro indebido y corrupcion de funcionarios, y contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Meregildo MORDAZA en condicion de ex testigo actuario y ex notificadores del referido Juzgado de Paz No Letrado, por los cargos de infraccion a deberes propios de sus funciones; Tercero; que, tramitado el procedimiento disciplinario, acopiadas y actuadas las pruebas respectivas, el Jefe de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, expide la resolucion de fecha veintiuno de junio del dos mil uno, de fojas doscientos nueve, en la que absuelve a don MORDAZA Meregildo MORDAZA, quien actuo como notificador en epoca distinta a la fecha de la comision de los hechos investigados; proponiendo a la OCMA imponga medida disciplinaria de Destitucion a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez, ex testigo actuario y ex notificador del Juzgado de Paz No Letrado de La MORDAZA, Sector Parte Alta; Cuarto; que, con las pruebas actuadas se ha acreditado que el Juez investigado junto a MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex colaboradores del Juzgado de Paz No Letrado de La MORDAZA que no tienen relacion laboral con el Poder Judicial, y con la participacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, efectuaron el cobro de nueve certificados de depositos judiciales por la suma de un mil ochocientos nuevos soles, que fueron consignados en el expediente MORDAZA referido por concepto de pensiones alimenticias; Quinto; que, asimismo, aparece que el Juez quejado realizo los endosos a los certificados judiciales falsificando la firma de la senora MORDAZA MORDAZA en un Poder por Acta redactado en el mismo Juzgado, quien luego elabora una serie de documentos, entre ellos poderes sin firmas de la senora MORDAZA MORDAZA con la finalidad de aparentar que el endoso de los certificados a terceras personas estuvo sustentado en facultades otorgadas por la beneficiaria, argumento que sin embargo resulta debil e insustentable, desprendiendose, por tal motivo, su responsabilidad disciplinaria contraviniendo lo previsto en el Articulo doscientos uno, incisos MORDAZA y MORDAZA, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, dado que constitu-

ye un hecho de suma gravedad que compromete la dignidad del cargo y los desmerece en el concepto publico; Sexto; que la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, ha dispuesto remitir fotocopia certificada de los actuados pertinentes al Ministerio Publico para que proceda con arreglo a sus atribuciones; por estas consideraciones, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, haciendo uso de las facultades conferidas por la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero Ordonez MORDAZA, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA, por encontrarse de vacaciones, por unanimidad, RESUELVE; Imponer la medida disciplinaria de Destitucion a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez de Paz No Letrado de La MORDAZA, Sector Parte Alta, del Distrito Judicial de La Libertad. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORDONEZ MORDAZA 14047 QUEJA ODICMA Nº 627-2001-LA MORDAZA MORDAZA, diecinueve de MORDAZA del dos mil dos. VISTO; el expediente que contiene la Queja ODICMA numero seiscientos veintisiete guion dos mil uno guion La MORDAZA, interpuesta contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez de Paz de MORDAZA Nominacion del Sector El MORDAZA, del distrito El Porvenir, de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; por los fundamentos de la propuesta de destitucion formulada por el Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, mediante resolucion de fecha seis de noviembre del dos mil uno, obrante a fojas ochentisiete y siguientes; y, CONSIDERANDO; Primero; que, la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA dispone abrir MORDAZA administrativo disciplinario contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a quien en su actuacion como Juez del Juzgado de Paz No Letrado de MORDAZA Nominacion del Sector El MORDAZA, distrito El Porvenir, se le atribuye incumplimiento de sus deberes al no asistir a su despacho en el horario establecido, para ejercer su profesion de abogado en otros lugares; no haber diligenciado un exhorto encomendado al Juzgado a su cargo, y permitir que la Testigo Actuario de dicho Juzgado venga usurpando sus funciones en determinadas diligencias; que, con lo actuado en el presente MORDAZA han quedado acreditado los cargos atribuidos al Magistrado procesado disciplinariamente, quien con su actuacion irregular ha comprometido la dignidad del cargo desmereciendolo ante el concepto publico, estableciendose una grave inconducta funcional ademas de falta de idoneidad para el ejercicio del cargo que venia ejerciendo, y a pesar de estar notificado no ha presentado el descargo respectivo; por tales fundamentos, resulta de aplicacion la Medida Disciplinaria, prevista en el Articulo doscientos once del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, haciendo uso de las facultades conferidas por la Ley Organica, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA, de fojas ciento cuatro y siguientes, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA, por encontrarse de vacaciones, por unanimidad, RESUELVE; Imponer la medida disciplinaria de Destitucion a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez de Paz de MORDAZA Nominacion del Sector El MORDAZA, del distrito El Porvenir, de la Corte Superior de Justicia de La Libertad. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORDONEZ MORDAZA 14046

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