Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2002 (02/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 2 de febrero de 2002

PODER EJECUTIVO PCM
Autorizan a procurador iniciar acciones contra presuntos responsables de la comision de delitos contra la funcion jurisdiccional y la fe publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 035-2002-PCM MORDAZA, 29 de enero de 2002 Visto, el Oficio Nº 028-2002(PRE) de la Presidencia del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; CONSIDERANDO: Que, con fecha 4.6.99 don MORDAZA Isaacs MORDAZA MORDAZA, representante legal de la Empresa N.H. VIRGO SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES GENERALES E.I.R.Ltda. solicito la reinscripcion de su representada ante el Registro Nacional de Contratistas de CONSUCODE, solicitud que fue aprobada mediante Resolucion de Gerencia Nº 1237-99-RNC-CONSUCODE de fecha 22.6.99 expidiendosele el Certificado de Inscripcion Nº 1271 del 24.6.99; Que, habiendo CONSUCODE efectuado el MORDAZA de fiscalizacion posterior a documentacion recaudada por la empresa N.H. VIRGO SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES GENERALES E.I.R.Ltda., en su referida solicitud, se verifico que la MORDAZA simple de la Licencia de Funcionamiento Nº 6190 que presentara como otorgada a su favor por la Municipalidad del MORDAZA, habria sido adulterada en su fecha de validez, como si la misma tuviera vigencia hasta el 31.12.2005, lo cual es presuntamente falso, conforme fluye del Oficio Nº 797-DM/ MC-2000 y de sus anexos, remitidos a CONSUCODE por el Director Municipal de la Municipalidad del Cusco; Que, revisados los actuados administrativos de reinscripcion otorgada a la Empresa N.H. VIRGO SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES GENERALES E.I.R.Ltda., aprobado mediante Resolucion de Gerencia Nº 1237-99-RNCCONSUCODE de fecha 22.6.99, la Gerencia de Registros de CONSUCODE aprecia que el representante legal de la misma suscribio el Formulario Oficial de la Declaracion Jurada de veracidad de documentos y de informacion, el mismo que obra en el expediente administrativo, en el cual manifesto que la informacion que proporcionaba era veraz, que los documentos presentados eran autenticos, que conocia las sanciones contenidas en la Ley de Simplificacion Administrativa y su Reglamento, que en caso de comprobarse que lo expresado en dicha Declaracion Jurada no se ajustaba a la verdad aceptaba que se le invalide el referido tramite, las acciones derivadas del mismo, asi como facultaba a la Entidad a iniciar las acciones legales a que hubiere lugar, asumiendo la respectiva responsabilidad; Que, mediante Resolucion de Gerencia Nº 1829-2000RNC-CONSUCODE de fecha 29.12.00, se resuelve formular denuncia penal contra el representante legal de la empresa N.H. VIRGO SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES GENERALES E.I.R.Ltda., y contra todos los que resulten responsables, por la presunta comision de los delitos contra la funcion jurisdiccional (falsa declaracion en procedimiento administrativo) y contra la fe publica, en agravio del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE); Que, asimismo, mediante Resolucion de Gerencia Nº 0333-2001-RNC-CONSUCODE se declara infundado el recurso de Reconsideracion interpuesto por la empresa N.H. VIRGO SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES GENERALES E.I.R.Ltda., contra la Resolucion de Gerencia Nº 1829-2001-RNC-CONSUCODE, teniendo en consideracion que las pruebas aportadas por la empresa recurrente, no desvirtuan los considerandos que fundamentaron la resolucion impugnada; Que, interpuesto el recurso de apelacion por la recurrente, mediante Resolucion Nº 012-2002-CONSUCODE/ PRE se declara infundado el Recurso de Apelacion interpuesto contra la Resolucion de Gerencia Nº 0333-2001RNC-CONSUCODE, habiendose agotado la via administrativa, conforme al Oficio Nº 028-2002(PRE) de la Presi-

dencia del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros a interponer las acciones legales a que hubiere lugar contra el representante legal de la empresa N.H. VIRGO SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES GENERALES E.I.R.Ltda. y los que resulten responsables por los hechos expuestos en los considerandos que anteceden. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes a la Procuraduria Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 2191

AGRICULTURA
Designan Jefes de las Oficinas PETT de Ejecucion Regional de Amazonas y Andahuaylas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0097-2002-AG MORDAZA, 31 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 0073-2001-AG del 2 de febrero del 2001, se designo, entre otros, a los ingenieros MORDAZA MORDAZA Salirosas MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Jefes de las Oficinas PETT de Ejecucion Regional de Amazonas y Pasco, respectivamente; Que, por necesidad del servicio es conveniente dar por concluida la designacion de los citados funcionarios; De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos y el Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha, la designacion de los ingenieros MORDAZA MORDAZA Salirosas MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en los cargos de Jefes de las Oficinas PETT de Ejecucion Regional de Amazonas y Pasco, respectivamente. Articulo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Jefe de la Oficina PETT de Ejecucion Regional de Amazonas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 2226 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0098-2002-AG MORDAZA, 31 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura, se crea el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT; Que, el Articulo 26º del Decreto Supremo Nº 064-2000AG, que aprueba el vigente Reglamento de Organizacion y Funciones del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT, establece que las Oficinas PETT

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