Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (16/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 217414 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de febrero de 2002 Aprueban Texto Único de Procedimien- tos Administrativos del Instituto Nacio- nal de Investigación Agraria - INIA DECRETO SUPREMO Nº 012-2002-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Agricultura a través de sus órga- nos desconcentrados, proyectos especiales y sus organis- mos públicos descentralizados presta servicios que califi- can como procedimientos administrativos y conforme lo establece el Artículo 30º de la Ley Nº 27444 "Ley del Pro- cedimiento Administrativo General", cada entidad señala sus procedimientos administrativos en su Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, siguiendo los cri- terios establecidos para su elaboración en la norma indi- cada; Que, la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" pre- cisa que las entidades deberán aprobar su TUPA conformea las normas de la presente Ley, en un plazo máximo de cuatro meses contados a partir de la vigencia de la misma; De conformidad con lo establecido en el Artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 757, Decreto Supremo Nº 094- 92-PCM, Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25902, Decreto Supremo Nº 017-2001-AG, Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM y el Artículo 38º de la Ley Nº 27444; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Instituto Nacional de Investiga- ción Agraria (INIA), según el Anexo que forma parte inte- grante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de febrero del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) 2002 INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN AGRARIA - INIA N° DENOMINACIÓN DEL REQUISITOS PAGOCALIFICACIÓNINICIO DURACIÓN AUTORIDAD QUE AUTORIDAD QUE DE PROCEDIMIENTO DE Aprobación Evaluación NO DE DEL APRUEBA EL RESUELVE EL OR- DERECHOS AutomáticaPositivo NegativoREGU- TRÁMITE TRÁMITE TRÁMITE RECURSO DE DEN S/. LADO IMPUGNACIÓN 01. Acceso a la información por - Solicitud dirigida al Titular 12.40 12 días Trámite 12 días Director Jefe del parte del público a diferentes del Pliego, indicando sus Documen- General INIA actividades, programas y datos generales y el tipo tario de Admi- planes que realizan los de información que solicita nistración órganos del nivel central y de acuerdo al formato los órganos desconcentrados establecido. del Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIA - Recibo cancelado (De conformidad con el Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM) - Se denegará la entrega de información que afecte la intimidad personal, la seguridad nacional, las relaciones exteriores y la que expresamente sea excluida por ley; por encontrarse el expediente administrativo en trámite o por carecerse de la información solicitada. En este caso, se pondrá en conocimiento del interesado la ubicación de tal información siempre que la institución esté enterado de ella. 3120 Designan Director de la Agencia Agra- ria Caylloma de la Dirección Regional Agraria Arequipa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0140-2002-AG Lima, 14 de febrero de 2002 VISTO: El Oficio Nº 2152-2001/CTAR-P-DRAA-D, del Director Regional de la Dirección Regional Agraria Arequipa; CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Director de Pro- grama Sectorial II de la Agencia Agraria Caylloma de la Dirección Regional Agraria Arequipa, por lo que resulta conveniente efectuar la designación correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y en la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. Julio Ramiro Berrío Vega en la plaza de Director de Pro-grama Sectorial II de la Agencia Agraria Caylloma de la Dirección Regional Agraria Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 3162 Autorizan viaje de funcionario del INRENA a fin de integrar panel de ex- pertos sobre manejo y restauración de bosques y tierras forestales degradados RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0141-2002-AG Lima, 14 de febrero de 2002 VISTO: El facsímil F.01-1319 de fecha 12 de diciembre del 2001, mediante el cual el Director Ejecutivo de la Organización Internacional de las Maderas Tropicales (OIMT), comunica que el Perú ha sido designado para integrar el Panel de Expertos para la Formulación de Directrices para el Mane-