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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (30/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

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Pág. 229147 NORMAS LEGALES Lima, viernes 30 de agosto de 2002 funcionario directamente vinculado con los sistemas de evaluación de la gestión pública de este país, para partici- par en la "Reunión de Funcionarios de Alto Nivel con Tui- ción sobre los Sistemas de Evaluación de la Gestión Pú- blica", que se llevará a cabo los días 5 y 6 de septiembre de 2002 en la ciudad de Guatemala, Guatemala; Que, en la misma, se señala que el Centro Latino- americano de Administración para el Desarrollo - CLAD, asumirá los costos de transporte aéreo internacional y el Instituto Nacional de Administración Pública - INAP de Guatemala, los de alojamiento y alimentación; Que, es pertinente autorizar el viaje del Secretario de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Minis- tros para participar en la "Reunión de Funcionarios de Alto Nivel con Tuición sobre los Sistemas de Evaluación de la Gestión Pública"; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y Decreto Supremo Nº 083-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del economista Mario Gilberto Ríos Espinoza, Secretario de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, a la ciudad de Guatemala, Guatemala del 4 al 7 de setiembre de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El presente viaje no irroga gasto alguno al Estado Peruano ni otorga derecho a exoneración o li- beración de impuestos aduaneros, de ninguna clase o de- nominación. Regístrese y comuníquese. LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 15563 AGRICULTURA Modifican artículo de la R.S. Nº 012- 2002-AG, relativo a la conformación del Consejo Nacional del Algodón RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 018-2002-AG Lima, 29 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 012-2002-AG, se constituyó el Consejo Nacional del Algodón, cuyo artículo 2º establece su conformación; Que, el Comité Textil de la Sociedad Nacional de In- dustrias, solicita ser incluido en ese Consejo con un re- presentante; Que, dada la importancia de las organizaciones de pro- ductores en el desarrollo del sector productivo, es nece- sario consolidar su nivel de participación en el Consejo Nacional del Algodón; De conformidad con la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902, y el artículo 3º de la Ley del Poder Ejecutivo, dada por Decreto Legis- lativo Nº 560; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifíquese el artículo 2º de la Resolu- ción Suprema Nº 012-2002-AG, en los términos siguien- tes: "Artículo 2º.- El Consejo Nacional del Algodón estará conformado por: a) El Ministro de Agricultura o su representante. b) Dos representantes del Instituto Peruano del Algo- dón (IPA), relacionados con Desmotadoras e Hilanderías. c) Un representante de los Comerciantes, Comprado- res y Corredores, de los departamentos productores de algodón, designados por la Cámara Nacional de Comer- cio, Producción y Servicios.d) Dos representantes de la Fundación para el Desa- rrollo Algodonero (FUNDEAL), para las áreas de Tangüis y Pima. e) Cuatro representantes de Organizaciones de Pro- ductores Algodoneros debidamente constituidas, de la Costa Central, Costa Norte y Selva. f) Dos representantes de los Comités de Confeccio- nes y Textiles de ADEX. g) Dos representantes de Exportadores de Prendas de Vestir a los Estados Unidos de América (Exporaméri- ca); y, h) Un representante del Comité Textil de la Sociedad Nacional de Industrias (SNI)." Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 15567 Aprueban transferencia patrimonial predial interestatal de diversos predios de propiedad del Ministerio a favor del SENASA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0785-2002-AG Lima, 28 de agosto de 2002 VISTO: El Oficio Nº 1780-2002-AG-SENASA, de fecha 2 de agosto de 2002, de la Jefa del Servicio Nacional de Sani- dad Agraria - SENASA, con el que solicita la transferencia patrimonial de tres predios de propiedad de este Ministe- rio, con el objeto de ser destinados a la implementación de centros de apoyo logístico para el control y erradicación de las moscas de la fruta; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 125-97-EF, se aprobó una operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desa- rrollo - BID, destinada a financiar parcialmente el Progra- ma de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria, cuyos tér- minos de ejecución se detallan en el Contrato de Présta- mo Nº 1025/OC-PE; Que, uno de los componentes del Programa de Desa- rrollo de la Sanidad Agropecuaria es el control y erradi- cación de moscas de la fruta, con el objetivo de declarar áreas libres de la plaga, para lo cual el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA requiere la implementa- ción de centros de apoyo logístico en los principales va- lles de la costa peruana; Que, para la implementación de los centros antes indi- cados, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENA- SA requiere de los siguientes predios de propiedad del Ministerio de Agricultura: a) Área parcial independizada del predio "Tejedores", con una extensión de Un mil qui- nientos metros cuadrados (1 500 m2), ubicado en el valle San Lorenzo, sector Cruceta, distrito de Tambogrande, provincia y departamento de Piura, inscrito en la Ficha Nº 115051 del Registro de la Propiedad Inmueble de Piura; b) Área parcial independizada del predio "Huapalas", con una extensión de Veinte mil metros cuadrados (20 000 m2), ubicado en el valle Alto Piura, sector Huapalas, dis- trito de Chulucanas, provincia de Morropón, departamen- to de Piura, inscrito en la Ficha Nº 115050 del Registro de la Propiedad Inmueble de Piura; y, c) Área parcial inde- pendizada del predio "San Antonio", con una extensión de Dos mil metros cuadrados (2 000 m2), ubicado en el valle Chancay - Lambayeque, distrito y provincia de Chi- clayo, departamento de Lambayeque, inscrito en la Ficha Nº 065834 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lam- bayeque;