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Pág. 217423 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de febrero de 2002 tran incursos en las causales de impedimento esta- blecidas en el Artículo 10º del Reglamento de Fisca- lización de las Actividades Mineras. La resolución del contrato y las penalidades se ejecutan sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civi- les o penales que pudieran corresponder. Cláusula Octava: DOMICILIO Y JURISDICCIÓN 8.1Las partes señalan como domicilio legal para los efec- tos de este contrato los indicados en la introducción, debiendo comunicar a la otra parte, de cualquier cam- bio por carta notarial con diez (10) días calendario de anticipación, a la fecha en que se haga efectivo dicho cambio. 8.2Las partes de común acuerdo se someten a la juris- dicción de los Jueces de Lima. En señal de conformidad con todas y cada una de las esti- pulaciones de este contrato, las partes rubrican cada una de las hojas y firman al pie del mismo, en la ciudad de Lima, a los .................... días del mes de ..................... del año .............. Por EL FISCALIZADOR EXTERNO Por EL MINISTERIO CONTRATO (Programa Anual de Fiscalización) Conste por el presente documento el Contrato de Loca- ción de Servicios que celebran de una parte el Ministerio de Energía y Minas, representado por el Director General de Minería ................................................................ iden- tificado con D.N.I./L.E Nº ....................... designado por Resolución ..............................................., de fecha ..... de.......................... de ............, con domicilio en Av. Las Artes Nº 260 distrito de San Borja, Lima, a quien en ade- lante se denominará "EL MINISTERIO" y de la otra parte ..................................... con RUC Nº .................., inscrito en la Ficha del Registro.............. debidamente represen- tada por ...................................... identificado con D.N.I. Nº ............................, domiciliado en.............................a quien en adelante se denominará "EL FISCALIZADOR" en los términos y condiciones siguientes: Cláusula Primera: ANTECEDENTES 1.1.Mediante Ley Nº 27474, Ley de Fiscalización de las Actividades Mineras, se establece que la fis- calización de las obligaciones establecidas en las normas y disposiciones legales, y las inspeccio- nes requeridas en los procedimientos administra- tivos, relacionadas a las actividades mineras, pue- den ser encargadas a personas naturales o jurídi- cas, denominadas fiscalizadores externos, debi- damente calificadas por el Ministerio de Energía y Minas. 1.2.El Artículo 5º de la mencionada Ley establece que los fiscalizadores externos designados serán contra- tados y pagados por el Ministerio de Energía y Mi- nas, de acuerdo al arancel aprobado mediante Reso- lución Ministerial. 1.3.De conformidad con lo establecido en el Artículo 23º del Reglamento de Fiscalización de las Actividades Mineras aprobado por Decreto Supremo Nº 049-2001- EM, la designación de los fiscalizadores externos para los programas anuales de fiscalización se podrá rea- lizar mediante un sistema aleatorio. 1.4.En acto público realizado el ..............de ........................ del ...............se llevó a cabo el sorteo para la desig- nación de los fiscalizadores externos que estarán a cargo de ejecutar los respectivos programas anuales de fiscalización. 1.5.Por Resolución Directoral Nº..........-EM/DGM, se designó a ....................................... como fiscalizador externo.1.6.De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 34º del Reglamento de Fiscalización de Actividades Mineras, el Director General de Minería suscribirá el contrato de fiscalización con el fiscalizador externo designa- do. Cláusula Segunda: OBJETO DEL CONTRATO Por el presente contrato, EL FISCALIZADOR se obliga a realizar la supervisión y verificación del cumplimiento de las normas y compromisos adquiridos en el tema ................... en las actividades mineras que se realizan en la concesión minera o Unidad Económica Administrativa................................................de acuerdo al Programa Anual de Fiscalización correspondiente al año.............. Cláusula Tercera: DE LA CONTRAPRESTACIÓN 3.1EL FISCALIZADOR se obliga a efectuar las inspec- ciones, para verificar el estricto cumplimiento de las normas de ........................ señalado en la Cláusula Segunda en las fechas que oportunamente le notifi- cará la Dirección de Fiscalización Minera. 3.2Concluida cada inspección, EL FISCALIZADOR pre- sentará su informe a la Dirección General de Minería en el plazo máximo de 15 días calendario después de realizada la misma. En la misma fecha deberá en- tregar su informe a la entidad fiscalizada. 3.3Las observaciones formuladas al informe presentado por EL FISCALIZADOR deberán ser absueltas por éste, bajo su cuenta y riesgo en el plazo que dispon- ga EL MINISTERIO . 3.4El servicio objeto del presente contrato a cargo de EL FISCALIZADOR , tiene carácter personal, por lo que se obliga a no ceder a terceros, total o parcial- mente la realización de la prestación a su cargo. 3.5EL FISCALIZADOR se obliga a contar con el res- pectivo seguro por accidentes a favor del profesional registrado que realice la inspección. Cláusula Cuarta: VIGENCIA DEL CONTRATO 4.1El presente contrato entra en vigencia a partir del día de su suscripción, firmándose el día ..... de ........ de ...................; y estará vigente hasta el 31 de diciem- bre de .........… Cláusula Quinta: DEL MONTO Y FORMA DEL PAGO 5.1.EL MINISTERIO , abonará el monto correspondiente por cada inspección que se realice. El monto será el que se determine de acuerdo al Arancel de Fiscaliza- ción aprobado por Resolución Ministerial Nº 541-2001- EM/VMM, concordante con los parámetros de planilla indicados en el Programa Anual de Fiscalización que forma parte del presente contrato. 5.2.EL MINISTERIO abonará los honorarios de fiscaliza- ción, los gastos generales y el monto por costos ad- ministrativos una vez aprobado el respectivo informe. 5.3.Para efectos de la cancelación de la planilla referida en el numeral precedente, una vez culminada cada inspección EL FISCALIZADOR deberá presentar una liquidación de los gastos generales acompañada de los comprobantes de pago sustentatorios, así como copia del acta de inspección. Cláusula Sexta: DE LA PENALIDAD POR INCUMPLI- MIENTO 6.1 En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del presente contrato por causas imputables a EL FISCALIZADOR , éste se obliga a pagar a EL MINISTERIO una penalidad por cada día de atraso, hasta alcanzar un monto máximo equiva- lente al cinco por ciento (5%) del monto total del con- trato, calculado según las normas establecidas en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado. Esta penalidad será deducida del pago.