Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2002 (21/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

MORDAZA, jueves 21 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- Recordar y recomendar a la Municipalidad Distrital de SAN MORDAZA DE LURIN, que los Ordenanzas que aprueba deben llevar el numero cardinal que les corresponda en forma correlativa continua sin referencia de ano, conforme establece la Ordenanza Metropolitana Nº 213. Registrese, comuniquese y cumplase.

Articulo Segundo.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion a la Municipalidad Distrital de La MORDAZA y a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, para los fines pertinentes. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, la misma que estara a cargo de los interesados en un plazo MORDAZA de 30 dias de notificada la misma. Comuniquese, registrese y cumplase.

MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 3482

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3496

Ratifican resolucion directoral mediante la cual se aprobo habilitacion MORDAZA para uso residencial de terreno ubicado en el distrito de La MORDAZA
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 36698
MORDAZA, 10 de diciembre de 2001 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA VISTOS; el Codificado Nº 46593-2000, que contiene el Oficio Nº 347-2000/MDLM-DDU, mediante el cual la Municipalidad Distrital de La MORDAZA remite copias certificadas del expediente administrativo Nº 10638-2-2000, promovido por la ASOCIACION DE RESIDENTES DE LA ESTACION EXPERIMENTAL MORDAZA LA MORDAZA LADO ESTE, solicitando la ratificacion de la Resolucion Directoral Nº 360-2000-MDLM-DDU, del 22 de noviembre del 2000; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Directoral Nº 360-2000-MDLMDDU, emitida con fecha 22 de noviembre del 2000, se aprueba en Vias de Regularizacion, de conformidad con el plano signado con el Nº 06-2000-MDLM-DDU-DOPHU, la Habilitacion MORDAZA, del terreno de 8,618.40 m2, ubicado en el distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 005-2001-MML-DMDU-DHUDRD, de fecha 10 de enero del 2001, se senala que el Certificado de Zonificacion y Vias Nº 64-2000-MML-DMDUOPDM del 29 de MORDAZA del 2000, califica al terreno materia de tramite para Uso Residencial de Densidad Media "R-4"; asimismo, no se encuentra afecto a Vias Metropolitanas ni a Equipamiento Urbano; Que, mediante Acuerdo Nº 05, tomado en Sesion Nº 003-2001, de fecha 25 de enero del 2001, la Comision Metropolitana de Habilitaciones Urbanas acordo ratificar la Resolucion Directoral Nº 360-2000-MDLM-DDU, expedida por la Municipalidad Distrital de La MORDAZA con fecha 22 de noviembre del 2000; Con el visto MORDAZA de la Direccion de Habilitaciones Urbanas y de la Unidad Tecnico Legal, con lo recomendado por la Direccion Municipal de Desarrollo Urbano; y, De conformidad con la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, Ordenanzas Metropolitanas Nºs. 133 y 273 del 19 de diciembre de 1997 y 18 de MORDAZA del 2000, respectivamente, Edicto Metropolitano Nº 021 del 1 de MORDAZA de 1985, Reglamento Nacional de Construcciones, Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; RESUELVE: Articulo Primero.- RATIFICAR la Resolucion Directoral Nº 360-2000-MDLM-DDU, emitida con fecha 22 de noviembre del 2000, mediante la cual se aprueba en Vias de Regularizacion, de conformidad con el plano signado con el Nº 06-2000-MDLM-DDU-DOPHU, la Habilitacion MORDAZA para Uso Residencial de Densidad Media "R-4", del terreno de 8,618.40 m2, ubicado en el distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, a favor de la ASOCIACION DE RESIDENTES DE LA ESTACION EXPERIMENTAL MORDAZA LA MORDAZA LADO ESTE.

Autorizan subdivision sin cambio de uso y sin obras complementarias de terreno ubicado en el distrito de San MORDAZA
RESOLUCION Nº 002-2002-MML-DMDU-DHU
MORDAZA, 15 de enero de 2002 LA DIRECTORA DE HABILITACIONES URBANAS VISTO; el Expediente Nº 54063-2001 y acumulados, seguido por MORDAZA MORDAZA DYER AMPUDIA, OSTERLIN MORDAZA DYER AMPUDIA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el cual solicita la Subdivision sin Cambio de Uso y sin Obras Complementarias del terreno de 1,836.00 m2 calificado para Uso Comercial "C-2", constituido por la acumulacion de los lotes de terreno Nº 2, 3 y 4 de la manzana "E5" de la urbanizacion Jacaranda II - Sector 5 con frente a la Av. MORDAZA MORDAZA, ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, el recurrente ha cumplido con presentar la documentacion requerida para el tramite correspondiente y abonado los derechos administrativos senalados en el MORDAZA y en el Reglamento Nacional de Construcciones; Que, mediante el Informe Nº 131-2001-MML/DMDU/ DHU/DSD de fecha 18 de diciembre del 2001, emitido por la Division de Subdivision de la Direccion de Habilitaciones Urbanas, se opina por la procedencia del tramite solicitado; De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 024, el Decreto de Alcaldia Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997 y la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR, la Subdivision sin Cambio de Uso y sin Obras Complementarias del terreno de 1,836.00 m2 (MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS), calificados para el Uso Comercial "C-2", constituidos por la acumulacion de los lotes 2, 3 y 4 de la manzana E5 de la urbanizacion Jacaranda II Sector 5, ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. La subdivision que se autoriza se conforma de la siguiente manera: Sublote "A", con un area de 918.00 m2 (NOVECIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS). Sublote "B", con un area de 918.00 m2 (NOVECIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS). Las caracteristicas de los sublotes resultantes figuran en el Plano signado con el Nº 01-2002-MML/DMDU/DHU; y la Memoria Descriptiva que forma parte de la presente resolucion. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, la Inscripcion ante la Oficina Registral de MORDAZA y Callao de los Sublotes A y B, asi como autorizar la libre venta de los mismos, ademas la presente resolucion solo aprueba la subdivision del lote de 1,836.00 m2 y no convalida las edificaciones existentes. Articulo Tercero.- DISPONER que los propietarios estan obligados a insertar en los contratos de venta que celebren una clausula que establezca la indivisibilidad de los mismos.

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