Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2002 (03/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, lunes 3 de junio de 2002

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS AUTONOMOS
CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones a presuntos responsables de la comision de diversos ilicitos penales en agravio de la Municipalidad Distrital de Independencia
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 102-2002-CG MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2002 Vistos, los Informes Especiales Nºs. 028 y 029-2002CG/LR, resultantes del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Independencia, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, periodo enero 1998 - diciembre 2000; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Plan Anual de Auditoria de la Gerencia de Gobiernos Locales, este Organismo Contralor dispuso la ejecucion de la correspondiente accion de control en la Municipalidad Distrital de Independencia, por el periodo enero 1998 - diciembre 2000 en virtud de las denuncias formuladas por los ciudadanos del distrito de Independencia, acreditandose la respectiva Comision de Auditoria mediante Oficio Nº 780-2001-CG/SC del 16.MAY.2001; Que, como consecuencia de la accion de control efectuada a dicha comuna se han determinado irregularidades en dos procesos de adquisicion efectuados en el ano 1999, para adquirir un total de 128 uniformes para el personal obrero - 104 para la Division de Limpieza Publica y 24 para la Division de Parques y Jardines, tales como que uno de los supuestamente postores participantes, manifieste no haber presentado cotizacion, lo que denota el caracter simulado de los referidos procesos de adquisicion con el fin de favorecer al ganador, habiendose evidenciado ademas, la utilizacion de documentacion falsa, hechos que constituyen indicios razonables de comision de los delitos de Aprovechamiento Indebido del Cargo y contra la Fe Publica en la modalidad de Falsificacion de Documentos, previstos y penados en los Articulos 397º y 427º del Codigo Penal; Que, se ha constatado que durante los anos 1999 y 2000, funcionarios de la referida comuna dispusieron - y permitieron se dispusiera - de recursos del Fondo Fijo de MORDAZA Chica por un importe total de S/. 31 119,01, para gastos no relacionados con la actividad municipal, soslayando la normativa vigente, lo que constituye indicios razonables de comision de delito de peculado, previsto y penado en el Articulo 387º del Codigo Penal; Que, asimismo se ha evidenciado que en el ano 2000, el municipio obtuvo un prestamo de S/.1 400 000,00 ante el Banco de la Nacion para destinarlo a Servicios Publicos Reproductivos, contando para ello con el correspondiente Acuerdo de Concejo, habiendose utilizado con cargo a dicho monto, la suma de S/. 495 013,25 para distintos gastos corrientes que no guardan ninguna relacion con la prestacion de los servicios publicos municipales, afectandose - durante ese ano - la eficiente prestacion de los mismos; hechos que constituyen indicios razonables de comision de delito de Malversacion de Fondos, previsto y penado en el Articulo 389º del Codigo Penal; Que, se ha determinado que en el periodo 1998 - 2001, los Regidores de la comuna, abusando de sus atribuciones, aprobaron mediante los correspondientes Acuerdos de Concejo, el incremento del importe de las dietas sin que el municipio cuente con la respectiva disponibilidad de recursos propios ni de presupuesto, soslayando lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades y ocasionando un perjuicio economico a la entidad de S/. 727 896,07 lo que constituye indicios de comision de delito de Abuso de Autoridad en la misma modalidad, previsto y penado en el Articulo 376º del Codigo Penal; Que, del mismo modo se ha evidenciado que en el periodo enero 1999 - MORDAZA 2001, los funcionarios encargados del abono de las dietas adeudadas a los senores Regidores, abusando de sus atribuciones, efectuaron - en las mis-

mas fechas - pagos a cuenta por montos marcadamente diferenciados entre si, sin acreditarse la existencia de un criterio tecnico que lo sustente, con el consiguiente perjuicio de los Regidores que ostentan la mayor acreencia; hechos que constituyen indicios razonables de comision del delito de Abuso de Autoridad en la misma modalidad, previsto y penado en el Articulo 376º del Codigo Penal; Que, se ha constatado respecto a la Licitacion Publica Nº 002-2000-CE-MDI realizada por la entidad para adquirir unidades vehiculares para el Servicio de Limpieza Publica, el no cobro de las penalidades pactadas en el contrato respectivo por un importe de S/. 15 902,21 a pesar de la entrega tardia de uno de los mencionados bienes, lo que ha ocasionado un perjuicio economico al organo MORDAZA por dicho monto que resulta necesario resarcir en aplicacion de lo previsto en el Articulo 1321º del Codigo Civil; Que, en atencion a los hechos expuestos y habiendose acreditado la existencia de indicios de comision de delitos asi como de perjuicio economico - no recuperable en la via administrativa - como consecuencia de la accion de control practicada, cuya comision involucra a autoridades, funcionarios y servidores de la Municipalidad Distrital de Independencia en ejercicio o que han desempenado funcion publica en la misma; corresponde a la Contraloria General de la Republica proceder conforme a sus atribuciones; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 19º inciso f) de la Ley del Sistema Nacional de Control -Decreto Ley Nº 26162-, cuando en la ejecucion directa de una accion de control, encuentre dano economico o presuncion de acto doloso, es deber de la Contraloria General de la Republica, disponer el inicio de las acciones judiciales respectivas; resultando, en tal sentido, necesario autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que inicie las acciones legales contra los presuntos responsables comprendidos en los Informes de Vistos; y, De conformidad con el Articulo 19º inciso f) de la Ley del Sistema Nacional de Control, Decreto Ley Nº 26162, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, contra los presuntos responsables comprendidos en los Informes de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 9914

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Aprueban informe defensorial sobre cobros por consumos de electricidad efectuados por persona distinta al propietario
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 017-2002/DP MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2002 VISTOS: Primero. Antecedentes.- A traves de varias quejas relativas a la prestacion del servicio publico de electricidad, la Defensoria del Pueblo ha tomado conocimiento del problema que afrontan diversos ciudadanos y ciudadanas propietarios de inmuebles arrendados o recientemente transferidos, que se han visto obligados a enfrentar la pretension de las empresas concesionarias del servicio publico de electricidad, de cobrarles importes que corresponden a consumos efectuados por los anteriores ocupantes del inmueble.

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