Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2002 (12/02/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 2

Pag. 217184
MINISTERIO PUBLICO

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 12 de febrero de 2002

IRTP Res. Nº 018-2002-IRTP.- Aprueban contratacion de derechos de exhibicion y explotacion comercial de programas de material televisivo mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia 217200 SUNARP Res. Nº 043-2002-SUNARP/SN.- Constituyen Comite Informatico Registral a nivel nacional 217201 SUNAT Res. Nº 015-2002/SUNAT.- Modifican denominacion de unidades organizacionales, designan asesor y encargan la Intendencia Nacional de Estudios Tributarios y Planeamiento 217201

Res. Nº 242-2002-MP-FN.- Disponen que investigaciones sobre inconducta funcional que se atribuya a Fiscales Anticorrupcion seran asumidas por la Fiscalia Suprema de Control Interno 217197 SBS Res. Nº 129-2002.- Declaran de oficio nulidad del Concurso Publico Nº 001-2002-SBS para la contratacion de servicio de personal temporal y personal complementario 217198

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
CONTRADROGAS Res. Nº 001-2002-CD-PE.- Aprueban contratacion de servicios especializados de asesores mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia 217198 INDECOPI Res. Nº 003-2002/CDS-INDECOPI.- Se mantienen los derechos antidumping definitivos sobre las importaciones de tejidos de algodon y mixtos originarias y/o procedentes de la Republica Popular China 217199

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA D.A. Nº 017.- Declaran en emergencia el MORDAZA Ferial "El Hueco" y locales comerciales de MORDAZA denominada "La Cuchilla", ubicados en el Cercado de MORDAZA 217202

PODER EJECUTIVO
PCM
Constituyen el Patronato del Palacio de Gobierno
DECRETO SUPREMO Nº 010-2002-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el Palacio de Gobierno es un Monumento Nacional, declarado por Resolucion Ministerial Nº 794-86-ED; Que, en opinion del Instituto Nacional de Cultura - INC, durante gobiernos anteriores se ejecutaron obras de remodelacion del Palacio, con personal no calificado en restauracion y, sin la coordinacion y autorizacion necesaria de dicho Instituto; Que, en coordinacion con el Instituto Nacional de Cultura - INC, se dio inicio a las acciones destinadas a la conservacion y puesta en valor de Palacio de Gobierno; Que, el Instituto Nacional de Cultura - INC; ha recomendado la ejecucion de un Proyecto Integral de Restauracion del Palacio de Gobierno y de un Plan de Manejo para la conservacion del mismo, con la finalidad de devolver a este Monumento Nacional su originalidad y prestancia, proponiendo la creacion de un Patronato, cuya finalidad sea promover la restauracion integral de Palacio de Gobierno y, posteriormente, la correcta ejecucion de las labores de mantenimiento, debiendo administrar actividades diversas; para recaudar fondos que se destinen a dicho fin; Que, el Articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru establece que el Estado fomenta la conservacion y restauracion del patrimonio cultural de la Nacion; De conformidad con lo previsto en el Articulo 118º inciso 8) de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto.Constituyase el Patronato del Palacio de Gobierno, con el objeto de coadyuvar en la restauracion integral del Palacio de Gobierno y en su adecuado mantenimiento. Articulo 2º.- Finalidad.El Patronato del Palacio de Gobierno tiene como finalidad promover la restauracion integral, puesta en valor y

mantenimiento del Palacio de Gobierno; mediante actividades de recaudacion de fondos de instituciones publicas, privadas y de la cooperacion internacional. Articulo 3º.- Consejo Directivo.El Consejo Directivo estara conformado por un total de 5 miembros, de la manera siguiente: - Un representante del Ministerio de Educacion, quien lo presidira. - Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros. - Un representante del Ministerio de Economia y Finanzas. - 2 representantes de la sociedad civil. El Consejo Directivo debera quedar instalado en un plazo MORDAZA de 30 dias, contados desde la publicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- Recursos.Constituyen Recursos del Patronato: a) Los legados y donaciones que obtenga: b) Recursos no reembolsables provenientes de convenios que celebre; c) Otros que pueda captar con arreglo a ley. Articulo 5º.- Prohibicion.Los Miembros del Patronato no podran recibir ninguna asignacion, dieta, ni ningun aporte economico, cualquiera fuere su denominacion. Articulo 6º.- Reglamentacion.Encarguese al Ministerio de Educacion la elaboracion de las normas reglamentarias para el funcionamiento del Patronato del Palacio de Gobierno, en un plazo MORDAZA de 60 dias, contados desde la publicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 7º.- Refrendo.El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de febrero del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 2963

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.