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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (30/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 229157 NORMAS LEGALES Lima, viernes 30 de agosto de 2002 tituida mediante Minuta de fecha 8 de abril de 2002, en los términos y condiciones estipulados en la misma. Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reco- nocida en el artículo que antecede, las normas de seguri- dad establecidas en la Ley, el Reglamento y en las nor- mas técnicas pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 14781 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 358-2002-EM/DM Lima, 13 de agosto de 2002 VISTO: El Expediente Nº 31129802 organizado por Luz del Sur S.A.A., en el que solicita la imposición de la servi- dumbre de ocupación de bienes de propiedad particular indispensable para la instalación de la subestación de distribución para Servicio Público de Electricidad Nº 8405, ubicada en Malecón Balta Nº 720, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica, en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha so- licitado la imposición de la servidumbre de ocupación de bienes de propiedad particular indispensable para la ins- talación de la subestación de distribución para Servicio Público de Electricidad Nº 8405; Que, la concesionaria ha acreditado que, en el mis- mo predio sobre el que solicita la imposición de servidumbre, se ha constituido servidumbre convencio- nal de ocupación de bienes de propiedad particular so- bre un área de 9,07 metros cuadrados para una subes- tación de distribución, conforme consta en la Minuta extendida el 22 de abril de 2002, cuya copia obra en el expediente, celebrada con la Junta de Propietarios del Edificio Residencial Puerta de Hierro, propietarios del predio involucrado; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Con- cesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, modificado por el Decreto Supremo Nº 038- 2001-EM, establece que los concesionarios que acredi- ten la existencia de servidumbre convencional para el de- sarrollo de las actividades eléctricas como es el presente caso, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley, el Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el inciso c) del artículo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas - Decreto Ley Nº 25844 y el artí- culo 220º y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 069-2002-EM/DGE del 11 de julio de 2002; Estando a lo dispuesto en el artículo 217º del Regla- mento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación del bien de propiedad de la Junta de Propietarios del Edificio Re- sidencial Puerta de Hierro, para la instalación de la Subes- tación de Distribución Eléctrica Nº 8405, ubicada en Ma- lecón Balta Nº 720, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Minuta de fecha 22 de abril de 2002, en los términos y condiciones estipulados en la misma. Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reco- nocida en el artículo que antecede, las normas de seguri-dad establecidas en la Ley, el Reglamento y en las nor- mas técnicas pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 14782 Autorizan viaje del Viceministro de Mi- nas a la República de Sudáfrica para participar en la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 391-2002-EM/DM Lima, 28 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, entre el 26 de agosto y el 4 de setiembre del 2002, se realizará la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sos- tenible, en la ciudad de Johannesburgo, República de Su- dáfrica, a la que asistirán Jefes y Miembros de Estado y de Gobierno, dirigentes de organizaciones no guberna- mentales, representantes del sector empresarial; entre otros, con el objetivo de centrar la atención del mundo y la acción directa en la resolución de retos mundiales desti- nados a lograr el desarrollo sostenible de los diversos pueblos del mundo, entre los que se destacan: erradica- ción de la pobreza; mejora de la calidad de vida de los pueblos del mundo; así como, el mejor aprovechamiento y conservación de los recursos naturales; Que, asimismo, dicha Cumbre servirá también, para eva- luar los resultados alcanzados desde que tuvo lugar la Cum- bre para la Tierra de 1992; reunión en la que, la comunidad internacional aprobó: el Programa 21 -plan de acción mun- dial a favor del desarrollo sostenible-, que contiene más de 2,500 recomendaciones para la adopción de medidas desti- nadas a lograr el desarrollo sostenible de los pueblos del mundo, incorporando prevenciones sobre erradicación de la pobreza, mejora de la calidad de vida de los pueblos, mejor aprovechamiento y conservación de recursos naturales, en- tre otros; y, la Declaración de Río, que contiene medidas relativas al Medio Ambiente y al Desarrollo; así como, los principios relativos a los bosques destinados a lograr una ordenación sostenible de los mismos; Que, mediante Resolución Suprema Nº 278-2002-RE, de fecha 20 de agosto de 2002, se designó la delegación peruana que participará en la Cumbre antes menciona- da, estando conformada entre otros por el Ing. César Polo Robilliard, Viceministro de Minas del Ministerio de Ener- gía y Minas; dado que el Sector Energía y Minas se en- cuentra directamente vinculado con los temas a ser trata- dos en dicho evento; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Mi- nas, a la ciudad de Johannesburgo, República de Sudá- frica, del 30 de agosto al 6 de setiembre de 2002; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 030-2002; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. César Polo Robi- lliard, Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Mi- nas, a la ciudad de Johannesburgo, República de Sudáfrica, del 30 de agosto al 6 de setiembre de 2002, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución que ascienden a US$ 4 283,50 (Cuatro Mil Doscientos Ochentitrés y 50/100 Dólares Ame- ricanos) serán cubiertos por el Ministerio de Energía y Minas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 2 458,50 Tarifa CORPAC US$ 25,00 Viáticos (US$ 200,00 x 7 días) US$ 1 400,00 Gastos de instalación y traslado (US$ 200,00 x 2 días) US$ 400,00 TOTAL US$ 4 283,50