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NORMAS LEGALESPág. 217780 Lima, martes 19 de febrero de 2002Almacenes Generales de deberá estar acompañada de la correspondiente copia del acta de la procedimiento Depósito sesión de Junta General de Accionistas en que conste el acuerdo Nº 72 adoptado, con observancia de los demás requisitos y formalidades que establezca la Ley General de Sociedades, así como toda otra información o exigencia que la Superintendencia juzgue conveniente. Base Legal: Artículo 7º del Reglamento de los Almacenes Generales de Depósito aprobado por la Resolución SBS Nº 040-2002, publicada el 19/01/2002. Artículo 12º de la Ley Nº 26702, publicada el 9/12/1996. 95 Autorización de Para ampliar el límite individual de bienes recibidos en depósito Inafecto X Trámite Superintendente Recursos de ampliación del límite financiero, los Almacenes Generales de Depósito deberán presentar Documentario de Banca y impugnación individual de bienes previamente una solicitud a la Superintendencia, señalando el nombre Seguros conforme al recibidos en depósito o razón social del depositario, el bien objeto de almacenamiento procedimiento financiero de los financiero y los controles internos dispuestos. Asimismo, deberán Nº 72 Almacenes Generales justificar técnicamente la procedencia del exceso solicitado. de Depósito Base Legal: Literal b) del artículo 20º del Reglamento de los Almacenes Generales de Depósito aprobado por la Resolución SBS Nº 040-2002, publicada el 19/01/2002. 96 Autorización para Los corredores de seguros deberán presentar una solicitud a esta Inafecto X Trámite Superintendente Recursos de intermediación de Superintendencia, adjuntando una relación de las pólizas de seguros Documentario de Banca y impugnación seguros del exterior del exterior que pretendan ofrecer a sus clientes, describiendo la Seguros conforme al para corredores de naturaleza de los mismos y la empresa de seguros extranjera que los procedimiento seguros respalda. Con respecto a dicha empresa deberán presentar también Nº 72 su clasificación de riesgos y deberán demostrar que ninguna empresa de seguros establecida en el país ofrece dichos seguros. Base Legal: Artículo 19º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros aprobado por la Resolución SBS Nº 1058-99, publicada el 07/12/1999 y sus modificatorias. Artículos 335º y 336º de la Ley Nº 26702, publicada el 9/12/1996. 97 Atención de consultas El usuario que formule una consulta deberá identificarse Inafecto X Plataforma de Plataforma de No aplicable de los usuarios de los adecuadamente, indicando su nombre, documento de identidad, Atención al Usuario Atención al Sistemas Financiero y domicilio y demás información que requiera esta Superintendencia. Usuario Usuario de Seguros con Las consultas podrán ser formuladas por el usuario interesado de o respecto a las manera verbal o escrita, empleando para ello distintos medios tales Trámite actividades de las como comunicación telefónica, carta, fax, correo electrónico y otros. Documentario empresas del Sistema Financiero y de Seguros Base Legal: Anexo de la Resolución SBS Nº 1059-99, publicada el 17/12/1999. Artículo 111º de la Ley 27444, publicada el 11/04/2001. 98 Recepción de denuncias El usuario que formule una denuncia deberá identificarse Inafecto X Plataforma de Plataforma de No aplicable de los usuarios de los adecuadamente, indicando su nombre, documento de Atención al Usuario Atención al Sistemas Financiero y identidad, domicilio y demás información que requiera esta Usuario Usuario de Seguros con Superintendencia. o respecto a las Para presentar una denuncia, los usuarios deberán remitir una Trámite actividades de las comunicación por escrito detallando los hechos que se presumen Documentario empresas del Sistema faltas o incumplimientos a las disposiciones que rigen a los Financiero y de Seguros supervisados, con los siguientes requisitos: 1. Realizar previamente la denuncia ante el supervisado que la origina y no haber obtenido respuesta satisfactoria del mismo por las razonesN° de DENOMINACIÓN REQUISITOS Derecho de CALIFICACIÓN Dependencia Autoridad Recursos orden DE PROCEDIMIENTO Pago Automático Evaluación Previa donde se inicia Competente para Administrativos y Forma Positivo Negativo el trámite Aprobación