Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2002 (06/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES
DESCRIPCION 8.00 9.00 10.00 11.00 12.00 13.00 14.00 15.00 16.00 17.00 18.00 19.00 20.00

MORDAZA, viernes 6 de diciembre de 2002

Que, el Art. 20º del D. S. Nº 012-2001-PCM, determina que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el Art. 19º del mismo Decreto Supremo se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia y las exoneraciones se aprueban en el caso de los Gobiernos Locales, con ACUERDO DEL CONCEJO MUNICIPAL; Inc. c); Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, establece en su Art. 2º, entre otros, que las Municipalidades son personas juridicas de derecho publico con autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia al mandato imperativo del Art. 192º de la Constitucion Politica del Peru; Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº 918-2002MPCP-OGAJ, de fecha 22.11.2002, se OPINA: teniendo en consideracion que debe entenderse como un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para remediar la urgencia, que es PROCEDENTE declarar en Estado de Urgencia la culminacion de la Obra "Palacio Municipal de Pucallpa", posibilitando de esta manera la adquisicion de los materiales descritos en el Anexo "A" de la Carta Nº 324-ATSAC-HIDRO-PUC, del 21.11.2002, y contratacion de servicios necesarios MORDAZA exonerados de los procesos de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa. Consecuentemente de conformidad a lo dispuesto por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, debe elevarse al Pleno del Concejo para su pronunciamiento; Por lo MORDAZA expuesto y con las facultades conferidas por el Art. 47º, Inc. 6) de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR en SITUACION DE URGENCIA la Culminacion de la Obra "PALACIO MUNICIPAL DE PUCALLPA", EXONERANDO del MORDAZA de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa la adquisicion de materiales necesarios para la culminacion de la Obra, que se encuentran detallados en el Anexo "A" de la presente Resolucion y cuyo costo asciende a la suma de S/. 791,000.00 (SETECIENTOS NOVENTIUN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); al igual que la contratacion de los servicios que se requieran con tal fin. Articulo Segundo.- CONTRATAR la adquisicion de los materiales requeridos, asi como, los servicios necesarios a traves del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion al Director General de Administracion, Director de Abastecimiento y Servicios Auxiliares y al Director General de Infraestructura y Desarrollo Urbano. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Direccion de Abastecimientos y Servicios Generales, la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Direccion de Secretaria General la notificacion y distribucion de la presente resolucion; una MORDAZA debe ser remitida conjuntamente con MORDAZA del Acta donde figure el Acuerdo de Concejo, e informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA YAMASHIRO SHIMABUKURO MORDAZA ANEXO "A" PARTIDAS PENDIENTES DE EJECUTAR (SALDO DE OBRA PALACIO MUNICIPAL DE PUCALLPA) DESCRIPCION 1.00 2.00 3.00 4.00 5.00 6.00 7.00 Barandas MORDAZA raso acustico Fibra de vidrio para MORDAZA raso luxal Tarrajeo Contrapiso Pintura Cobertura DANPALON MONTO 10,000.00 50,000.00 5,000.00 10,000.00 6,000.00 100,000.00 200,000.00

MONTO 5,000.00 150,000.00 70,000.00 40,000.00 10,000.00 20,000.00 15,000.00 40,000.00 5,000.00 10,000.00 10,000.00 20,000.00 15,000.00 --------------------791,000.00

Cobertura calaminas plasticas Artefactos luminarias Instalaciones electricas y sanitarias Ascensores Pararrayos Vidrios Cerrajeria Carpinteria metalica banos Ceramica Anfiteatro Bloques de vidrio Carpinteria MORDAZA Carpinteria metalica en parasoles y TOTAL

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PARURO
Disponen considerar al personal obrero de la Municipalidad dentro de los alcances del regimen laboral de la actividad privada
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 33-2002-MPP Paruro, 16 de MORDAZA del 2002 VISTO y CONSIDERANDO: Que, el Art. 52º de la Ley Organica de Municipalidades, establecia que el personal obrero de las Municipalidades, se encontraban bajo regimen laboral de la actividad publica, regimen que ha sido modificado mediante Ley Nº 27469 de fecha 1-6-2001, que establece su condicion de servidores publicos sujetos al regimen de la actividad privada, reconociendoseles los derechos y beneficios inherentes a dicho regimen; Que, estando a la MORDAZA acotada, los obreros municipales se encuentran comprendidos dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 03-97-TR, Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Competitividad y Productividad Laboral, asi como de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0196 y demas pertinentes y concordantes a dicho regimen; Que, en consecuencia, de conformidad con la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y de acuerdo con el presupuesto de la Municipalidad Provincial de Paruro, se debe efectuar las provisiones de pago que corresponde al monto de las liquidaciones de tiempo de servicios de los obreros prestados bajo el regimen de la actividad publica con efecto cancelatorio; Que, de conformidad con las facultades conferidas mediante Art. 47º Inc. 6) de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades, en via de regularizacion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Considerar al personal obrero de la Municipalidad Provincial de Paruro, dentro de los alcances del Regimen Laboral de la Actividad Privada, a partir del 1 de junio del 2001, debiendo adecuarse segun corresponda el presente cambio del regimen laboral de los trabajadores obreros municipales de esta entidad. Articulo Segundo.- Disponer que los beneficios inherentes al regimen laboral de la actividad privada, a merito de la Ley Nº 27469, seran reconocidos a partir del presente ejercicio presupuestal. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion Municipal la adecuacion y cumplimiento de la presente resolucion, asi como su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA GALDOS BEJAR MORDAZA 21477

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