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Pág. 217787 NORMAS LEGALES Lima, martes 19 de febrero de 2002 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 036-2001-INEI Fe de Erratas de la Resolución Jefatural Nº 036-2001- INEI, publicada en nuestra edición del día 15 de febrero de 2002, en la página 217396. DICE: Resolución Jefatural Nº 036-2001-INEI DEBE DECIR: Resolución Jefatural Nº 036-2002-INEI 3353 SUNARP Designan representantes de la SUNARP ante el Consejo Consultivo del Área Registral Minera de la ORLC RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 054-2002-SUNARP/SN Lima, 12 de febrero del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26366 se creó el Sistema Na- cional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), como un organismo descentralizado autónomo y ente rector del Sis- tema; Que, mediante Resolución Nº 332-2001-SUNARP/SN, de fecha 30 de noviembre del 2001, se creó el Consejo Consultivo del Area Registral Minera de la Oficina Regis- tral de Lima y Callao, en el que están representadas las entidades públicas y/o privadas vinculadas con dichas materias, con el objeto de que coadyuven a la debida apli- cación de las normas y a la optimización de las funciones registrales; Que, en consecuencia se hace necesario designar dos representantes de la SUNARP ante el Consejo Consultivo del Area Registral Minera de la Oficina Registral de Lima y Callao; Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal o) y v) del Artículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a los señores ingenieros Humberto Montes Chávez y Fausto Zavaleta Cruzado, como representantes de la S uperintendencia Nacional delos Registros Públicos ante el Consejo Consultivo del Area Registral Minera de la Oficina Registral de Lima y Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos 3066 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO - CHOSICA Declaran nulidad de oficio de la Adju- dicación Directa Selectiva Nº 02-2002- MDLCH-UL, destinada a la ejecución de la obra "Pavimentación de vías de la zona de Pedregal Bajo y la Ribera" RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 161/02-MDL Chosica, 15 de febrero de 2002 Visto el Informe Nº 040-2002/ del 12 de febrero del 2002, del Comité Especial Permanente, solicitando declarar la nulidad del Oficio de Adjudicación Directa Selectiva Nº 02- 2002-MDLCH-UL, convocada por el Comité Especial Per- manente para la ejecución de la obra "PAVIMENTACIÓN DE VÍAS DE LA ZONA DE PEDREGAL BAJO Y LA RIBE- RA"; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 18 de enero del 2002, el Comité Espe- cial Permanente de la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica, convocó a la Adjudicación Directa Selectiva Nº 02-2002-MDLCH-UL, para la ejecución de la obra "Pavi- mentación de Vías de la Zona de Pedregal Bajo y la Ribe- ra"; Que presentaron sus propuestas un total de veinticinco (25) postores, conforme aparece en el Acta de Apertura de Sobres y Adjudicación de Buena Pro de fecha 7 de febrero del 2002, en dicho acto se procedió a la apertura de los sobres de propuestas técnicas; y seguidamente se inició la apertura de los sobres de propuestas económicas, ha- biéndose logrado abrir tan sólo cuatro de ellas. A estas alturas del proceso, varios postores intervinieron dando cuenta que existen diversas deficiencias y contradicciones en las bases, las mismas que si bien es cierto no han sido objeto de consultas u observaciones durante el período establecido para ello, no es menos cierto que ellas se rela- cionan con el Valor Referencial y el plazo de ejecución deANEXO CUADRO DE FACTORES DE REAJUSTE DERIVADOS DE LA VARIACIÓN DE PRECIOS DE TODOS LOS ELEMENTOS QUE INTERVIENEN EN EL COSTO DE LAS OBRAS DE EDIFICACIÓN CORRESPONDIENTES AL PERÍODO DEL 1 AL 31 DE ENERO DEL 2002 ÁREAS OBRAS DE EDIFICACIÓN Edificación de 1 y 2 Pisos Edificación de 1 y 2 Pisos Edificación de 3 y 4 Pisos Edificación de 3 y 4 Pisos GEOGRÁFICAS (Terminada) (Casco Vestido) (Terminada) (Casco Vestido) Nºs. M.O. Resto Total M.O. Resto Total M.O. Resto Total M.O. Resto Total Elem. Elem. Elem. Elem. 1 1.0000 0.9987 0.9987 1.0000 0.9995 0.9995 1.0000 0.9994 0.9994 1.0000 0.9995 0.9995 2 1.0000 0.9995 0.9995 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0003 1.0003 1.0000 1.0000 1.0000 3 1.0000 0.9972 0.9972 1.0000 0.9988 0.9988 1.0000 0.9982 0.9982 1.0000 0.9986 0.9986 4 1.0000 1.0019 1.0019 1.0000 1.0021 1.0021 1.0000 1.0034 1.0034 1.0000 1.0027 1.0027 5 1.0000 0.9989 0.9989 1.0000 0.9998 0.9998 1.0000 1.0002 1.0002 1.0000 1.0002 1.0002 6 1.0000 0.9987 0.9987 1.0000 0.9994 0.9994 1.0000 0.9992 0.9992 1.0000 0.9995 0.9995 3352