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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (16/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 83

Pág. 217489 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de febrero de 2002 POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 8 de febrero del 2002, aprobó por unanimidad el Dictamen Nº 014- 2002-CEPAL-CDSL emitido por la Comisión de Economía, Presupuesto y Asuntos Legales, sobre ampliación de la vi- gencia de la Tarjeta Especial "Contribuyente Preferente"; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 091-MDSL publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15 de enero del 2001, se aprobó la emisión de la Tarjeta Especial denominada "Con- tribuyente Preferente" para aquellos contribuyentes que se encontraban al día en sus pagos de los ejercicios 1999 y 2000, señalándose entre sus beneficios el 5% de descuento en todos los pagos por derechos, trámites y Tributos Muni- cipales, con excepción de los Impuestos; Que, se hace necesario ampliar la vigencia de la Tarje- ta Especial para el año 2002, modificando el porcentaje de los beneficios; Que, teniendo en consideración las diversas facilida- des de pago que se vienen otorgando a los contribuyentes que tienen deudas pendientes, se hace necesario en for- ma equitativa, otorgar beneficios a los contribuyentes que honran con el pago puntual de sus tributos; Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, la Constitución Política del Perú y la Ley de Tributación Municipal, Informe Nº 0017-2002-MDSL-GF y Acuerdo de Concejo Nº 0023- 2002-CDSL, se expide la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar la ampliación de la vigen- cia de la Tarjeta Especial "Contribuyente Preferente" para el año 2002, con excepción de los contribuyentes que ha- yan perdido el beneficio por atraso en el pago de sus tribu- tos en el año 2001. Artículo Segundo.- Precisar que se acogerán a este beneficio los contribuyentes que hayan cancelado el total de sus tributos municipales al 31 de diciembre del 2001. Artículo Tercero.- Modifíquese el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 091-MDSL, por el siguiente texto: 1.- Señalar que la tarjeta referida en el Artículo Prime- ro, conlleva a otorgar al contribuyente portador titular los siguientes beneficios: · Atención Preferencial. · Descuento del 10% por el pago al contado de los Arbi- trios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines, de los doce (12) meses correspondientes al año 2002. · Participación gratuita en actividades culturales, depor- tivas y recreacionales organizadas por la Municipalidad. · Participación en sorteos especiales. Artículo Cuarto.- Encargar la ejecución de la presente Ordenanza a la Gerencia General y a la Gerencia de Fi- nanzas en cuanto les corresponda. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR ALEGRÍA GONZALES Alcalde 3191 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Fijan monto que abonarán los contribu- yentes por concepto de emisión mecani- zada de actualización de valores y deter- minación del Impuesto Predial para el año 2002 ORDENANZA Nº 001-2002-MDSMP San Martín de Porres, 14 de enero de 2002LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES; POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de San Martín de Po- rres, en Sesión Ordinaria de fecha 14 de enero del 2002; Visto el Informe Nº 002-2002-UAT-SIAT/MDSMP, de la Di- rección del Sistema de Administración Tributaria; CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposición Final del Decreto Legisla- tivo Nº 276, Ley de Tributación Municipal, faculta a las Mu- nicipalidades a cobrar por servicios de emisión mecaniza- da de actualización de valores, determinación de impues- tos y de recibos de pago correspondientes, incluida su dis- tribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, es necesario establecer los montos que debe abo- nar los contribuyentes por derechos de emisión mecaniza- da de actualización de los valores, determinación del Im- puesto Predial correspondiente al ejercicio 2002; Estando a lo dispuesto por el Inc. 3) del Art. 36º y el Art. 91º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo Municipal por Unanimidad ha aprobado la si- guiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Fíjese en S/. 8.40 (Ocho y 40/100 Nuevos Soles), el monto que deberán abonar los contribu- yentes por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial, incluyendo la distribución de las Declaraciones Juradas y determinación del Impuesto Predial del ejercicio 2002. Por cada predio adicional se abonará S/. 4.00 (Cua- tro y 00/100 Nuevos Soles) por el derecho mencionado. Artículo Segundo.- Encárguese a la Dirección del Sis- tema de Administración Tributaria y la Unidad de Informáti- ca el cumplimiento de la presente Ordenanza y la publica- ción en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 3282 Amplían prórroga de beneficios de regu- larización de Licencia de Construcción otorgados mediante Ordenanza Nº 037- 2001/MDSMP ORDENANZA Nº 03-2002-MDSMP San Martín de Porres, 19 de enero de 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de San Martín de Po- rres, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 19 de enero del 2002 del año en curso; visto el Informe Nº 016- 2002-DDU/MDSMP de fecha 14 de enero del 2002, proce- dente de la Dirección de Desarrollo Urbano, por el que se solicita la prórroga del Beneficio de Regularización de Li- cencia de Construcción otorgado mediante Ordenanza Nº 037-2001-MDSMP, hasta por un período de 60 días a partir del día siguiente, de la fecha de vencimiento de la citada Ordenanza; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 037-2001/MDSMP de fe- cha 20 de noviembre del 2001 se otorga el beneficio de regularización de Licencia de Construcción;