Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2002 (12/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

Pag. 217200

NORMAS LEGALES
Derechos Antidumping definitivos
Productos Preci o FOB (US$/kil o) mayor o ig ual (a) Derecho (A) Preci o FOB (US$/kil o) menor a Preci o FOB (US$/kil o) mayor o ig ual

MORDAZA, martes 12 de febrero de 2002

Derecho (B)

Preci o FOB (US$/kil o) menor a

Derecho (C)

Tejidos de mezclilla ("demin") de algodon, s uperior o igual al 85%, mas de 200g/m2 Tejidos de ligamento tafetan, de fibras dis continuas de poliester, inferior al 85%, mezcladas con algodon, inferior o igual a 170 g/m2, hilados distintos MORDAZA Tejidos de ligamento tafetan, de fibras dis continuas de poliester, inferior al 85%, mezcladas con algodon, inferior o igual a 170 g/m2, es tampados Tejidos de fibras dis continuas de polies ter mezcladas con fibras discontinuas rayon viscosa. n.e.p. Tejidos de fibras dis continuas de polies ter mezcladas con filamentos sinteticos o artificiales , n.e.p.

4,33

10,00%

4,33

3,43

22,80%

3,43

39,03%

3,84

41,26%

3,84

2,2

79,50%

2,20

146,09%

4,23

30,74%

3,81

3,71

39,30%

3,71

49,08%

2,89

50,97%

2,89

1,74

88,60%

1,74

151,08%

4,56

33,15%

4,56

4,17

39,10%

4,17

45,61%

Articulo 2º.- Encargar a la Secretaria Tecnica de la Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios efectuar un seguimiento de las importaciones de tejidos de algodon y mixtos originarios y/o procedentes de la Republica Popular China, detallados en el Articulo 1º de la presente Resolucion, asi como sobre aquellos tejidos con caracteristicas parecidas. Articulo 3º.- Notificar la presente Resolucion al Comite Textil de la Sociedad Nacional de Industrias y a las demas partes interesadas, asi como a las autoridades del Gobierno de la Republica Popular China. Articulo 4º.- Oficiar a la Superintendencia Nacional de Aduanas para que proceda al cobro de los derechos antidumping definitivos segun las cuantias detalladas en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 5º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano por dos veces consecutivas, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 19º del Decreto Supremo Nº 133-91-EF. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARBULU Presidente Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios 2746

IRTP
Aprueban contratacion de derechos de exhibicion y explotacion comercial de programas de material televisivo mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 018-2002-IRTP MORDAZA, 7 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP, Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, se encuentra a cargo de la operacion de los medios de radiodifusion sonora y por television de propiedad del Estado, con la finalidad de ejecutar actividades y acciones a nivel nacional de difusion de contenidos educativos, informativos, culturales y de esparcimiento, conforme a los Articulos 1º y 2º de su Ley de Creacion, D. Leg. Nº 829; Que, en cumplimiento de su finalidad, el Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP a traves del MORDAZA 7-TV emite una programacion educativa, cultural, informativa y de esparcimiento, en orden a la cual se ha

previsto contratar los servicios de exhibicion, explotacion comercial y licencia de material filmico con caracteristicas especificas, que respondan a sus fines, para su programacion del MORDAZA 7-TV; Que, el literal f) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 012-2001-PCM, exonera de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes y servicios no admiten sustitutos, adquisiciones y contrataciones que en virtud del Articulo 20º del mismo cuerpo legal se realizaran mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, el Informe Tecnico-Legal Nº 001-2002/IRTP, emitido por la Gerencia de Television y la Oficina General de Asesoria Legal del IRTP, en MORDAZA del literal f) del Articulo 19º del D.S. Nº 012-2001-PCM, expone la justificacion tecnica y legal de efectuar mediante Adjudicacion de Menor Cuantia, la contratacion de los derechos de exhibicion y explotacion comercial de 10 programas del material televisivo "LA MUSICA DEL PERU" de SUNSET PRODUCCIONES DEL PERU S.A., para su programacion en el MORDAZA 7-TV, en atencion a que no admite sustitutos y en virtud de criterios de economia tales como el costo y la oportunidad; Con la visacion de la Gerencia de Television, la Oficina General de Asesoria Legal y la Gerencia de Administracion y Finanzas del IRTP, y de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, el D. Leg. Nº 829 y el D.S. Nº 056-2001-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion de la contratacion de los derechos de exhibicion y explotacion comercial de 10 programas de material televisivo "LA MUSICA DEL PERU" de SUNSET PRODUCCIONES DEL PERU S.A., ascendente a la suma total de US$ 10,000.00 (Diez mil y 00/100 Dolares Americanos) mas IGV, del MORDAZA de adjudicacion directa selectiva. Dicha contratacion se realizara mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia. Articulo 2º.- En cumplimiento del Articulo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM y Articulo 15º del D.S. Nº 013-2001-PCM, encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas del IRTP la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles de su emision, asi como la remision a la Contraloria General de la Republica de MORDAZA de la misma y del informe que la sustenta, dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion. Articulo 3º.- Disponer que la Gerencia General del IRTP se encargue de realizar la contratacion exonerada por la presente resolucion con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA URRUTIA BOLONA Presidente Ejecutivo 2935

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