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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2002 (15/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 35

Pág. 226473 NORMAS LEGALES Lima, lunes 15 de julio de 2002 de Trujillo y departamento de La Libertad, al local ubica- do en el jirón Francisco Pizarro Nºs. 458-460, distrito y provincia de Trujillo y departamento de La Libertad. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 12515 Autorizan al Banco de Crédito del Perú la apertura de oficinas especiales en los distritos de Miraflores y San Miguel, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 627-2002 Lima, 5 de julio de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial, con carácter temporal, en las instalaciones del Instituto Cultural Peruano Norteamericano Sede Miraflo- res, ubicada en la Av. Angamos Oeste Nº 120, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solici- tada; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº DESF "A" 073-OT/2002; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten- dencia de Banca y Seguros-, con la Circular Nº B-1996- 97 y la Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú, en vía de regularización, la apertura de una Oficina Especial, con carácter temporal, del 27 al 28 de junio de 2002, en las instalaciones del Instituto Cultural Peruano Norteamericano Sede Miraflores, ubicada en la Av. An- gamos Oeste Nº 120, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 12488 RESOLUCIÓN SBS Nº 628-2002 Lima, 5 de julio de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial, con carácter temporal, en las instalaciones del Instituto Cultural Peruano Norteamericano Sede San Mi- guel, ubicada en la Av. La Marina Nº 2469, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solici- tada;Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº DESF "A" 074-OT/2002; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley Nº 26702 -Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten- dencia de Banca y Seguros-, con la Circular Nº B-1996- 97 y la Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú, en vía de regularización, la apertura de una Oficina Especial, con carácter temporal, del 27 al 28 de junio de 2002, en las instalaciones del Instituto Cultural Peruano Norteamericano Sede San Miguel, ubicada en la Av. La Marina Nº 2469, distrito de San Miguel, provincia y de- partamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 12489 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ADUANAS Modifican procedimiento de "Donacio- nes" INTA-PE.01.02 (v.1) en lo referido al anexo "Documentos Sustentatorios según Código Liberatorio" RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 000 ADT/2002-001294 Callao, 10 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Intendencia Nacional Nº 001059 publicada el 19.09.1999 y modificatorias, se aprueba entre otros, el procedimiento de “Donaciones” - INTA.PE.01.02 adecuado al Sistema de la Calidad de Aduanas; Que, el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 21942 estable- ce la presentación de la Resolución Ministerial que expi- da el Ministerio del Sector correspondiente, aceptando o aprobando la donación cuando se trate de bienes dona- dos a favor del Gobierno Central, Gobiernos Locales, Ins- tituciones y Organismos Públicos o Instituciones Priva- das respectivamente; precisando el Artículo 1º del De- creto Supremo Nº 294-93-EFC que cuando vengan con- signadas al Ministerio Público, Jurado Nacional de Elec- ciones y Municipalidades, deberán ser aceptadas por el Fiscal de la Nación, Presidente del Jurado Nacional de Elecciones y Concejos Municipales respectivamente; Que, el procedimiento INTA.PE.01.02 debe recoger en forma expresa las disposiciones dictadas por los ór- ganos competentes externos detalladas en el conside- rando precedente, así como otras emitidas sobre dele- gación de aprobación de donación; En uso de las facultades establecidas por la Ley orgáni- ca y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas aprobados por Decreto Ley Nº 26020 y Resolución de Su- perintendencia de Aduanas Nº 000226-2001 y estando a la delegación de facultades contenidas en las Resoluciones de Superintendencia de Aduanas Nº 1322-1999; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifíquese el procedimiento de “Do- naciones” INTA-PE.01.02 (v.1) en su sección ANEXO “DO- CUMENTOS SUSTENTATORIOS SEGÚN CÓDIGO LI- BERATORIO”, correspondiente a los códigos 3806 y 3807, de acuerdo al Cuadro adjunto. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ARRIOLA LUYO Intendente Nacional de Técnica Aduanera