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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (14/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 25

Pág. 228191 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 14 de agosto de 2002 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador interponer acciones legales contra responsables de la presunta comisión del delito contra la fe pública RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 590-2002-JEF/RENIEC Lima, 07 de agosto de 2002 Vistos, el Informe Nº 002-2002-CI/RENIEC, emitido por la Comisión Investigadora designada por Resolución Gerencial General Nº 010-2002-GG/RENIEC y la Reso- lución de Gerencia General Nº 018-2002-GG-RENIEC, del 23 de abril del 2002. CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Gerencia General Nº 010- 2002-GG/RENIEC se constituyó la Comisión Especial en- cargada de investigar, en el ámbito administrativo, las al- teraciones de las Partidas de Inscripción Electoral Nº 27717925 y 22721807, suplantando la identidad de los ciudadanos titulares de las inscripciones; Que, con fecha 23 de abril del 2002 la referida Comi- sión Especial emite el Informe Nº 002-2002-CI-RENIEC precisando que se han producido alteraciones en el Ar- chivo Único Centralizado del Registro Único de Identifi- cación de las Personas Naturales, correspondientes a las inscripciones Nº 27717925 y 22721807; Que, las adulteraciones producidas en los referidos asien- tos registrales han tenido por finalidad suplantar la identidad de los titulares de las inscripciones mencionadas, a través de los Formularios de Identidad Nº 08242139 y 08242140, que contienen las imágenes de los usurpadores; Que los hechos antes descritos constituyen indicio ra- zonable de la presunta comisión del delito contra la fe pública, en las modalidades de falsedad propia e ideoló- gica, previsto y sancionado en los Artículos 427º y 428º del Código Penal vigente; Que, en atención a los considerandos precedentes y a lo dispuesto por Resolución de Gerencia General del Visto, resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan contra quienes resulten res- ponsables en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en representación de los intereses del Estado interponga e impulse las ac- ciones legales que correspondan contra quienes resul- ten responsables, por la presunta comisión del delito con- tra la fe pública en agravio del Estado y del Registro Na- cional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase todo lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MÉNDEZ VALDIVIA Jefe Nacional Registro Nacional de Identificación y Estado Civil 14408Autorizan contratación mediante pro- ceso de adjudicación de menor cuantía de servicio de asesoría legal para ase- sorar a la Alta Dirección del RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 593-2002-JEF/RENIEC Lima, 7 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, es una Institución Pública encargada de organizar y mantener el registro único de identificación de las per- sonas naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil, para cuyo efecto otorga el Documento Nacional de Identidad DNI, registra los naci- mientos, matrimonios, divorcios, defunciones y demás actos que modifican el estado civil de las personas; pre- para y actualiza el padrón electoral; Que, el abogado, Virgilio Linder ORE CARRETERO, con Registro del Colegio de Abogado Nº 5160, con 30 años de ejercicio profesional y que ha prestado servicios en diversas instituciones del sector público tales como: Congreso de la República, como Asesor de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados; Instituto Nacio- nal de Cooperativas, como Asesor del Directorio; Tribu- nal de Garantías Constitucionales, como Asesor del Tri- bunal y Presidente de la Comisión de Procesos Discipli- narios; Ministerio de Pesquería, como Asesor Ad Hono- ren, Procurador Público y miembro del Directorio de PES- CA PERU; Poder Judicial, como Vocal Superior de la Corte Superior de Lima, por su especialidad, característica y experiencia profesional es idóneo para brindar el aseso- ramiento especializado a la Alta Dirección del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, por lo que se precisa un contrato de Locación de servicios personalísi- mos; Que, la Oficina de Presupuesto y Racionalización in- forma que cuenta con cobertura presupuestal respecti- va, por un monto de treinta y tres mil y 00/100 nuevos soles (S/. 33,000.00), en la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados; Que, de acuerdo al inciso h) del Artículo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y del Artículo 111º del Reglamento de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, sobre los Servicios Per- sonalísimos, que para la contratación de servicios cele- brados con personas naturales o jurídicas exonerados del proceso de selección correspondiente se debe tener en cuenta y como requisito indispensable a la persona del locador, ya sea por sus características inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que, el Artículo 5º del Decreto de Urgencia Nº 030- 2002, dispone que la adquisición de bienes y contrata- ción de servicios que efectúen las entidades públicas, estas adquisiciones cuando superen las (3) U.I.T., debe- rán ser autorizadas por el Titular de la entidad mediante la resolución correspondiente, la misma que se publicará en la página WEB de la entidad; Estando a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y la Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la contratación del Servicio de Asesoría Legal para que preste servicios de carácter ju- rídico administrativo a la Alta Dirección del Registro Na- cional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección correspondiente, y autorícese la Contra-