Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2002 (02/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 2 de febrero de 2002

Que, el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, senala que cada entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, que prevea los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Que, de acuerdo al Articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones sera aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa segun corresponda dentro de los treinta dias naturales siguientes de aprobado el presupuesto institucional en concordancia con el monto asignado conforme a las leyes presupuestales de la Republica para el ejercicio anual a ejecutarse, debiendo publicarse la resolucion que aprueba el referido Plan dentro de los diez dias habiles siguientes de su expedicion en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 614-2001MTC/15.09 se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos correspondientes al Ano Fiscal 2002 del Pliego 015-Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, mediante Resolucion Nº 200-2001-CONSUCODE/ PRE, se aprueba la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/ PRE, la misma que regula el procedimiento de elaboracion e informacion que debe contener el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de las Entidades del Sector Publico sujetas a la normativa sobre Contrataciones y Adquisiciones del Estado y la remision de dicha informacion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; Que, de acuerdo al numeral 5 de la referida Directiva, el Plan Anual en su integridad debera ser remitido al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE dentro de los diez dias habiles siguientes a su aprobacion y del mismo modo en igual plazo, MORDAZA de dicho Plan debera remitirse a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa por el medio de comunicacion mas rapido; Que, en consecuencia resulta necesario aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25862, Ley Organica del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de las Unidades Ejecutoras 001Administracion General, 002-Aereo, 003-Acuatico, 004Vivienda y Construccion, 005-Comunicaciones, 006Caminos y 015-Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, correspondiente al ejercicio presupuestal del ano 2002, cuyos anexos forman parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion se ponga en conocimiento del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y de la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, dentro de los diez dias siguientes a la fecha de expedicion de la presente resolucion, de conformidad con lo establecido en la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 200-2001CONSUCODE/PRE. Articulo 3º.- El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion para el ano 2002 se encuentra a disposicion del publico en la pagina WEB del Ministerio: www.mtc.gob.pe y en la Direccion de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion, ubicada en la sede central del Ministerio, avenida 28 de MORDAZA Nº 800, MORDAZA, donde podran adquirirlo pagando la tasa correspondiente al costo de su reproduccion.

Articulo 4º.- Encargar a la Oficina General de Administracion, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo 5º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 dias habiles siguientes de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 2315

Otorgan licencia a persona natural para que preste Servicio de Transporte en MORDAZA en el Terminal Portuario del Callao y su area de influencia
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 250-2001-MTC/15.15 MORDAZA, 26 de noviembre de 2001 Vista las solicitudes (Expedientes Nºs. 2001- 005437, 0519954 y 059287) presentadas por "OSCAR MORDAZA REST GAMARRA", solicitando Licencia para la prestacion de Servicio de Transporte en MORDAZA en el Terminal Portuario del Callao; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se faculto a la Direccion General de Transporte Acuatico del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, la regulacion, supervision y control de las actividades administrativas empresariales de los servicios de transporte maritimo y conexos realizados en trafico de MORDAZA y areas portuarias; Que, por Resolucion Ministerial Nº 100-2001-MTC/15.15 de fecha 28 de febrero de 2001, se aprobo el Reglamento del referido Decreto Supremo, el cual en su Articulo 11º establece que las Licencias para prestar los referidos servicios, seran otorgadas por Resolucion Directoral de la Direccion General de Transporte Acuatico; Que, el recurrente segun opinion favorable emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y el Asesor Legal, mediante los Informes Nºs. 335-2001MTC/15.15.03 y 264-2001-MTC/15.15.al, respectivamente, ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el Articulo 14º del referido Reglamento y su modificatoria, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15 de fecha 29 de agosto del 2001 por lo que corresponde al efecto otorgar la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y su Reglamento aprobado por Resolucion Ministerial Nº 100-2001MTC/15.15, modificado por Resolucion Ministerial Nº 4012001-MTC/15.15 y Resolucion Ministerial Nº 461-2001MTC/15.02; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR a don "OSCAR MORDAZA REST GAMARRA", la Licencia Nº 029-2001-MTC/15.15-STB, para que preste Servicio de Transporte en MORDAZA en el Terminal Portuario del CALLAO y su area de influencia; sin perjuicio de cumplir con las disposiciones que sobre la materia correspondan a otros Sectores. Articulo 2º.- El Servicio de Transporte en MORDAZA a que se refiere el articulo precedente sera prestado con la embarcacion denominada "VIRGEN DE CHAPI" de Bandera Peruana con Matricula Nº CO-1324-SM. Articulo 3º.- La Licencia que se otorga por el Articulo 1º precedente, concede a su titular un derecho especifico e intransferible; y tiene vigencia por tres (3) anos calendario, computados a partir de la fecha de su publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano, pudiendo ser renovada por similar periodo a peticion de parte.

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