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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (21/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 91

Pág. 217985 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de febrero de 2002 - Décima cuota :31 de octubre - Décimo primera cuota :30 de noviembre - Décimo segunda cuota :31 de diciembre POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde 3491 Conforman el Comité de Administra- ción del Programa del Vaso de Leche RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 037-2002-ALC/ML Lurín, 1 de febrero del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍN VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 076-2001/M del 25.julio.2001, la Resolución de Alcaldía Nº 321-01-ALC/ML del 4.Ju- lio.2001, los Expedientes Nºs. 2826-2001 y 334-2002 pro- movido por la Titular del Programa del Vaso de Leche del distrito y Director Ejecutivo de la Dirección de Salud II - Lima Sur - SBS Lurín - Pachacámac - Pucusana, respecti- vamente; CONSIDERANDO: Que, en conformidad a lo establecido en el Artículo 2º numeral 2.1 de la Ley Nº 27470 se hace necesario conformar un Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche del distrito, el mismo que debe ser aprobado mediante Resolución de Alcaldía con Acuerdo de Concejo Municipal. El Comité deberá estar integrado por el Alcalde, un funcionario Municipal, un represen- tante del Ministerio de Salud y tres representantes de la Organización del Programa del Vaso de Leche, elegidas democráticamente por sus bases de acuerdo a los estatutos de su organización y adicionalmente deberá estar conformado por un representante de la Asociación de Productores Agropecuarios de la región o zona, cuya representatividad será debidamente acreditada por el Ministerio de Agricultura; Que, de los documentos de vistos se extrae que la Municipalidad, y las instancias pertinentes vienen dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº 27470, por lo que corresponde emitirse la respectiva disposición municipal que conforme el Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de Lurín; Que, con las facultades que le confiere la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades y con las visaciones de las Oficinas de Administración General, Secretaría Técni- ca y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONFORMAR el Comité de Admi- nistración del Programa del Vaso de Leche de Lurín, dis- puesto por la Ley Nº 27470, que estará conformado por: - Sr. Oswaldo Weberhofer Vildoso, Alcalde de la Muni- cipalidad de Lurín. - Sr. Lizardo Ramos Ramos Rivas, Director Municipal, Funcionario Municipal. - Srta. Emma Mendoza Delgadillo, Representante del Ministerio de Salud. - Sra. Olga Bravo Torrejón, Representante del Vaso de Leche. - Sra. Sofía Inga Munguía, Representante del Vaso de Leche. - Sra. Vilma Huapaya Chacón, Representante del Vaso de Leche.Artículo Segundo.- El Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche del distrito de Lurín, ejercerá sus funciones hasta el 31.diciembre.2002. Artículo Tercero.- Transcribir el presente dispositivo municipal a las instancias pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde 3500 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Autorizan adquisición y contratación de diversos bienes y servicios mediante proceso de adjudicación directa de me- nor cuantía ACUERDO DE CONCEJO Nº 034-2001-AC-MDMM Magdalena del Mar, 29 de diciembre de 2001 VISTO: El Memorándum Nº 513-2001-DA-MDMM de fecha 21 de diciembre del 2001 de la Dirección de Administración y el Informe Nº 103-2001-UAMB de la Unidad de Abaste- cimiento y Margesí de Bienes de fecha 19 de diciembre de 2001, Informe Nº 059-01-DSSC-MDMM de la Dirección de Servicios Comunales de fecha 26 de diciembre de 2001, Informe Nº 904-01-DDSC-MDMM de la Dirección de De- sarrollo Social y Seguridad Ciudadana de fecha 28 de di- ciembre e Informe Nº 726-2001-DAJ-MDMM de fecha 27 de diciembre de 2001, de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Magdalena del Mar; CONSIDERANDO: Que, los procesos de contrataciones y adquisiciones de los gobiernos locales se sujetan a lo establecido por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Ley Nº 26850, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y su modificatoria Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM; Que, el Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala que se considera situación de urgencia cuando la ausen- cia de un bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su car- go; Que, la situación de urgencia como causal de exone- ración de licitación o concurso público se encuentra esta- blecida en el inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepción que determina una acción rápida de contratación, sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las contrataciones y adquisiciones definitivas; Que, mediante, el Informe Nº 103-2001-UAMB de la Unidad de Abastecimiento y Margesí de Bienes en la que se indica que resulta necesario emitir un Acuerdo de Con- cejo que permita llevar a cabo el procedimiento de adjudi- cación directa de menor cuantía en tanto duren los proce- sos de selección correspondientes conforme a lo prescrito en el primer párrafo del Artículo 20º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgá- nica de Municipalidades - Ley Nº 23853, y con el voto MA-