TEXTO PAGINA: 10
Pág. 216648 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de febrero de 2002 INTERIOR Modifican resolución y sancionan con cese temporal a servidores de la Ofici- na de Control Interno RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 0045-2002-IN Lima, 29 de enero del 2002 Vista, el Acta Nº 02-2001-IN/1101 de fecha 17 de di- ciembre del 2001 con la que la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, designada por Resolución Ministerial Nº 1071- 2001-IN/0901 del 23.AGO.2001, concluye el Proceso Ad- ministrativo instaurado por Resolución Ministerial Nº 1421-2001-IN/1300 del 19.NOV.2001 a la ex Inspectora General del Ministerio del Interior CPC Luz Carmela VENERO OLAZABAL y a los EE.CC. Jorge Leoncio HURTADO GUTIERREZ y Víctor Hugo JIMENEZ GAR- NICA, de la Oficina de Control Interno del Ministerio del Interior. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 1421-2001-IN/ 1300 del 19.NOV.2001 se resolvió instaurar Proceso Ad- ministrativo Disciplinario a la ex funcionaria del Ministe- rio del Interior CPC Luz Carmela VENERO OLAZABAL y a los EE.CC. Jorge Leoncio HURTADO GUTIERREZ y Víctor Hugo JIMENEZ GARNICA; Que, según Acta Nº 02-2001-IN/1101 de fecha 17 de diciembre del 2001, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior concluye que resulta improcedente la Excepción de Pres- cripción de Acción Administrativa planteada por la ex fun- cionaria CPC Luz Carmela VENERO OLAZÁBAL contra la Resolución Ministerial Nº 1421-2001-IN/1300 del 19.NOV.2001 que dispone Instaurarle Proceso Adminis- trativo Disciplinario, y que los cargos imputados a ésta y a los EE.CC. Jorge Leoncio HURTADO GUTIERREZ y Víctor Hugo JIMENEZ GARNICA no han sido desvir- tuados, por lo que les corresponde las sanciones perti- nentes; Que, en el Acta mencionada en el segundo considerando, la Comisión Especial de Procesos Admi- nistrativos Disciplinarios recomienda se sancione a la CPC Luz Carmela VENERO OLAZÁBAL con destitución por haber incurrido en grave falta de carácter disciplina- rio tipificada en los incisos a), f), j) e i) del Art. 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público - Decreto Legislati- vo Nº 276, por su negativa en devolver el vehículo Pon- tiac Nº IQ-3567 asignado para su uso oficial cuando des- empeñaba el cargo de Inspectora del Ministerio del Inte- rior, tratar de sorprender a los servidores del Depósito Municipal de Vehículos de La Molina haciéndose pasar como Inspectora General del Ministerio del Interior sus- cribiendo una carta como tal con el fin de obtener la li- bertad del citado vehículo, haber continuado usándolo después de estar cesada en el cargo y continuado perci- biendo gasolina y mantenimiento para el mismo, y los ilícitos penales tipificados en los Artículos 190º, 361º y 438º del Código Penal, sin perjuicio de correr traslado del expediente a la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior a fin de que, previa resolución autoritativa, inicie las acciones legales que procedan; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrati- vos Disciplinarios igualmente recomienda se sancione a los EE.CC. Jorge Leoncio HURTADO GUTIERREZ y Víc- tor Hugo JIMENEZ GARNICA, servidores de la Oficina de Control Interno del Ministerio del Interior, con cese temporal sin goce de remuneraciones por 35 días, por su participación en el irregular intento de retirar del De- pósito Municipal de Vehículos de La Molina, por encargo de Luz Carmela VENERO OLAZÁBAL, el automóvil IQ- 3567, el día 12.DIC.2000 incurriendo el primero de losnombrados en falta de carácter disciplinario tipificada en el inciso j) del Artículo 28º de la Ley de Bases de la Ca- rrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público - Decreto Legislativo Nº 276 y el segundo de ellos en incumplimiento a lo prescrito en el inciso a) del Ar- tículo 23º y en las faltas de carácter disciplinario tipifica- das en los incisos a), b) y j) del Art. 28º de la acotada norma legal, por su participación en horas laborables en las cuales figuraba como presente en su puesto en la Oficina de Control Interno del Ministerio del Interior, in- cumpliendo normas establecidas en la referida Ley y su Reglamento, y reiterada resistencia a prestar su decla- ración ante la Comisión Investigadora de los hechos; Que, por Resolución Suprema Nº 0659-97-IN- 010101000000 del 15.AGO.1997 se cesó en el cargo de Inspectora General de la Oficina de Control Interno del Mi- nisterio del Interior a la CPC Luz Carmela VENERO OLAZÁ- BAL, a su solicitud, siendo por tanto pertinente modificar la citada Resolución, variando la causal de cese por la de DESTITUCIÓN, por haber incurrido en grave falta; Estando a lo recomendado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministe- rio del Interior y lo propuesto por el señor Ministro del Interior; y, De conformidad a lo prescrito en Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Artículo 154º, inciso d) del Artículo 155º y Artículo 174º del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por D.S. Nº 005-90- PCM, y el Artículo 202.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE la Excepción de Prescripción de Acción Administrativa planteada por la CPC Luz Carmela VENERO OLAZÁBAL contra la Re- solución Ministerial Nº 1421-2001-IN/1300 del 19.NOV.2001 que dispone Instaurarle Proceso Adminis- trativo Disciplinario y tramitar el Proyecto modificatorio de la Resolución. Artículo 2º.- Modificar la Resolución Suprema Nº 0659-97-IN-010101000000 del 15.AGO.1997 varian- do la causal de cese de la CPC Luz Carmela VENERO OLAZÁBAL en el cargo de Inspectora General de la Ofi- cina de Control Interno del Ministerio del Interior por la de DESTITUCIÓN, por haber incurrido en grave falta. Artículo 3º.- Sancionar a los EE.CC. Jorge Leoncio HURTADO GUTIERREZ y Víctor Hugo JIMENEZ GAR- NICA, servidores de la Oficina de Control Interno del Mi- nisterio del Interior, con cese temporal sin goce de remu- neraciones por 35 días, por los motivos expuestos en el cuarto considerando de la presente Resolución. Artículo 4º.- Remitir los actuados al Procurador Pú- blico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que, previa resolución autoritativa, inicie las acciones que procedan. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Señor Presidente Constitucional de la República FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 2140 Conceden la nacionalidad peruana a ciudadanos chinos y cubano RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 0046-2002-IN-1606 Lima, 29 de enero del 2002 Visto, la solicitud y documentos presentados por doña Li Qiu REN ZHANG de nacionalidad china, sobre otorga- miento de la nacionalidad peruana por naturalización, que obran en el expediente administrativo Nº 29604 del 9 de octubre del 2000;