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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2002 (04/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 215074 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de enero de 2002 Que, mediante Resoluciones Supremas Nos 240-2000- JUS, y 241-2000-JUS se designó al doctor José Carlos Ugaz Sánchez-Moreno como Procurador Público Ad Hoc, a fin que ejerza la defensa de los derechos e intereses del Estado respecto de los delitos perpetrados por el ex Ase- sor del Servicio de Inteligencia Nacional - SIN Vladimiro Montesinos Torres y los demás que resulten responsables; Que, con el fin de contribuir con la investigación que lleva a cabo el Congreso de la República a través de la Comisión Investigadora del origen y destino del dinero de Vladimiro Montesinos Torres y su evidente relación con el ex Presidente Alberto Fujimori Fujimori, es pertinente ha- cer de conocimiento de esta Comisión, los hechos prece- dentemente descritos, al igual que los revelados en sen- dos Informes Especiales en torno a hechos ilícitos que com- prometen recursos del Estado; y, De conformidad con los Arts. 47º de la Constitución Po- lítica del Perú y 12º del D.L. Nº 17537, modificado por el D. L. Nº 17667, y el Art.19º inciso f) del D.L. Nº 26162; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico de la Contraloría General de la República, para que en coordinación con el señor Procurador Público Ad Hoc, designado mediante Resoluciones Supremas Nºs. 240- 2000-JUS, y 241-2000-JUS formule y/o gestione las ac- ciones judiciales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos, remi- tiéndosele para el efecto los antecedentes correspondien- tes. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presen- te Resolución al señor Presidente del Congreso de la Re- pública, así como a la Comisión Investigadora del origen y destino del dinero de Vladimiro Montesinos Torres y su evi- dente relación con el ex Presidente Alberto Fujimori Fuji- mori, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJIA Contralor General de la República 0047 DEFENSORÍA DEL PUEBLO FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 046-2001-DP Mediante Oficio Nº 001-2002-DP/OAF, la Defensoría del Pueblo solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Defensorial Nº 046-2001-DP publicada en nuestra edición del 30 de diciembre de 2001, página 214876. DICE: Resolución Defensorial Nº 046-2001-DP DEBE DECIR: Resolución Defensorial Nº 046-2001-DP Lima, 28 de diciembre del 2001 0028 JNE Declaran improcedente recurso de nuli- dad interpuesto contra resolución que declaró vacancia de los cargos de regido- res del Concejo Distrital de Yarinacocha RESOLUCIÓN Nº 001-2002-JNE Expediente N° 1208-2001-JNE Lima, 3 de enero de 2002VISTOS: Vistos, el recurso de nulidad interpuesto por el aboga- do Víctor Vallejo Cutti en representación de Lilian Pinedo Sifuentes, Tulio Leoncio Del Águila Isuiza, Bezaleel Del Águila Terrones y Pascual García Vásquez, contra la Re- solución Nº 797-2001-JNE, en el que solicita se le conce- da el uso de la palabra; y, los escritos de Juana Gricelda Pacaya Ricopa y Meyer Oñate Portocarrero solicitando la entrega de las credenciales que los acreditan como Regi- dores de Concejo Distrital de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, dispuesta por la Resolución en mención; CONSIDERANDO: 1°. Que este supremo órgano electoral por Resolución N° 797-2001-JNE del 22 de noviembre de 2001, resolvió declarar la vacancia de los cargos de Regidores de Pas- cual García Vásquez, Lilian Pinedo Sifuentes, Bezaleel del Águila Terrones, Mauro García Pastor y Tulio Leoncio Del Águila Izuiza, en el Concejo Distrital de Yarinacocha, con- vocando en su reemplazo a Meyer Oñate Portocarrero, Juana Gricelda Pacaya Ricopa, Ruth Esther Abensur de Franchini, Antonio Ismael Gonzales Baldeón y Edsel Me- léndez Flores; 2°.- Que de conformidad con lo dispuesto por el Artícu- lo 181° de la Constitución Política, las resoluciones que dicta el Jurado Nacional de Elecciones en materia electo- ral son irrevisables y no procede contra las mismas recur- so alguno; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Único.- Declarar improcedente el recurso de nulidad interpuesto por Lilian Pinedo Sifuentes, Tulio Leon- cio Del Águila Isuiza, Bezaleel Del Águila Terrones y Pas- cual García Vásquez, contra la Resolución N° 797-2001- JNE; no ha lugar el pedido de uso de la palabra; y, respec- to a la solicitud de entrega de credenciales, estése a lo resuelto en la referida resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ – PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ BALLÓN – LANDA CÓRDOVA, Secretario General 0072 Convocan a candidatos no proclamados para que asuman cargos de regidores de los Concejos Distritales de Omia, San Rafael y Carhuanca RESOLUCIÓN Nº 002-2002-JNE Lima, 3 de enero de 2002 VISTO: el Expediente Nº 965-2001 presentado el 20 de agosto del 2001, por don Florencio Augusto Bendezú Llac- ta, Alcalde del Concejo Distrital de Omia, provincia de Ro- dríguez de Mendoza, departamento de Amazonas, median- te el cual comunica la declaratoria de vacancia del cargo de Regidora de doña Olga Dávila Martínez, expediente que fuera completado con la documentación presentada el 5 de diciembre del 2001; CONSIDERANDO: Que, en Sesión Privada de fecha 22 de octubre del 2001, el Jurado Nacional de Elecciones dispuso que se cumpliera con remitir determinada documentación para tratar el ex- pediente presentado; Que de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 27º y 36º numeral 10) de la Ley Orgánica de Municipa-