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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (02/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 216698 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de febrero de 2002 PODER EJECUTIVO P C M Autorizan a procurador iniciar acciones contra presuntos responsables de la comisión de delitos contra la función jurisdiccional y la fe pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 035-2002-PCM Lima, 29 de enero de 2002 Visto, el Oficio Nº 028-2002(PRE) de la Presidencia del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; CONSIDERANDO: Que, con fecha 4.6.99 don Jorge Isaacs Acurio Tito, representante legal de la Empresa N.H. VIRGO SERVI- CIOS Y CONSTRUCCIONES GENERALES E.I.R.Ltda. solicitó la reinscripción de su representada ante el Regis- tro Nacional de Contratistas de CONSUCODE, solicitud que fue aprobada mediante Resolución de Gerencia Nº 1237-99-RNC-CONSUCODE de fecha 22.6.99 expidién- dosele el Certificado de Inscripción Nº 1271 del 24.6.99; Que, habiendo CONSUCODE efectuado el proceso de fiscalización posterior a documentación recaudada por la empresa N.H. VIRGO SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES GENERALES E.I.R.Ltda., en su referida solicitud, se verificó que la copia simple de la Licencia de Funcionamiento Nº 6190 que presentara como otorgada a su favor por la Municipalidad del Cusco, habría sido adulterada en su fecha de validez, como si la misma tuviera vigencia hasta el 31.12.2005, lo cual es presuntamente falso, conforme fluye del Oficio Nº 797-DM/ MC-2000 y de sus anexos, remitidos a CONSUCODE por el Director Municipal de la Municipalidad del Cusco; Que, revisados los actuados administrativos de reins- cripción otorgada a la Empresa N.H. VIRGO SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES GENERALES E.I.R.Ltda., aproba- do mediante Resolución de Gerencia Nº 1237-99-RNC- CONSUCODE de fecha 22.6.99, la Gerencia de Registros de CONSUCODE aprecia que el representante legal de la misma suscribió el Formulario Oficial de la Declaración Jurada de veracidad de documentos y de información, el mismo que obra en el expediente administrativo, en el cual manifestó que la información que proporcionaba era veraz, que los documentos presentados eran auténticos, que co- nocía las sanciones contenidas en la Ley de Simplificación Administrativa y su Reglamento, que en caso de compro- barse que lo expresado en dicha Declaración Jurada no se ajustaba a la verdad aceptaba que se le invalide el referido trámite, las acciones derivadas del mismo, así como facul- taba a la Entidad a iniciar las acciones legales a que hubie- re lugar, asumiendo la respectiva responsabilidad; Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 1829-2000- RNC-CONSUCODE de fecha 29.12.00, se resuelve for- mular denuncia penal contra el representante legal de la empresa N.H. VIRGO SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES GENERALES E.I.R.Ltda., y contra todos los que resulten responsables, por la presunta comisión de los delitos con- tra la función jurisdiccional (falsa declaración en procedi- miento administrativo) y contra la fe pública, en agravio del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE); Que, asimismo, mediante Resolución de Gerencia Nº 0333-2001-RNC-CONSUCODE se declara infundado el recurso de Reconsideración interpuesto por la empresa N.H. VIRGO SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES GENE- RALES E.I.R.Ltda., contra la Resolución de Gerencia Nº 1829-2001-RNC-CONSUCODE, teniendo en consideración que las pruebas aportadas por la empresa recurrente, no desvirtúan los considerandos que fundamentaron la reso- lución impugnada; Que, interpuesto el recurso de apelación por la recu- rrente, mediante Resolución Nº 012-2002-CONSUCODE/ PRE se declara infundado el Recurso de Apelación inter- puesto contra la Resolución de Gerencia Nº 0333-2001- RNC-CONSUCODE, habiéndose agotado la vía adminis- trativa, conforme al Oficio Nº 028-2002(PRE) de la Presi-dencia del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado - CONSUCODE; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros a interponer las acciones legales a que hubiere lugar contra el representante legal de la empresa N.H. VIR- GO SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES GENERALES E.I.R.Ltda. y los que resulten responsables por los hechos expuestos en los considerandos que anteceden. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes a la Procuradu- ría Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presi- dencia del Consejo de Ministros para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 2191 AGRICULTURA Designan Jefes de las Oficinas PETT de Ejecución Regional de Amazonas y An- dahuaylas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0097-2002-AG Lima, 31 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 0073-2001-AG del 2 de febrero del 2001, se designó, entre otros, a los ingenie- ros Manuel Francisco Salirosas Vásquez y Luis Cavero Echegaray, como Jefes de las Oficinas PETT de Ejecución Regional de Amazonas y Pasco, respectivamente; Que, por necesidad del servicio es conveniente dar por concluida la designación de los citados funcionarios; De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos y el Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha, la designación de los ingenieros Manuel Francisco Salirosas Vásquez y Luis Cavero Echegaray, en los cargos de Jefes de las Oficinas PETT de Ejecución Regional de Amazonas y Pasco, respectivamente. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al ingeniero Luis Cavero Echegaray como Jefe de la Oficina PETT de Ejecución Regional de Amazonas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 2226 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0098-2002-AG Lima, 31 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, se crea el Proyecto Especial Ti- tulación de Tierras y Catastro Rural - PETT; Que, el Artículo 26º del Decreto Supremo Nº 064-2000- AG, que aprueba el vigente Reglamento de Organización y Funciones del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT, establece que las Oficinas PETT