Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2002 (16/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

Oficina de Signos Distintivos
Derechos de Tramite (*****) Automatico Calificacion Evaluacion Previa Sil.Adm. Sil.Adm. Positivo Negativo Recurso de Reconsideracion Recurso de Apelacion Dependencia donde se inicia el procedimiento Autoridad que resuelve la Solicitud y la Reconsideracion Autoridad que resuelve la Apelacion

Requisitos

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Formales (* * * * * * *)

3. MORDAZA de la Oposicion y sus recaudos para las partes. 6. En el caso que se sustenten en: - Signos Graficos o Mixtos, adjuntar la reproduccion exacta de los mismos tal y como fueron registrados o solicitados. - Solicitudes y/o registros de otros paises de la Comunidad MORDAZA, se debera acreditar el interes real en el MORDAZA peruano, solicitando en el Peru el registro de dicha MORDAZA, al momento de interponer la Oposicion. - Nombre Comercial, aun cuando este se encuentre registrado, debera presentarse pruebas que acrediten el uso del mismo, respecto a cada una de las actividades economicas para las cuales desea hacer MORDAZA su derecho. Base Legal: Decision 486 Art.146 y 147; aprobado el 14 de setiembre del 2000 Decreto Legislativo Nº823 Art.216 publicado el 24 de MORDAZA de 1996 12,50% UIT Si Plazo: 30 dias habiles Oficina de Signos Distintivos u Oficina Descentralizada 9,00% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion 14,00% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Sala de Propiedad Intelectual Tribunal de Indecopi Solicitud Encargado del Area de Registro y Archivo Reconsideracion Jefe de la Oficina de Signos Distintivos Solicitud Encargado del Area de Registro y Archivo

5. Renovacion de Registros

Solicitud, en formato, consignando datos de identificacion y domicilio. De ser necesario, adjuntar poderes(**). Adicionalmente: 1. Nombre, domicilio, residencia y nacionalidad del o de los solicitantes, asi como el legitimo interes, de ser el caso. 2. Naturaleza y descripcion del Signo Distintivo y Numero del Certificado 3. En el caso de Renovacion de Nombres Comerciales, Declaracion y Acreditacion de la fecha de primer uso y de las actividades respecto a las cuales el uso se ha producido Base Legal: Decreto Legislativo Nº 823, publicado el 24 de MORDAZA de 1996 Base Legal: Decision MORDAZA 486, Art.152 y 153, aprobado el 14 de setiembre del 2000 11,00% UIT (***) Si Plazo: 30 dias habiles Oficina de Signos Distintivos u Oficina Descentralizada 9,00% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion

6. Modificaciones a Registros
14,00% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Reconsideracion Jefe de la Oficina de Signos Distintivos Sala de Propiedad Intelectual Tribunal de Indecopi

NORMAS LEGALES

Solicitud, en formato, consignando datos de identificacion y domicilio. De ser necesario, adjuntar poderes(**). Adicionalmente: 1. Nombre del Titular del Signo Distintivo registrado. 2. Naturaleza y descripcion del Signo Distintivo y Numero de Certificado. 3. Acto Modificatorio cuya inscripcion se solicita. 4. En los siguientes supuestos: a. Cambios de Nombre derivados de fusiones u otros actos, debera presentarse MORDAZA del instrumento en que conste el Acto Juridico debidamente inscrito en los registros respectivos. b. Transferencias y licencias de uso de Signos Distintivos, debera presentarse MORDAZA del Contrato escrito de fecha cierta en el que conste el Acto Traslativo de Dominio o Licencia de Uso con firmas debidamente legalizadas, con expresa mencion del Signo y Numero de Certificado, asi como los demas datos suficientes para la inscripcion. c. Transferencias cuyo Titular sea una Persona Natural, debera adjuntar Declaracion Jurada, con firma legalizada, de bien propio de libre disposicion, o consentimiento del conyuge, de ser el caso. d. Prendas, debera presentarse MORDAZA del documento en el que conste la Constitucion de la Prenda, con firmas debidamente legalizadas e. Cambio de domicilio, debera presentarse MORDAZA del Instrumento que acredite dicha Modificacion o documento donde conste el mencionado acto. f. MORDAZA de otros actos y/o contratos que modifiquen el registro de propiedad industrial, deberan adjuntarse los documentos pertinentes, que lo acrediten. g. Anotaciones Preventivas (Medidas Cautelares de Embargos en forma de Inscripcion, Anotaciones de Demandas, de Sentencias u otras Resoluciones Judiciales o Administrativas), debera presentarse los Partes Judiciales o Administrativas correspondientes, especificandose el monto del Embargo y Numero de Certificado de Registro sobre el cual recaera la medida (en estos casos no se requiere MORDAZA de formato y no es susceptible de recurso impugnativo). No sera exigible el pago de la tasa para embargos de SUNAT, pero si para los levantamientos de cancelaciones o suspensiones derivadas de SUNAT Base Legal: Decision 486 Art.161, 162, 163 y 164 aprobado el 14 de setiembre del 2000 / Decreto Legislativo 823, publicado el 24 de MORDAZA de 1996 12,50% UIT Si Plazo: 30 dias habiles Oficina de Signos Distintivos u Oficina Descentralizada No Procede

7. Nulidad de Registros
Jefe de la Oficina de Signos Distintivos 14,00% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Sala de Propiedad Intelectual Tribunal de Indecopi

Solicitud consignando datos de identificacion y domicilio. De ser necesario adjuntar poderes(**). Adicionalmente: 1. Naturaleza y descripcion del Signo Distintivo cuya Nulidad o Cancelacion se pretende y Numero de Certificado, indicando el Numero de de Certificado correspondiente. 2. Fundamentos en que se sustenta el Pedido 3. Domicilio del Titular del Registro cuya Nulidad o Cancelacion se solicita 4. MORDAZA de la Solicitud de Nulidad o Cancelacion y sus recaudos, para la otra parte. Renuncia Voluntaria 6,00% UIT

En el caso de Renuncia Voluntaria de Derechos de Registro, Solicitud con firma legalizada del Titular del Registro o su Apoderado con facultades suficientes. Si esta fuera parcial, se indicaran los productos, servicios o actividades a los que se desea renunciar.

MORDAZA, sabado 16 de febrero de 2002

Base Legal: Decreto Legislativo 823 Art. 173 y 182, publicado el 24 de MORDAZA de 1996

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