Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2002 (01/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, viernes 1 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES
Estando a lo acordado; SE RESUELVE:

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Vista el Acta Nº 001-2002-IN-1300, de 18.ENE.2002, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, relativa a la culminacion del MORDAZA administrativo disciplinario instaurado al servidor MORDAZA MORDAZA BELMONTE MORDAZA, Inspector de Migraciones I, nivel SPD, de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1562-2001IN/1300, de 10.DIC.2001, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario al mencionado servidor al haberse establecido que habria incurrido en graves faltas de caracter disciplinario previstas en el Articulo 28º, incisos a) y h) y Articulo 23º, inciso b) de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276 y, en el ilicito penal tipificado en el Articulo 393º del Codigo Penal, al haber recibido, segun manifestacion del propio servidor y lo que se desprende de los demas actuados, la cantidad de cincuenta dolares americanos (US$ 50) por sellar un pasaporte suizo sin la presencia fisica del titular, permitiendo la salida irregular del MORDAZA del ciudadano peruano requisitoriado MORDAZA MORDAZA Schutz Landazuri o MORDAZA MORDAZA Schutz Merck, cuando prestaba servicio el dia 2.OCT.2001 en el Puesto de Control Fronterizo MORDAZA MORDAZA - Tacna; Que, con fecha 13.DIC.2001, se le notifico al procesado en mencion sobre la instauracion del MORDAZA administrativo disciplinario en su contra, para los fines de Ley, quien presento su descargo escrito y pruebas de su defensa y, a su solicitud, con fecha 11.ENE.2002, rindio su informe oral ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior; Que, la citada Comision, luego de revisar y analizar los actuados y pruebas de descargo presentadas y escuchar el informe oral del procesado, ha concluido que este no ha desvirtuado los cargos imputados, ratificandose en consecuencia en que ha incurrido en la prohibicion senalada en el Articulo 23º, inciso b) de la acotada Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, estando en consecuencia incurso en la falta de caracter disciplinario establecida en el Articulo 28º, inciso a) de dicha norma; Que, si bien no existe prueba que el procesado MORDAZA conocido oportunamente la orden de impedimento de salida del referido ciudadano, esto no disminuye la gravedad de su falta ya que al no haber cumplido el procedimiento establecido que lo obliga a controlar que los ciudadanos que salen del MORDAZA pasen previamente por la dependencia de requisitorias de la Policia Nacional del Peru, permitio su salida irregular del MORDAZA y no posibilito el registro de dicha salida; Que, no aparece en los actuados administrativos indicios o pruebas que el dinero recibido para efectuar el MORDAZA del pasaporte del citado ciudadano sin efectuar las verificaciones o controles correspondientes MORDAZA sido solicitada, no obrando tampoco evidencia de reiterancia en la comision de los hechos materia del MORDAZA, no existiendo en consecuencia elementos para probar que ha incurrido en la falta de caracter disciplinario establecida en el Articulo 28º, inciso h) del citado Decreto Legislativo; Que, de conformidad con lo establecido en los Articulos 23º, 25º, 26º y 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y a lo propuesto en los Articulos 150º, 151º, 152º, 154º, 158º y 170º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior ha recomendado, por unanimidad, se sancione al mencionado servidor con cese temporal sin goce de remuneraciones por doce (12) meses, debiendo expedirse la Resolucion Ministerial correspondiente; Dado lo recomendado, con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica mediante el informe respectivo; y,

Articulo 1º.- Sancionar con cese temporal sin goce de remuneraciones por doce (12) meses al servidor MORDAZA MORDAZA BELMONTE MORDAZA, Inspector de Migraciones I, nivel SPD, de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior, por las causales expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion al servidor sancionado, conforme a las formalidades de Ley. Articulo 3º.- Comunicar la presente Resolucion a la Oficina de Personal del Ministerio del Interior para su conocimiento y fines, debiendo ser agregada al legajo personal del servidor sancionado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 2229

Autorizan viaje de Viceministro del Interior para participar en MORDAZA que se realiza en Brasil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0126-2002-IN-0103 MORDAZA, 31 de enero del 2002 VISTO, el Oficio Nº 891/2001 del Secretario de Estado de Justicia y de Seguridad del Estado de Rio Grande do Sul, mediante el cual invita al doctor MORDAZA Costa Santolalla, Viceministro del Interior a participar en el "III MORDAZA Internacional: Policia y Sociedad Democratica" a realizarse los dias 1 y 2 de febrero del 2002, en la MORDAZA de Porto MORDAZA, Estado de Rio Grande do Sul, Brasil. CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA tendra como objetivo dar viabilidad a los esfuerzos mundiales de intelectuales, policias, y administradores publicos, empenados en la democratizacion y humanizacion de las fuerzas de seguridad publica; Que, entre otros, se debatira el tema "El Estado Democratico de Derecho y las Instituciones Policiales", en el cual el doctor MORDAZA Costa Santolalla, Viceministro del Interior participara como ponente; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 370, Ley Organica del Ministerio del Interior, concordante con el Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del doctor MORDAZA Costa Santolalla, Viceministro del Interior, a la MORDAZA del Porto MORDAZA, Estado de Rio Grande do Sul, Brasil, del 31 de enero al 3 de febrero del 2002, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion no irrogara gastos al Estado Peruano. Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 2230

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