Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2002 (07/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

MORDAZA, sabado 7 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

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INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU
Autorizan contratacion de poliza de seguros mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 130-IGP/02
MORDAZA, 22 de noviembre del 2002 VISTO: Los Informes Tecnico y Legal emitidos por la Oficina de Logistica con Nº 327-DL-IGP/02 y del Asesor Legal con Nº 035-AL-IGP/02 respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 16 de setiembre del 2002 se declaro desierto el MORDAZA Selectivo de Concurso Publico Nº 0001-2002-IGP - Primera Convocatoria, para la contratacion de una compania de seguros que proteja el patrimonio de la institucion y cubra la integridad de los trabajadores; Que, en atencion al MORDAZA selectivo convocado y dentro de la programacion establecida por la Institucion se habia previsto la cobertura de seguros de las polizas vigentes hasta el dia 30 de setiembre del 2002, con la imposibilidad de renovarlas por ser objeto de convocatoria; Que, lo expuesto precedentemente configura una evidente situacion de urgencia, pues la ausencia de una poliza de seguros vigente que proteja al personal y el patrimonio del Instituto Geofisico del Peru durante el tiempo que demore el MORDAZA selectivo convocado, compromete seriamente de forma directa e inminente, la continuidad de los servicios que se vienen brindando a nivel nacional en condiciones normales y previsibles; Que, es obligacion del Instituto Geofisico del Peru, sujeto a la disponibilidad presupuestaria asignada para el ano 2002, proteger al personal y el patrimonio de la entidad, contratando para ello las polizas de seguros necesarias para protegerlos contra los riesgos que pudieran producirse, asi como verificar en todo momento que estas mantengan su plena vigencia; Que, el literal c) del Articulo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se encuentran exonerados de los procesos de Concurso Publico, cuando estas adquisiciones se realicen en Situacion de Emergencia o Urgencia, declaradas de conformidad con dicha Ley; Que, el Articulo 20º del citado dispositivo legal dispone que las contrataciones o adquisiciones exoneradas de Concurso Publico, se realizaran mediante Adjudicacion de Menor Cuantia debiendo ser aprobadas mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, la cual sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y MORDAZA de MORDAZA junto con los informes que la sustentan, debera remitirse a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el Articulo 105º del Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala en la parte pertinente que, de producirse el supuesto senalado en el Articulo 19º de la Ley que determine la necesidad de efectuar procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, la Entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico, de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad; Que, el inciso 2) del Articulo 108º del Reglamento acotado, senala que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; y,

Que, en consecuencia y de conformidad con el Articulo 10º inciso d) del Decreto Legislativo Nº 136 - Ley del Instituto Geofisico del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en Situacion de Urgencia la contratacion de la Poliza de Seguros, autorizando a efectuar dicha contratacion mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, por el lapso de tres (3) meses, mientras se lleve a cabo el MORDAZA selectivo de Concurso Publico correspondiente, por el valor referencial de S/. 76,000.00 Nuevos Soles. Articulo 2º.- Designar al Comite Especial encargado del MORDAZA selectivo de Programa de Seguros del Instituto Geofisico del Peru, segun Resolucion de Presidencia Nº 004-IGP/02, a fin de que lleve las acciones pertinentes para la contratacion del servicio exonerado conforme a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, mediante financiamiento por Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados. Articulo 3º.- La presente Resolucion de Presidencia sera de conocimiento de la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias naturales siguientes a la fecha de aprobacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA WOODMAN POLLITT Presidente Ejecutivo 21608

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Autorizan contratar servicios de publicidad mediante MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia
RESOLUCION JEFATURAL Nº 017-2002/SIS
MORDAZA, 4 de diciembre de 2002 Vistos los Informes Nº 289-2002-GM-SIS y Nº 1792002-SIS/OAJ de la Gerencia de Mercadeo y Oficina de Asesoria Juridica del SIS respectivamente; CONSIDERANDO: Que, el Seguro Integral de Salud (SIS) es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Salud con autonomia economica y administrativa, por lo cual tiene capacidad para celebrar contratos conforme a lo establecido en el inciso m) del Articulo 11º del Decreto Supremo Nº 009-2002-SA - "Reglamento de Organizacion y Funciones del SIS"; Que, el inciso a) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que las Adquisiciones y Contrataciones que se realizan entre Entidades del Sector Publico, estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa; Que, el Articulo 106º del "Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, dispone la exoneracion del respectivo MORDAZA de seleccion a los contratos celebrados entre Entidades del Sector Publico, debiendo resultar mas favorable y ventajosa frente a los precios del MORDAZA en relacion a los demas medios de comunicacion televisiva en nuestro medio; Que, el Informe Tecnico Nº 289-2002-GM-SIS senala que es conveniente efectuar la Contratacion de Servicios Publicitarios en el medio de senal televisiva abierta del Estado MORDAZA 7 TV con la finalidad de reforzar la MORDAZA efectuada entre el 25 al 31 de octubre del 2002, por ser de suma importancia la difusion MORDAZA del modo en que los beneficiarios del SIS pueden acceder a las prestaciones de salud de los diversos planes de beneficios, para un uso adecuado del derecho a la proteccion de la salud, que esta institucion realiza;

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