Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2002 (30/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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DECRETA:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 30 de agosto de 2002

Articulo 1º.- Modificase el Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a los siguientes bienes contenidos en el MORDAZA Apendice IV del Texto Unico Ordenado - TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 05599-EF y sus normas modificatorias, en la forma siguiente:
PARTIDA ARANCELARIA 2203.00.00.00 PRODUCTO Cervezas MONTO EN NUEVOS SOLES S/. 1,31 por litro

Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Salud y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 15473 RESOLUCION SUPREMA Nº 202-2002-EF MORDAZA, 27 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA Roja Belga ha efectuado donaciones a favor de la MORDAZA Roja Peruana consistentes en medicinas que seran destinadas al Hospital Nacional Arzobispo MORDAZA, al Instituto de Salud del MORDAZA, ambos del Ministerio de Salud y al Hospital Nivel IV MORDAZA Sabogal Sologuren del Seguro Social de Salud -ESSALUD-; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y Aprobar, en nombre del Gobierno Peruano, las donaciones efectuadas por la MORDAZA Roja Belga, a favor de la MORDAZA Roja Peruana consistentes en medicinas con un valor aproximado de 34 713,00 (Treinta y Cuatro Mil Setecientos Trece y 00/100 Euros), segun Certificados de Donacion de fecha 12 de marzo de 2002 y un peso aproximado de 144 Kgs., segun Guia Aerea Nº 075-86919195 de IBERIA. Dichas donaciones seran destinadas al Hospital Nacional Arzobispo MORDAZA, al Instituto de Salud del MORDAZA, ambos del Ministerio de Salud y al Hospital Nivel IV MORDAZA Sabogal Sologuren del Seguro Social de Salud -ESSALUD-. Articulo 2º.- Comprendase a las donaciones citadas en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT- y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas, por el Ministro de Salud y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 15474

Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de agosto del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 15546

Aceptan donaciones efectuadas a favor de la Asociacion para la Proteccion de la Vision - Pro Vision y de la MORDAZA Roja Peruana
RESOLUCION SUPREMA Nº 201-2002-EF MORDAZA, 27 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, Christoffel Blindenmission e.V. de Bensheim, Alemania, ha efectuado una donacion a favor de la Asociacion para la Proteccion de la Vision - Pro Vision consistente en diversos bienes destinados para atender a los pacientes de escasos recursos economicos; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y Aprobar, en via de regularizacion, en nombre del Gobierno Peruano, la donacion efectuada por Christoffel Blindenmission e.V. de Bensheim, Alemania, a favor de la Asociacion para la Proteccion de la Vision - Pro Vision, consistente en lentes intraoculares y material oftalmologico con un valor aproximado de US$ 1 224,00 (Mil Doscientos Veinticuatro y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America) segun Certificado de Donacion de fecha 24 de agosto de 2001 y Resolucion Directoral Nº 010-2002-SA/OFICE de fecha 7 de febrero de 2002 del Ministerio de Salud y un peso aproximado de 7 Kgs., segun Guia Aerea Nº 074-7418 0120 de KLM - Royal MORDAZA Airlines. Dicha donacion ha sido destinada a la Asociacion para la Proteccion de la Vision - Pro Vision, para atender a los pacientes de escasos recursos economicos. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT- y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos.

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