Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2002 (30/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, viernes 30 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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funcionario directamente vinculado con los sistemas de evaluacion de la gestion publica de este MORDAZA, para participar en la "Reunion de Funcionarios de Alto Nivel con Tuicion sobre los Sistemas de Evaluacion de la Gestion Publica", que se llevara a cabo los dias 5 y 6 de septiembre de 2002 en la MORDAZA de Guatemala, Guatemala; Que, en la misma, se senala que el Centro Latinoamericano de Administracion para el Desarrollo - CLAD, asumira los costos de transporte aereo internacional y el Instituto Nacional de Administracion Publica - INAP de Guatemala, los de alojamiento y alimentacion; Que, es pertinente autorizar el viaje del Secretario de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros para participar en la "Reunion de Funcionarios de Alto Nivel con Tuicion sobre los Sistemas de Evaluacion de la Gestion Publica"; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y Decreto Supremo Nº 083-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, a la MORDAZA de Guatemala, Guatemala del 4 al 7 de setiembre de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El presente viaje no irroga gasto alguno al Estado Peruano ni otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros, de ninguna clase o denominacion. Registrese y comuniquese. MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 15563

d) Dos representantes de la Fundacion para el Desarrollo Algodonero (FUNDEAL), para las areas de Tanguis y Pima. e) Cuatro representantes de Organizaciones de Productores Algodoneros debidamente constituidas, de la Costa Central, Costa Norte y Selva. f) Dos representantes de los Comites de Confecciones y Textiles de ADEX. g) Dos representantes de Exportadores de Prendas de Vestir a los Estados Unidos de MORDAZA (Exporamerica); y, h) Un representante del Comite Textil de la Sociedad Nacional de Industrias (SNI)." Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 15567

Aprueban transferencia patrimonial predial interestatal de diversos predios de propiedad del Ministerio a favor del SENASA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0785-2002-AG MORDAZA, 28 de agosto de 2002 VISTO:

AGRICULTURA
Modifican articulo de la R.S. Nº 0122002-AG, relativo a la conformacion del Consejo Nacional del Algodon
RESOLUCION SUPREMA Nº 018-2002-AG MORDAZA, 29 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 012-2002-AG, se constituyo el Consejo Nacional del Algodon, cuyo articulo 2º establece su conformacion; Que, el Comite Textil de la Sociedad Nacional de Industrias, solicita ser incluido en ese Consejo con un representante; Que, dada la importancia de las organizaciones de productores en el desarrollo del sector productivo, es necesario consolidar su nivel de participacion en el Consejo Nacional del Algodon; De conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902, y el articulo 3º de la Ley del Poder Ejecutivo, dada por Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modifiquese el articulo 2º de la Resolucion Suprema Nº 012-2002-AG, en los terminos siguientes: "Articulo 2º.- El Consejo Nacional del Algodon estara conformado por: a) El Ministro de Agricultura o su representante. b) Dos representantes del Instituto Peruano del Algodon (IPA), relacionados con Desmotadoras e Hilanderias. c) Un representante de los Comerciantes, Compradores y Corredores, de los departamentos productores de algodon, designados por la Camara Nacional de Comercio, Produccion y Servicios.

El Oficio Nº 1780-2002-AG-SENASA, de fecha 2 de agosto de 2002, de la Jefa del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, con el que solicita la transferencia patrimonial de tres predios de propiedad de este Ministerio, con el objeto de ser destinados a la implementacion de centros de apoyo logistico para el control y erradicacion de las moscas de la fruta; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 125-97-EF, se aprobo una operacion de endeudamiento externo entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a financiar parcialmente el Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria, cuyos terminos de ejecucion se detallan en el Contrato de Prestamo Nº 1025/OC-PE; Que, uno de los componentes del Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria es el control y erradicacion de moscas de la fruta, con el objetivo de declarar areas libres de la plaga, para lo cual el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA requiere la implementacion de centros de apoyo logistico en los principales valles de la costa peruana; Que, para la implementacion de los centros MORDAZA indicados, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA requiere de los siguientes predios de propiedad del Ministerio de Agricultura: a) Area parcial independizada del predio "Tejedores", con una extension de Un mil quinientos metros cuadrados (1 500 m2), ubicado en el MORDAZA San MORDAZA, sector Cruceta, distrito de Tambogrande, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Ficha Nº 115051 del Registro de la Propiedad Inmueble de Piura; b) Area parcial independizada del predio "Huapalas", con una extension de Veinte mil metros cuadrados (20 000 m2), ubicado en el MORDAZA Alto MORDAZA, sector Huapalas, distrito de Chulucanas, provincia de Morropon, departamento de MORDAZA, inscrito en la Ficha Nº 115050 del Registro de la Propiedad Inmueble de Piura; y, c) Area parcial independizada del predio "San Antonio", con una extension de Dos mil metros cuadrados (2 000 m2), ubicado en el MORDAZA Chancay - MORDAZA, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, inscrito en la Ficha Nº 065834 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lambayeque;

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