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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (07/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 87

Pág. 234749 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de diciembre de 2002 INSTITUTO GEOFÍSICO DEL PERÚ Autorizan contratación de póliza de seguros mediante proceso de adjudica- ción de menor cuantía RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 130-IGP/02 Lima, 22 de noviembre del 2002 VISTO: Los Informes Técnico y Legal emitidos por la Oficina de Logística con Nº 327-DL-IGP/02 y del Asesor Legal con Nº 035-AL-IGP/02 respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 16 de setiembre del 2002 se declaró desierto el Proceso Selectivo de Concurso Público Nº 0001-2002-IGP - Primera Convocatoria, para la contra- tación de una compañía de seguros que proteja el pa- trimonio de la institución y cubra la integridad de los trabajadores; Que, en atención al proceso selectivo convocado y dentro de la programación establecida por la Institución se había previsto la cobertura de seguros de las póli- zas vigentes hasta el día 30 de setiembre del 2002, con la imposibilidad de renovarlas por ser objeto de convocatoria; Que, lo expuesto precedentemente configura una evi- dente situación de urgencia, pues la ausencia de una póli- za de seguros vigente que proteja al personal y el patrimo- nio del Instituto Geofísico del Perú durante el tiempo que demore el proceso selectivo convocado, compromete se- riamente de forma directa e inminente, la continuidad de los servicios que se vienen brindando a nivel nacional en condiciones normales y previsibles; Que, es obligación del Instituto Geofísico del Perú, su- jeto a la disponibilidad presupuestaria asignada para el año 2002, proteger al personal y el patrimonio de la entidad, contratando para ello las pólizas de seguros necesarias para protegerlos contra los riesgos que pudieran producir- se, así como verificar en todo momento que éstas manten- gan su plena vigencia; Que, el literal c) del Artículo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se encuentran exonerados de los procesos de Concurso Público, cuando estas adquisiciones se realicen en Situa- ción de Emergencia o Urgencia, declaradas de conformi- dad con dicha Ley; Que, el Artículo 20º del citado dispositivo legal dis- pone que las contrataciones o adquisiciones exonera- das de Concurso Público, se realizarán mediante Adjudi- cación de Menor Cuantía debiendo ser aprobadas me- diante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, la cual será publicada en el Diario Oficial El Peruano y copia de ella junto con los informes que la sustentan, deberá remitirse a la Contraloría General de la Repú- blica dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación; Que, el Artículo 105º del Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala en la parte pertinente que, de producirse el supuesto señalado en el Artículo 19º de la Ley que determine la necesidad de efectuar procesos de Adjudicación de Menor Cuantía, la Entidad hará las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtención, por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico, de una cotización que cumpla los re- quisitos establecidos en las Bases, con autorización ex- presa del Titular del Pliego o de la máxima autoridad admi- nistrativa de la Entidad; Que, el inciso 2) del Artículo 108º del Reglamento aco- tado, señala que la situación de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepción que determina una acción rápida a fin de adquirir o contra- tar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; y,Que, en consecuencia y de conformidad con el Artícu- lo 10º inciso d) del Decreto Legislativo Nº 136 - Ley del Instituto Geofísico del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en Situación de Urgencia la con- tratación de la Póliza de Seguros, autorizando a efectuar dicha contratación mediante el Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, por el lapso de tres (3) meses, mientras se lleve a cabo el proceso selectivo de Concurso Público correspondiente, por el valor referencial de S/. 76,000.00 Nuevos Soles. Artículo 2º.- Designar al Comité Especial encargado del proceso selectivo de Programa de Seguros del Institu- to Geofísico del Perú, según Resolución de Presidencia Nº 004-IGP/02, a fin de que lleve las acciones pertinentes para la contratación del servicio exonerado conforme a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, mediante financiamiento por Recursos Ordina- rios y Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3º.- La presente Resolución de Presidencia será de conocimiento de la Contraloría General de la Re- pública, dentro de los diez (10) días naturales siguientes a la fecha de aprobación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALD WOODMAN POLLITT Presidente Ejecutivo 21608 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Autorizan contratar servicios de publicidad mediante proceso de adju- dicación directa de menor cuantía RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 017-2002/SIS Lima, 4 de diciembre de 2002 Vistos los Informes Nº 289-2002-GM-SIS y Nº 179- 2002-SIS/OAJ de la Gerencia de Mercadeo y Oficina de Asesoría Jurídica del SIS respectivamente; CONSIDERANDO: Que, el Seguro Integral de Salud (SIS) es un Organis- mo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Salud con autonomía económica y administrativa, por lo cual tiene capacidad para celebrar contratos conforme a lo establecido en el inciso m) del Artículo 11º del Decreto Su- premo Nº 009-2002-SA - "Reglamento de Organización y Funciones del SIS"; Que, el inciso a) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que las Adquisi- ciones y Contrataciones que se realizan entre Entida- des del Sector Público, están exoneradas de los proce- sos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudi- cación Directa; Que, el Artículo 106º del "Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, dispone la exone- ración del respectivo proceso de selección a los contratos celebrados entre Entidades del Sector Público, debiendo resultar más favorable y ventajosa frente a los precios del mercado en relación a los demás medios de comunicación televisiva en nuestro medio; Que, el Informe Técnico Nº 289-2002-GM-SIS señala que es conveniente efectuar la Contratación de Servicios Publicitarios en el medio de señal televisiva abierta del Estado Canal 7 TV con la finalidad de reforzar la campaña efectuada entre el 25 al 31 de octubre del 2002, por ser de suma importancia la difusión clara del modo en que los beneficiarios del SIS pueden acceder a las prestaciones de salud de los diversos planes de beneficios, para un uso adecuado del derecho a la protección de la salud, que esta institución realiza;