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NORMAS LEGALES Pág. 217427 Lima, sábado 16 de febrero de 2002 Oficina de Signos Distintivos Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que Autoridad que Derechos Auto- Evaluación Previa donde se Recurso de resuelve la Recurso de resuelve Formales (* * * * * * *) de Trámite mático Sil.Adm. Sil.Adm. inicia el Reconsideración Solicitud y la Apelación la (*****) Positivo Negativo procedimiento Reconsideración Apelación 1. Registro de Marcas de Productos, Servicios, Colectivas y de Certificación, Nombre Comercial y Lema Comercial Solicitud en formato, consignando datos de identificación del solicitante. De ser necesario, adjuntar poderes (**). Adicionalme nte: 13,70% UIT Sí Oficina de Signos 9,00% UIT Subjefe de la 14,00% UIT Sala de 1. Descripción del signo que se pretende registrar. Si el signo posee elementos gráficos, acompañar su reproducción (5 reproduc ciones Plazo: Distintivos Procede dentro Oficina de Signos Procede dentro Propiedad de 5x5 cms., en blanco y negro o a colores si se reivindica colores) 30 días u de los 15 días Distintivos de los 15 días Intelectual 2. De ser necesario: hábiles Oficina de Notificada de Notificada a. Indicación expresa de los productos, servicios o actividades económicas, y la clase en la que se solicita el registro Descentralizada la Resolución la Resolución Tribunal de b. Prioridad que se reinvindica Indecopi c. De reivindicarse prioridad, copia Certificada por la Autoridad Competente de la Primera Solicitud de Registro presentada o copia de la Certificación expedida por la Autoridad Competente (Exposiciones Oficiales)3. El Solicitante podrá ceder los Derechos Expectaticios sobre una Solicitud en Trámite, para lo cual deberá presentar el docum ento en el que conste la Cesión con firma debidamente legalizada. Cuando la Cesión sea efectuada por persona natural, se presentará declaración de bien propio o consentimiento del cónyuge , de ser el caso. 4. Dentro del plazo de tres meses de recibida la Orden de Aviso, realizar la publicación en el Diario Oficial. En caso de Solic itar el Registro de una misma marca en diferentes clases, dentro de los diez días siguientes a la presentación de las Solicitudes, se podrá pedir la emisión de una sola orden de aviso que contenga todas las Solicitudes, caso contrario se emitirán Órdenes de Aviso indepen dientes. 5. En los siguientes supuestos: a. Marcas Colectivas y Marcas de Certificación adicionalmente se acompañará el Reglamento de Uso correspondiente. b. Nombre Comercial , señalar fecha de primer uso y acompañar pruebas que lo acrediten, asimismo acompañar pruebas que acrediten el uso actual del nombre comercial para cada una de las actividades que se pretendan distinguir. c. Lema Comercial , indicación del Signo al cual se asocia el Lema Comercial, indicando el Número de Certificado o, en su caso, del Expediente de la Solicitud Registro en Trámite. Base Legal: Decreto Legislativo 823, publicado el 24 de abril de 1996 Decisión 486, Art. 138, 139, 182, 187 y 199, aprobado el 14 de setiembre del 2000 2. Declaración de Denominación de Origen Solicitud consignando o adjuntando, de ser el caso, lo siguiente: 12,50% UIT Sí Oficina de Signos 9,00% UIT Jefe de la 14,00% UIT Sala de 1. Nombre, domicilio, residencia y nacionalidad del o de los Solicitantes, así como su legítimo interés Plazo: Distintivos Procede dentro Oficina de Signos Procede dentro Propiedad 2. La Denominación de Origen solicitada 30 días u de los 15 días Distintivos de los 15 días Intelectual 3. Descripción de la zona geográfica de producción, extracción o elaboración del producto que se designará con la Denominación. hábiles Oficina de Notificada de Notificada 4. Detalle del Producto o los Productos que distinguirá la Denominación Solicitada, así como de sus características Descentralizada la Resolución la Resolución Tribunal de 5. Dentro del plazo de tres meses de recibida la Orden de Aviso, presentar Copia de la Publicación efectuada en el Diario Ofici al El Indecopi Peruano y en cualquier otro Diario de circulación nacional. Base Legal: Decreto Legislativo 823, publicado el 24 de abril de 1996 Decisión 486 Art . 204, aprobado el 14 de setiembre del 2000 3. Autorización de Uso de Denominación de Origen Solicitud consignando datos de identificación del solicitante. De ser necesario, adjuntar poderes (**). Adicionalmente: 3,00% UI T Sí Oficina de Signos 9,00% UIT Subjefe de la 14,00% UIT Sala de 1. Denominación de Origen que se pretende utilizar Plazo: Distintivos Procede dentro Oficina de Signos Procede dentro Propiedad 2. Acta de la Visita de Inspección realizada por un Organismo Autorizado certificando el lugar de explotación, producción o ela boración 30 días u de los 15 días Distintivos de los 15 días Intelectual del producto hábiles Oficina de Notificada de Notificada 3. Certificación de las características del producto que se pretende distinguir, incluyendo sus componentes, métodos de producc ión y Descentralizada la Resolución la Resolución Tribunal de factores de vínculo con el área geográfica protegida expedida por un organismo autorizado Indecopi 4. Certificación por un Organismo Autorizando el cumplimiento de la Norma Técnica Peruana, de ser el caso Base Legal: Decreto Legislativo 823, publicado el 24 de abril de 1996 Base Legal: Decisión 486 Art. 208, aprobado el 14 de setiembre del 2000 4. Oposición a las Solicitudes de Registro Escrito consignando datos de identificación y domicilio. De ser necesario, presentar poderes(**). Adicionalmente: 9,00% UIT Sí Ofi cina de Signos No Procede Jefe de la 14,00% UIT Sala de 1. Fundamentos que sustenten la Oposición Plazo: Distintivos Oficina de Signos Procede dentro Propiedad 2. De ser necesario: 30 días u Distintivos de los 15 días Intelectual a. Naturaleza y descripción del Signo Distintivo al que se opone, indicando el Expediente, Clase y Fecha de Publicación del Aviso hábiles Oficina de Notificada b. Pruebas que sustenten la Oposición Descentralizada la Resolución Tribunal de c. Naturaleza y descripción del signo en el que se sustenta la Oposición, indicando el número del Certificado o de expedien te de Indecopi solicitud en trámite, así como la clase correspondienteTEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - INDECOPI