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Pág. 216661 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de febrero de 2002 visita en cada uno de los Establecimientos Penales, de- tallados en el artículo anterior, por lo menos una vez al mes, siempre que lo permitan las actividades y agenda de la Presidenta de la Comisión, en su calidad de Presi- denta de esta Corte Superior; las mismas que serán programadas con la anticipación debida. Artículo Segundo.- RATIFICAR en lo demás que contienen los extremos del contenido de la Resolución Administrativa Nº 113-B-2001-P-CSJCL/PJ, de fecha 11 de julio de 2001 y Resolución Administrativa Nº 157-A- 2001-P-CSJCL/PJ, de fecha 28 de setiembre del 2001 que, dispone la creación de la Comisión de Servicio de Información al Interno (C.S.I.I.) de esta Corte Superior. Artículo Tercero.- DISPONER que los miembros de la Comisión integrada por: a) El Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao que, se encuentre ejerciendo funciones, cargo que actualmente viene asumiendo la suscrita. b) Un Magistrado de la Instancia Superior y/o el Pre- sidente de la Comisión Distrital de Control de la Magis- tratura y/o de Primera Instancia, quien representará al Presidente en las funciones propias de la Comisión, en forma excepcional. c) La doctora Marybel Mendoza Torres, Analista de la Presidencia. d) La señora Martha Sifuentes Siches, Jefa de Mesa de Partes de la Presidencia de esta Corte. Prosigan con las actividades que motivaron su crea- ción, función que ejercerán de forma tal que no entorpez- ca el normal desempeño de aquellas propias a los car- gos que vienen ejerciendo; designación que no genera- rá remuneración adicional alguna. Artículo Cuarto.- DISPONER para el inicio de las actividades académicas de la Comisión, para el presen- te año judicial, la programación de la realización de visi- tas en los siguientes Establecimientos Penales: 1. E.P. del Callao. 2. E.P. de Mujeres de Chorrillos. 3. E.P. de Régimen Cerrado Especial "Miguel Castro Castro". 4. E.P. de Régimen Ordinario "Lurigancho". 5. E.P. de Procesados Primarios. Artículo Quinto.- Póngase la presente Resolución, en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, Presi- dente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Geren- cia General, Centro de Investigaciones Judiciales del Poder Judicial, Oficina Distrital de Control de la Magis- tratura, Oficina Distrital de Administración, Oficina de Imagen Institucional de esta Corte, Ministerio de Justi- cia, Presidente del Instituto Nacional Penitenciario, Direc- tores de los Establecimientos Penales de Lima y Callao y de los interesados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. YRMA FLOR ESTRELLA CAMA Presidenta Corte Superior de Justicia del Callao 2181 Crean "Centro de Estudios, Capacita- ción, Preparación y Perfeccionamiento de los Trabajadores de la Corte Supe- rior de Justicia del Callao" CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 11-2002-P-CSJCL/PJ Callao, 11 de enero del 2002LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS y CONSIDERANDO: Que, la Administración de Justicia debe ser opor- tuna, sin embargo, ésta no resultaría óptima, si no cuenta con el apoyo del personal auxiliar que tiene asignado; asimismo, el funcionamiento administrativo se vería limitado sin la actividad que realiza el perso- nal respectivo; Que, en tal sentido, la labor jurisdiccional desarrolla- da por los señores Magistrados requiere del indispensa- ble concurso de los Auxiliares Jurisdiccionales y del per- sonal Administrativo, en sus distintas modalidades, quie- nes deben contar con una preparación y capacitación permanente para lograr el fin de la función que desarro- llan en beneficio de la labor jurisdiccional, del Juez y de la propia administración de justicia y, finalmente de los propios justiciables; Que, cabe precisar además que, si bien es cierto la cultura judicial que se viene administrando en cada una de las diferentes Cortes Superiores del país, no está compilada en algún texto que sirva de "guía prác- tica de la actividad judicial"; también lo es que, ello se debe a situaciones ajenas al Poder Judicial, además que los trabajadores no pueden acceder a programas de capacitación y actualización; lo cual es una cons- tante preocupación de esta Presidencia, para tratar de resolver tales situaciones en un mediano plazo, propi- ciando el desarrollo personal de cada uno de los ser- vidores; Que, en atención a lo precisado anteriormente, se hace necesario para esta Presidencia, crear una enti- dad dentro de la Corte Superior que se encargue de preparar, capacitar y perfeccionar en forma adecuada al personal, con la finalidad que éstos desarrollen sus fun- ciones de apoyo de manera eficiente; resultando nece- sario que sea dirigida por los propios Magistrados de esta Corte Superior, en sus diversas especialidades, quienes deberán elaborar los programas a desarrollar- se; contando con el aporte de destacados expositores y catedráticos sobre materias cuyo tratamiento por la na- turaleza de lo precisado se requiera; pudiendo contar con el aporte de uno o más trabajadores que se considere necesario; Que, por lo anteriormente expuesto y, conside- rando además que el Presidente de la Corte Supe- rior de Justicia, es la máxima autoridad en el Distrito Judicial a su cargo, por lo que asumiendo competen- cia administrativa, debe dictar las medidas más apro- piadas para que los Órganos Auxiliares de Justicia y la propia Corte Superior funcionen de manera eficien- te y eficaz, dirigida a brindar un mejor servicio a la administración de justicia, en beneficio de los justi- ciables; Que, en uso de las facultades conferidas por los inci- sos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CREAR el "Centro de Estudios, Capacitación, Preparación y Perfeccionamiento de los Trabajadores de la Corte Superior de Justicia del Ca- llao", cuyo objetivo es capacitar y actualizar a los trabaja- dores jurisdiccionales y administrativos de esta Corte Superior; al mismo que en lo sucesivo se denominará "Centro de Estudios". Artículo Segundo.- CONSTITUIR una Comisión integrada por Magistrados de esta Corte Superior que, se encargará de la Organización, Dirección y Control del "Centro de Estudios"; asimismo, de la elaboración de los Programas de Actividades a desarrollarse y de todo aque- llo que resulte indispensable para su funcionamiento, de- biendo presentar en el término de 15 días, su plan de trabajo para el presente año. Artículo Tercero.- DESIGNAR como miembros inte- grantes de la Comisión detallada en el Artículo Segun-