Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (21/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 96

Pág. 217990 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de febrero de 2002 RÉGIMEN Y SANEAMIENTO DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCABAMBA Artículo Primero.- PROCEDER, a inscribir su Patrimonio Inmobiliario, el mismo que permitirá mantener actualizado su margesí de bienes, legitimizar y regularizar su derecho sobre la propie- dad inmobiliaria en concordancia con la legislación vigen- te de los bienes inmuebles de propiedad de esta Municipa- lidad Provincial de Huancabamba. Artículo Segundo.- DISPONER, que los terrenos, áreas, zonas, parcelas o similares que se encuentren ubicadas dentro del radio ur- bano, del área de expansión urbana o del radio de influen- cia urbano metropolitano de la ciudad de Huancabamba que no tengan la calidad o condición de terrenos eriazos, que tengan el uso y/o usufructo como si fueran predios urbanizados o habilitados sin serlo, que se encuentren en estado de abandono por parte de sus posesionarios o se encuentren descampados y sin posesión alguna; y que además no cuenten con título probatorio de dominio o ins- cripción primera de dominio serán inscritos y registrados a nombre de esta municipalidad. Artículo Tercero.- QUE, de igual modo aquellos bienes inmuebles que la Municipalidad Provincial de Huancabamba viene condu- ciendo como propios desde tiempos inmemoriales, en for- ma pública, pacífica y continua y sobre los que no tengan título comprobatorio de dominio previa conformación del Expediente Técnico respectivo, se solicitará la primera ins- cripción de dominio ante los Registros Públicos de Piura a favor de esta Municipalidad Provincial de Huancabamba. Artículo Cuarto.- ESTABLECER, que para el cumplimiento de lo dis- puesto en el artículo precedente, se formará un Expe- diente Técnico Administrativo para cada uno de los pre- dios a inmatricular, conteniendo los siguientes instru- mentos: Plano de ubicación, plano perimétricos, Memo- ria descriptiva, Declaración jurada mediante la cual se señala que los inmuebles que se pretenden inscribir nose encuentran sujetos a gravamen alguno, medida cau- telar o proceso judicial a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción así como la Declaración Jurada de Autoavalúo del respectivo predio. Artículo Quinto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano, la misma que entrará en vi- gencia al día siguiente de su publicación, así mismo pu- blicar la relación de los predios de propiedad municipal a inmatricular en un diario de circulación regional a fin de que terceros tomen conocimiento y presenten sus oposiciones en un plazo de quince (15) días hábiles lue- go de las publicaciones respectivas, y de no mediar impugnación se procederá a su inscripción provisional, convirtiéndose en definitiva luego de transcurridos trein- ta (30) días calendario. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDMUNDO ZURITA LÓPEZ Alcalde 3498 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Convenio para el Establecimiento de un Poliducto en- tre la República del Perú y la Repúbli- ca de Bolivia De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE. (GAB) Nº 0-3-A/47 c.a. comunica que el citado Convenio, suscrito el 27 de julio de 2001, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 2 de enero de 2002 conjunta- mente con la Resolución Legislativa Nº 27618 que lo apro- bó, entró en vigencia el 26 de enero de 2002. Fue ratifica- do por Decreto Supremo Nº 009-2002-RE de fecha 22 de enero y publicado en el Diario Oficial El Peruano el 25 de enero del año 2002. 3547 REQUISITOS PARA PUBLICACION DE TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL