Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2002 (16/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 16 de febrero de 2002

y el literal f) del Articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-93-EM; SE RESUELVE:

pagina Web del Ministerio de Energia y Minas, establecido en la Resolucion Ministerial Nº 162-2001-EM/SG, de diez (10) dias calendario a veinticinco (25) dias calendario. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo Unico.- Designar a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Director Regional de Energia y Minas del Consejo Transitorio de Administracion Regional de Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 3204

MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 3284

MITINCI
Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI
DECRETO SUPREMO Nº 010-2002-ITINCI EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 020-2001-ITINCI,se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA - del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; Que de acuerdo a lo establecido en la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las entidades de la Administracion Publica deben adecuar y aprobar su Texto Unico de Procedimientos Administrativos conforme a las normas de dicha Ley en un plazo MORDAZA de cuatro meses, contado a partir de la entrada en vigencia de la misma; Que conforme a lo dispuesto por el Articulo 38º de la Ley Nº 27444, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA- de las entidades de la Administracion Publica, se aprueba por Decreto Supremo del Sector correspondiente; Que el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI - es un Organismo de Derecho Publico adscrito al Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; En uso de la facultad conferida por el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA - del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual, conforme al texto anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de febrero del dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales

Amplian el plazo para prepublicacion en la pagina web del Ministerio el Proyecto de Reglamento de Consulta para las Actividades Hidrocarburiferas en Tierras de Comunidades Campesinas, Comunidades Nativas y de Poblaciones Indigenas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 099-2002-EM/DM MORDAZA, 15 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Resolucion Ministerial Nº 162-2001-EM/SG, de fecha 5 de MORDAZA de 2001, dispuso que los proyectos de dispositivos legales de caracter general formulados por las dependencias del Ministerio de Energia y Minas y Organismos Publicos Descentralizados del Sector Energia y Minas MORDAZA necesariamente prepublicados en la pagina Web del Ministerio de Energia y Minas, durante diez (10) dias calendario; Que, con fecha 8 de febrero de 2001 el Ministerio de Energia y Minas ha prepublicado en su pagina Web el Proyecto de Reglamento de Consulta para las Actividades Hidrocarburiferas en Tierras de Comunidades Campesinas, Comunidades Nativas y de Poblaciones Indigenas, asi como un Informe Explicativo del mismo, a efectos de recibir opiniones y sugerencias de la ciudadania en general; Que, el Convenio Nº 169 de la Organizacion Internacional del Trabajo, Convenio sobre Pueblos Indigenas y Tribales, aprobado mediante la Resolucion Legislativa Nº 26253, ha previsto en el numeral 2 de su Articulo 4º, la adopcion de las medidas especiales que se precisen para salvaguardar las personas, las instituciones, los bienes, el trabajo, las culturas y el medio ambiente de los Pueblos Indigenas; Que, con el objeto de facilitar a la ciudadania en general y en especial a los miembros de los Pueblos Indigenas, la formulacion y MORDAZA de comentarios y sugerencias, resulta necesario ampliar para el caso particular del Proyecto de Reglamento y de su Informe Explicativo, MORDAZA mencionados, el plazo previsto en la Resolucion Ministerial Nº 162-2001-EM/SG; De conformidad con el inciso f) del Articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas aprobado por Decreto Supremo Nº 02793-EM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Disponer, que para el caso del Proyecto de Reglamento de Consulta para las Actividades Hidrocarburiferas en Tierras de Comunidades Campesinas, Comunidades Nativas y de Poblaciones Indigenas, la ampliacion del plazo de prepublicacion en la

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