Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2002 (21/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

MORDAZA, jueves 21 de febrero de 2002
EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA

NORMAS LEGALES

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VISTO: El petitorio de Ingenieros Edificadores S.A. (INGEDSA), sobre aprobacion de Habilitacion MORDAZA Nueva de Lote Unico, del terreno de su propiedad de 2,575.00 m2, constituido por el Sublote 3, del Lote 2, de la Parcela "B" del fundo Monterrico, con frente al pasaje Pinerolo Nº 181, distrito de MORDAZA de Surco; y, CONSIDERANDO: Que, la Subdireccion de Obras Privadas con Informe Nº 358-2001-SDOPRIV-DDU (fs. 33 a 35) precisa que el administrado ha cumplido con adjuntar la documentacion establecida en el MORDAZA, y efectuada la inspeccion ocular al terreno del presente petitorio se encuentra conforme; finalmente precisa que las areas de los Aportes Reglamentarios estan por debajo de las areas normativas minimas correspondientes a tales equipamientos; Que, la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas emite Dictamen Favorable de fecha 11.12.2001, determinando que el deficit de Aportes se redimiran en dinero MORDAZA de la recepcion de obras (fs. 36 a 38); Estando a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 009-99MSS, Ley Nº 27444 y facultad expresa prevista en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, Articulo 47º numeral 6; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR de conformidad con el Plano signado con el Nº 132.01-2001-SDOPRIV-DDUMSS al 132.03-2001-SDOPRIV-DDU-MSS los Proyectos referentes a Trazado, Lotizacion, pavimentacion de calzadas y aceras correspondiente a la Habilitacion MORDAZA Nueva de Lote Unico para Uso Residencial de Densidad Media R-3, en el terreno de 2,575.00 m2 de propiedad de Ingenieros Edificadores S.A. (INGEDSA), constituido por el Sublote Nº 3 del Lote Nº 2 de la Parcela "B" del fundo Monterrico con frente al pasaje Pinerolo Nº 181, ubicado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- Autorizar a Ingenieros Edificadores S.A. (INGEDSA) para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses las obras de Habilitacion MORDAZA cuyos Proyectos se aprueban y las que corresponden a los proyectos de las redes de servicios, debiendo sujetarse los trabajos a los planos firmados y sellados por los entes oficiales, teniendo en cuenta lo siguiente: - DISENO URBANO.- El Cuadro de Areas que se aprueba es el siguiente:
Area Bruta Total Area de Vias Area Util de Vivienda Aporte para Recreacion Publica Aporte para Parques Zonales Aporte para Ministerio de Educacion Aporte para Otros Fines 2,575.00 m2 0.00 m2 2,575.00 m2 206.00 m2 51.50 m2 51.50 m2 51.50 m2

Articulo Quinto.- REMITIR los presentes actuados administrativos en MORDAZA certificada a la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para su ratificacion de acuerdo a Ley. Articulo Sexto.- ENCARGAR el cumplimiento de los articulos precedentes a la Direccion de Desarrollo MORDAZA, a traves de la Subdireccion de Obras Privadas. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 3485

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCABAMBA
Aprueban Regimen y Saneamiento del Patrimonio Inmobiliario de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2002-MPH/A
Huancabamba, 15 de febrero del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCABAMBA CONSIDERANDO: Que, el Informe de la Comision encargada de Activar el Margesi de Bienes Inmuebles de la provincia de Huancabamba de fecha 28.5.01, se desprende la conclusion (6) seis que dice "Es Indispensable y urgente proceder por parte de la Municipalidad Provincial de Huancabamba al Saneamiento Fisico Legal de sus Bienes Inmuebles, es decir a inscribirlos en los Registros Publicos de la Propiedad Inmueble de Piura." Que, de acuerdo a los dispuesto en el D.S. Nº 01890-VC, las Municipalidades quedan facultadas para gestionar la primera inscripcion de dominio de los inmuebles que le pertenecen sin contar con los titulos comprobatorios de dominio, pudiendo hacerlo efectivo conforme a lo dispuesto en el Art. 38º del Reglamento de Inscripciones Registrales, o en su defecto de acuerdo al procedimiento establecido en el Art. 103º del D.S. Nº 025-78-VC, estando las Oficinas de los Registros Publicos obligadas a registrar a nombre de las Municipalidades, la primera inscripcion de dominio de los bienes inmuebles de su propiedad; Que, al respecto los Arts. 84º al 87º de la Ley Nº 23853 Ley Organica de Municipalidades preve que, "los bienes municipales gozan de los mismos privilegios que los bienes estatales" en consecuencia les son aplicables las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitucion, regulan las actividades y funcionamiento de sector publico nacional; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 2º del D.S. Nº 026-96-PCM, los gobiernos locales, entre otras entidades del Estado dictaran las medidas especificas para obtener el Saneamiento Fisico Legal de los bienes inmuebles que les pertenecen y cuyo dominio no estuviera inscrito en los Registros Publicos; Que, mediante Ley Nº 27493, Ley de Saneamiento Fisico Legal de las entidades del sector publico, hace extensiva la Ley Nº 26512 a todos los organismos e instituciones del sector publico; Que, con las facultades conferidas por la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades y con el MORDAZA mayoritario de sus miembros en sesion extraordinaria de fecha 15 de febrero del 2002, esta Municipalidad Provincial de Huancabamba, aprobo lo siguiente:

8% 2% 2% 2%

Redimir en dinero Redimir en dinero Redimir en dinero Redimir en dinero

Articulo Tercero.- DISPONER quede como carga inscrita en el Registro de la Propiedad de Inmueble de MORDAZA la obligacion del propietario de cancelar el deficit de Aportes Reglamentarios, que seran redimidos en dinero, MORDAZA de la Recepcion de Obras y en consecuencia queda como garantia el Lote Unico. En cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC Articulo 29º, los deficit de Aporte para Recreacion Publica de 206.00 m2 y para Otros Fines de 51.50 m2 deben ser valorizados y cancelados en la Municipalidad de MORDAZA de Surco; para Parques Zonales de 51.50 m2 en el Serpar-Lima y para el Ministerio de Educacion de 51.50 m2 en dicho Ministerio. Articulo Cuarto.- DISPONER que Ingenieros Edificadores S.A. (INGEDSA) efectue la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de 5 dias utiles contados a partir del dia siguiente de notificado, sufragando los gastos que irrogue la misma.

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