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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (12/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 217201 NORMAS LEGALES Lima, martes 12 de febrero de 2002 SUNARP Constituyen Comité Informático Regis- tral a nivel nacional RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 043-2002-SUNARP/SN Lima, 6 de febrero del 2002 CONSIDERANDO: Que, en el marco del Proyecto de Interconexión del Sis- tema Nacional de los Registros Públicos, dentro de las metas y objetivos trazados para este año, la SUNARP ha programado actividades orientadas a la estandarización del aplicativo registral a nivel nacional; Que, como parte de los componentes del Proyecto de Interconexión, se incluyó la implementación de un software registral estándar en las Oficinas Registrales que integran el Sistema Nacional de los Registros Públicos; Que, la estandarización del aplicativo registral conlleva a la realización de ajustes y cambios solicitados por los propios usuarios, Registradores y Técnicos Registrales de las diferentes Oficinas Registrales, lo que origina la nece- sidad de realizar una actualización de la versión del software utilizado en el proceso, en la que se atiendan los requeri- mientos de los usuarios del mismo; Que, es necesario adoptar medidas que conlleven a la optimización del Sistema de Información Registral (SIR) y su posterior reingeniería; Estando a l o dispuesto en el inciso j) del Artículo 14º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 04-95-JUS, y de conformidad con la cuadragésima primera sesión del Comité de Gerencia en la que se acor- dó proponer la conformación del mencionado Comité; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Constituir un Comité Informático Registral a nivel nacional encargado de analizar y plantear los nuevos procedimientos de orden técnico, administrati- vo, jurídico registral y/o informático del Aplicativo Registral SIR (Sistema Informático Registral), así como su rediseño, de ser el caso; el mismo que quedará conformado por las siguientes personas: - El Gerente General de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, quien lo presidirá. - El Gerente de Informática de la Superintendencia Na- cional de los Registros Públicos; - El Gerente Legal de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; - El Gerente de Propiedad Inmueble de la Oficina Re- gistral de Lima y Callao; - El Gerente de Informática de la Oficina Registral de Lima y Callao. Artículo Segundo.- El Comité Informático Registral tendrá las siguientes funciones: a. Evaluar el actual aplicativo registral SIR, en función a la normatividad registral vigente y los procedimientos actuales. b. Proponer mejoras y cambios del aplicativo registral SIR a fin de optimizar su operatividad. c. Recoger y evaluar los requerimientos planteados por todos los usuarios registrales a nivel nacional y recomendar los cambios que considere deban implementarse. d. Elaborar, de ser necesario, una propuesta de los tér- minos de referencia para la realización de la reingeniería al aplicativo registral SIR. e. Proponer cambios de diseño, formatos registrales, procedimientos y requerimientos que conlleven al desarro- llo de un único aplicativo registral estándar a nivel nacio- nal, el cual abarque los registros de Personas Naturales, Personas Jurídicas, Propiedad Inmueble (Urbano), Seccio- nes Especiales, Propiedad Vehicular y Registro Fiscal de Ventas a Plazos. f. Otras funciones que, en relación al aplicativo registral SIR, le encomiende la Alta Dirección.Artículo Tercero.- El Comité podrá solicitar la presen- cia de representantes de cualquier Oficina Registral en las reuniones de trabajo que sostenga con fines de facilitar el logro de sus objetivos. Asimismo, podrá contar con los asesores especializados que se requieran para el mejor cumplimiento de las labores encomendadas. Artículo Cuarto.- El Comité deberá reunirse periódi- camente e informar de las actividades, acuerdos, reco- mendaciones y requerimientos adoptados al Superinten- dente Nacional de los Registros Públicos, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos 2692 SUNAT Modifican denominación de unidades organizacionales, designan asesor y encargan la Intendencia Nacional de Estudios Tributarios y Planeamiento RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 015-2002/SUNAT Lima, 11 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que, se ha estimado conveniente incorporar nuevas funciones a la Intendencia Nacional de Planeamiento, mo- dificando su denominación así como de la Gerencia de Pla- neamiento Estratégico y Seguimiento; Que, como consecuencia de dichas modificaciones, resulta necesario efectuar las designaciones y encargatu- ras correspondientes; De conformidad con lo establecido en los incisos c) y e) del Artículo 6º del Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y modificado por Resoluciones de Su- perintendencia Nºs. 004-2001/SUNAT y 129-2001/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la denominación de la Inten- dencia Nacional de Planeamiento, la que en adelante se llamará Intendencia Nacional de Estudios Tributarios y Pla- neamiento. Artículo 2º.- Modificar el nombre de la Gerencia de Pla- neamiento Estratégico y Seguimiento, la que en adelante se denominará Gerencia de Planeamiento, Control de Ges- tión y Convenios. Artículo 3º.- La Intendencia Nacional de Estudios Tri- butarios y Planeamiento estará integrada por la Gerencia de Estudios Tributarios y Gerencia de Planeamiento, Con- trol de Gestión y Convenios. Artículo 4º.- Dejar sin efecto la designación del doctor Luis Felipe Soltau Salcedo como Intendente Nacional de Planeamiento, a que se refieren las Resoluciones de Su- perintendencia Nºs. 008-2001/SUNAT y 099-2001/SUNAT. Artículo 5º.- Encargar la Intendencia Nacional de Es- tudios Tributarios y Planeamiento al señor Miguel Eduardo Pecho Trigueros. Artículo 6º.- Designar al doctor Luis Felipe Soltau Sal- cedo como Asesor del Superintendente Nacional Adjunto, encargado de la coordinación con los órganos desconcen- trados: Intendencias Regionales y Oficinas Zonales. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional 2937