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Pág. 234755 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de diciembre de 2002 Disponen contratación de medios de comunicación para publicidad de campañas de promoción y difusión re- lativas al Nuevo Sistema Integrado de Transporte Público de Pasajeros de Lima ACUERDO DE CONCEJO Nº 318 Lima, 29 de noviembre de 2002 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión de la fecha el Oficio Nº 067-2002-MML- PROTRANSPORTE GR, por el que solicita se autorice en vía de regularización la exoneración del proceso de selec- ción correspondiente, mediante el proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, para la contratación de los Ser- vicios Personalísimos con eficacia anticipada de diversos medios de comunicación, hasta por la suma de S/. 808,997.10, para la difusión y promoción de las campañas publicitarias del Concurso de Nombre y Difusión del Nue- vo Sistema Integrado de Transporte Público de Pasajeros de Lima, a cargo de PROTRANSPORTE DE LIMA; CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Alcaldía Nº 035 del 18 de marzo del año 2002, se creó el Proyecto para la Preparación del Plan de Inversiones para el Transporte Metropolitano de Lima - PROTRANSPORTE DE LIMA, encargándole la responsabi- lidad institucional de la Corporación Municipal de Lima, de preparar el Plan de Inversiones para el Transporte Metropoli- tano de Lima, el mismo que debe plantear una solución efi- caz, eficiente y sustentable para la implementación en la ciu- dad de Lima, de un Sistema de Transporte Urbano de Pasaje- ros, rápido e integrado, que asegure el incremento de la cali- dad de vida y el desarrollo humano en la metrópoli; Que, el Plan de Actividades y Presupuesto para el año 2002, de PROTRANSPORTE DE LIMA, aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 129 del 29 de abril del 2002, ha previsto una partida para la contratación de otros servicios de terceros por S/. 1'836,200.00 (Un millón ochocientos treinta y seis mil doscientos con 00/100 nuevos soles), contra la cual se ha programado la ejecución de diversas actividades de promoción y difusión del Proyecto; Que, dentro de este marco legal, los asesores de ima- gen de PROTRANSPORTE DE LIMA, encargados de la producción y promoción de comerciales, teniendo en cuenta las características de los grupos objetivos, han diseñado dos campañas de promoción y difusión, bajo las siguien- tes denominaciones: (i) Concurso de nombre (ii) Difusión del Sistema e Invitación a visitar las Estaciones Modelo, recomendando su realización en campañas multimedios, esto es televisión, radio y periódicos escogidos por sus niveles de alcance total al grupo al que se han dirigido las campañas publicitarias, característica que de acuerdo al informe técnico presentado, las distingue como personalí- simos, cuyo objetivo principal es que la comunidad metro- politana se involucre con el nuevo Sistema Integrado de Transporte Público de Pasajeros de Lima y los beneficios del mismo, así como para retroalimentar el diseño con los aportes y sugerencias de la población; Que, mediante Oficio Nº 067-2002-MML/PROTRANS- PORTE-GR, la Gerencia del Proyecto para la Preparación del Plan de Inversiones para el Transporte Metropolitano de Lima - PROTRANSPORTE DE LIMA, solicitó se autori- ce la exoneración del proceso de selección correspondien- te, mediante el proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, disponiendo la contratación de los Servicios Per- sonalísimos con eficacia anticipada de los siguientes me- dios de publicidad, cuyo monto de inversión por medio se detalla y asciende a: Medios Monto IGV Total Radios 122,186.78 21,993.62 144,180.40 Diarios 91,807.64 16,525.38 108,333.02 TV 471,596.34 84,887.34 556,483.68 Total 808,997.10Indicando que a efectos de establecer la promoción y difusión necesaria, conforme al cronograma establecido, dichos servicios se han prestado durante los meses de junio, julio y agosto respectivamente conforme a la pro- puesta de los asesores, habiéndose facturado el citado gasto total de S/. 808,997.10 (Ochocientos ocho mil nove- cientos noventa y siete y 10/100 nuevos soles), monto que se hace necesario cubrir, por lo que debe entenderse que se está solicitando la exoneración en vía de regulariza- ción; Que, se adjunta la Recomendación Técnica de los Ase- sores de Imagen MindShare y el informe del Asesor Legal de PROTRANSPORTE DE LIMA, Gonzales Chávez Cru- zado; Que, la solicitud de exoneración del proceso de selec- ción que corresponda para la contratación de los servicios personalísimos de los medios de publicidad de radio, tele- visión y periódicos, de acuerdo al Informe Nº 2803-2002- OGAJ/MML, emitido por la Oficina General de Asuntos Jurídicos y del Asesor Legal de PROTRANSPORTE, se encuadra plenamente en el artículo 19º inciso h) del D.S. Nº 012-1001-PCM, Texto Único de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, el cual establece que se encuentran exonerados del requisito de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, las adjudicacio- nes o contrataciones que se realice para Servicios Perso- nalísimos. Para cuya aplicación, el artículo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM, señala que los procesos antes referidos, se realizarán mediante el proceso de menor cuantía y se aprobarán por Acuerdo de Concejo Municipal, en los ca- sos de los Gobiernos Locales, los mismos que requieren obligatoriamente un Informe Técnico Legal previo, y serán publicados en el Diario Oficial El Peruano, Copia del Acuer- do y el informe que los sustenta deberán remitirse a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación; Que, se entiende por Servicios Personalísimos aque- llos servicios de persona natural o jurídica cuyas caracte- rísticas o habilidades inherentes a su persona lo tornan imprescindible (Art. 111º del Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado); Que, el D.S. Nº 071-2001-PCM modificatorio del artícu- lo 111º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley General de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do - D.S. Nº 013-2001-PCM, establece que se encuentran expresamente incluidos en al clasificación de servicios personalísimos, los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva, radial, es- crita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las características particulares que los distinguen; Que, de conformidad al inciso c) del artículo 26º de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2002, Ley Nº 27573, se establece que la contratación de servicios se realizarán mediante el Procedimiento de Con- curso Público si el valor referencial es igual o superior a S/ . 150,000.00 Nuevos Soles; la Adjudicación Directa Públi- ca desde S/. 75,001.00 hasta S/. 149,999.00 Nuevos So- les; la Adjudicación Directa Selectiva desde S/. 15,000.00 hasta S/. 75,000.00 nuevos Soles y la Adjudicación de Menor Cuantía de Bienes y Servicios hasta S/. 14,999.00 Nuevos Soles; Que, con relación a la procedencia de la autorización en vía de regularización de la exoneración del proceso de selección, que se aprecia de los antecedentes, la Oficina General de Asuntos Jurídicos considera que es procedente aprobar dicho pedido de exoneración, porque, aunque la regularización no está específicamente detallada en los Decretos Supremos Nºs. 012 y 013-2001-PCM; sin em- bargo, otras entidades públicas y el Gobierno Central, me- diante las normas que les corresponden, la han adoptado como procedimiento; De conformidad con lo opinado por la Comisión de Eco- nomía, Planificación y Presupuesto en su Dictamen Nº 146- 2002-CEPP-MML; ACORDÓ: Artículo Único.- Exonerar en vía de regularización, con efectividad al 1 de junio del presente año, del proceso de selección de concurso público y proceder bajo la modali- dad de Adjudicación Directa de Menor Cuantía para los contratos de locación de Servicios Personalísimos de los medios de comunicación de radios, televisión y periódicos que se detallan en cuadro adjunto, encargados de la publi-