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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (14/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 228189 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 14 de agosto de 2002 ANR - CONAFU Declaran concluido proceso de adecua- ción de la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería a la Ley de Promo- ción de la Inversión en la Educación CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 176-2002-CONAFU Lima, 31 de julio del 2002 VISTOS; la Resolución Nº 225-2001-CONAFU del 9 de noviembre del 2001, que declara procedente la adecuación a la Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo Nº 882, de la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería; el Expediente Nº 51232, del 17 de diciembre del 2001, que contienen el levantamiento de ob- servaciones de la solicitante; el Informe Nº 225-2001-CO- NAFU-CJP del 11 de enero del 2002; el Informe del 30 de enero del 2002 de la Comisión de Análisis y Consolidación del CONAFU; el Oficio Nº 068-CONAFU-2002-P, del 06 de febrero del 2002; el Expediente Nº 54479 del 26 de febrero del 2002, que contiene el levantamiento de observaciones establecidas por las Comisiones Jurídica Permanente y de Análisis y Consolidación del CONAFU de la solicitante; el Informe Nº 058-2002-CONAFU-CJP del 22 de abril del 2002, de la Comisión Jurídica Permanente del CONAFU, con el que solicitan la aprobación de los instrumentos presenta- dos por la Universidad para su adecuación; el Oficio Nº 297- 2002-CONAFU-P del 14 de mayo del 2002, el Expediente Nº 57772 del 30 de mayo del 2002, que contiene los instru- mentos aprobados por la Universidad para su Adecuación; el Informe Nº 108-2002-CONAFU-AL del 12 de julio del 2002, de la Comisión Jurídica Permanente; el Acuerdo Nº 157- 2002 de la Sesión Ordinaria Pleno del 12 de julio del 2002; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universida- des - CONAFU, teniendo como función la de otorgar la adecuación de universidades a la Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo Nº 882, previa verificación del cumplimiento efectivo de los requi- sitos y condiciones establecidas Ley; Que, con Resolución Nº 225-2001-CONAFU del 9 de noviembre del 2001, se declaró procedente la Adecua- ción de la Universidad Continental de Ciencias e Inge- niería a la Ley de Promoción de la Inversión en la Educa- ción, Decreto Legislativo Nº 882, bajo el régimen de una Sociedad Anónima cerrada, y, se establecieron los pro- cedimientos para su adecuación, de conformidad a lo dis- puesto en el Decreto Supremo Nº 001-98-ED; Que, cumpliendo el procedimiento establecido, la Uni- versidad Continental de Ciencias e Ingeniería, ha levan- tado las observaciones del CONAFU. Que la Comisión Jurídica Permanente del CONAFU, ha emitido su confor- midad sobre los instrumentos presentados, con el Infor- me Nº 058-2002-CONAFU-CJP del 22 de abril del 2002, remitiéndose los instrumentos presentados la Universi- dad para su aprobación; Que, con documento de Vistos, la Universidad ha cum- plido con presentar los instrumentos aprobados para la Adecuación de la Universidad, instrumentos que han me- recido opinión favorable de la Comisión Jurídica Perma- nente del CONAFU a través del Informe Nº 108-2002- CONAFU-CJP del 12 de julio del 2002, con los que reco- miendan emitir la resolución que declare adecuada a la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería; Que, el Pleno del Consejo Nacional en su Sesión Or- dinaria del día 12 de julio del 2002, con los informes de la Comisión Jurídica Permanente, acordó declarar conclui- do el procedimiento de adecuación solicitado por la Aso-ciación Universitaria Continental, para adecuar a la Uni- versidad Continental de Ciencias e Ingeniería a la Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, debiendo au- torizarse la inscripción de la Escritura Pública que con- tiene el Estatuto Social y Reglamento General de la Uni- versidad, en el Registro Público respectivo; Estando a lo expuesto, en concordancia a lo dispuesto en la Ley Nº 26439; el Estatuto y el Reglamento General del CONAFU; el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 882, el artículo 11º del Decreto Supremo Nº 001-98-ED, el Acuerdo Nº 157-2002 de la Sesión Ordinaria del Pleno del 12 de julio del 2002; y, en uso de las facultades conferidas por el literal c) del Artículo 16º del Reglamento General del CONAFU; SE RESUELVE; Artículo 1º.- DECLARAR, concluido el proceso de adecuación de la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería, con sede en la ciudad de Huancayo, a la Ley de Promoción de la Inversión en la Educación aprobada por Decreto Legislativo Nº 882, solicitado por la Asocia- ción Universitaria Continental. Artículo 2º.- APROBAR, el nuevo modelo institucional adoptado por la "Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería" organizada como Sociedad Anónima Cerra- da, debiendo la Oficina Registral de Huancayo, Registro de Personas Jurídicas, proceder a la inscripción de la Escritura Publica que contiene el Estatuto Social y Re- glamento General de la Universidad, por el mérito de la copia certificada de la presente Resolución. Artículo 3º.- La Universidad "Continental de Ciencias e Ingeniería", deberá remitir al CONAFU, copia certifi- cada notarial de la Escritura Pública que contiene los Estatutos Sociales y Reglamento General de la Universi- dad, debidamente inscritos, para los fines a que se refie- re la Tercera Disposición Transitoria del Decreto Legisla- tivo Nº 882, modificado por la Ley Nº 27278. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ALBERTO SILVA DEL ÁGUILA Presidente del CONAFU HERACLIO CAMPANA AÑASCO Secretario General 14410 DEFENSORÍA DEL PUEBLO Encargan despacho del Defensor del Pueblo y autorizan viaje a Adjunta para los Derechos de la Mujer para partici- par en reuniones de la CIDH, AID y la ONU que se realizarán en EE.UU. RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 026-2002/DP Lima, 9 de agosto de 2002 Vistos; el Memorando Nº 385-2002-DP/OAF que ad- junta el Anexo 3A Nº 099-2002/DP-DM, el Memorando Nº 154-2002-DP-GA y la comunicación FPA555 del Fon- do de Población de las Naciones Unidas - UNFPA, por los que se comunica el viaje del Defensor del Pueblo en funciones y de la Adjunta para los Derechos de la Mujer, a los Estados Unidos de Norteamérica y se solicita ges- tionar la resolución correspondiente a la encargatura del Despacho defensorial; y, CONSIDERANDO: Que, la Defensoría del Pueblo tiene encomendada la defensa de los derechos constitucionales y fundamenta- les de la persona y de la comunidad, así como la su- pervisión del cumplimiento de los deberes de la admi-