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Pág. 216714 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, señala que cada entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones del Estado, que prevea los bienes, servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Que, de acuerdo al Artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones será aproba- do por el Titular del Pliego o la máxima autoridad admi- nistrativa según corresponda dentro de los treinta días naturales siguientes de aprobado el presupuesto insti- tucional en concordancia con el monto asignado con- forme a las leyes presupuestales de la República para el ejercicio anual a ejecutarse, debiendo publicarse la resolución que aprueba el referido Plan dentro de los diez días hábiles siguientes de su expedición en el Dia- rio Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 614-2001- MTC/15.09 se aprobó el Presupuesto Institucional de Aper- tura de Ingresos correspondientes al Año Fiscal 2002 del Pliego 015-Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción; Que, mediante Resolución Nº 200-2001-CONSUCODE/ PRE, se aprueba la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/ PRE, la misma que regula el procedimiento de elaboración e información que debe contener el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones de las Entidades del Sector Públi- co sujetas a la normativa sobre Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado y la remisión de dicha información al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; Que, de acuerdo al numeral 5 de la referida Directiva, el Plan Anual en su integridad deberá ser remitido al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE dentro de los diez días hábiles siguientes a su aprobación y del mismo modo en igual plazo, copia de dicho Plan deberá remitirse a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa por el medio de comunica- ción más rápido; Que, en consecuencia resulta necesario aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25862, Ley Orgánica del Sector Transportes, Comuni- caciones, Vivienda y Construcción, el Artículo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones de las Unidades Ejecutoras 001- Administración General, 002-Aéreo, 003-Acuático, 004- Vivienda y Construcción, 005-Comunicaciones, 006- Caminos y 015-Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, correspondiente al ejercicio presupuestal del año 2002, cuyos anexos forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución se ponga en conocimiento del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado - CONSUCODE y de la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPY- ME, dentro de los diez días siguientes a la fecha de expedición de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en la Directiva Nº 022-2001-CON- SUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 200-2001- CONSUCODE/PRE. Artículo 3º.- El Plan Anual de Adquisiciones y Contra- taciones del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción para el año 2002 se encuentra a disposición del público en la página WEB del Ministerio: www.mtc.gob.pe y en la Dirección de Abastecimiento de la Oficina General de Administración, ubicada en la sede cen- tral del Ministerio, avenida 28 de Julio Nº 800, Lima, donde podrán adquirirlo pagando la tasa correspondiente al costo de su reproducción.Artículo 4º.- Encargar a la Oficina General de Admi- nistración, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 5º.- Publicar la presente Resolución en el Dia- rio Oficial El Peruano dentro de los 10 días hábiles siguien- tes de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 2315 Otorgan licencia a persona natural para que preste Servicio de Transporte en Bahía en el Terminal Portuario del Ca- llao y su área de influencia RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 250-2001-MTC/15.15 Lima, 26 de noviembre de 2001 Vista las solicitudes (Expedientes Nºs. 2001- 005437, 0519954 y 059287) presentadas por "OSCAR OMAR REST GAMARRA", solicitando Licencia para la prestación de Servicio de Transporte en Bahía en el Terminal Portuario del Callao; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se facultó a la Dirección General de Trans- porte Acuático del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, la regulación, supervisión y con- trol de las actividades administrativas empresariales de los servicios de transporte marítimo y conexos realizados en tráfico de bahía y áreas portuarias; Que, por Resolución Ministerial Nº 100-2001-MTC/15.15 de fecha 28 de febrero de 2001, se aprobó el Reglamento del referido Decreto Supremo, el cual en su Artículo 11º establece que las Licencias para prestar los referidos ser- vicios, serán otorgadas por Resolución Directoral de la Di- rección General de Transporte Acuático; Que, el recurrente según opinión favorable emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y el Asesor Legal, mediante los Informes Nºs. 335-2001- MTC/15.15.03 y 264-2001-MTC/15.15.al, respectiva- mente, ha dado cumplimiento a los requisitos estableci- dos en el Artículo 14º del referido Reglamento y su modificatoria, aprobada por Resolución Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15 de fecha 29 de agosto del 2001 por lo que corresponde al efecto otorgar la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y su Regla- mento aprobado por Resolución Ministerial Nº 100-2001- MTC/15.15, modificado por Resolución Ministerial Nº 401- 2001-MTC/15.15 y Resolución Ministerial Nº 461-2001- MTC/15.02; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR a don "OSCAR OMAR REST GAMARRA", la Licencia Nº 029-2001-MTC/15.15-STB, para que preste Servicio de Transporte en Bahía en el Ter- minal Portuario del CALLAO y su área de influencia; sin perjuicio de cumplir con las disposiciones que sobre la materia correspondan a otros Sectores. Artículo 2º.- El Servicio de Transporte en Bahía a que se refiere el artículo precedente será prestado con la em- barcación denominada "VIRGEN DE CHAPI" de Bandera Peruana con Matrícula Nº CO-1324-SM. Artículo 3º.- La Licencia que se otorga por el Artículo 1º precedente, concede a su titular un derecho específico e intransferible; y tiene vigencia por tres (3) años calenda- rio, computados a partir de la fecha de su publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Pe- ruano, pudiendo ser renovada por similar período a peti- ción de parte.