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Pág. 224110 NORMAS LEGALES Lima, lunes 3 de junio de 2002 perimétricos y de planos de trazado y lotización, utilizando delante de su firma la abreviatura "Arq." sin contar con el grado académico o título profesional; Que del Oficio Nº 537-2001-FAU-D de fecha 20 de noviembre de 2001, del Decano de la Facultad de Arqui- tectura y Urbanismo de la Universidad Ricardo Palma, se ha llegado a establecer que el señor Paul Roger Espino- za Babilón se ha arrogado indebidamente el grado de Bachiller en Arquitectura y también el Título Profesional de Arquitecto al haberse matriculado sólo hasta el cuarto semestre académico 1990-I, habiendo aprobado 17 de un total de 58 cursos que comprende el Plan de Estudios correspondiente; Que es necesario autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justi- cia, para que en nombre y representación del Estado pro- mueva la acción penal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representa- ción y Defensa del Estado en Juicio, modificado por De- creto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a car- go de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, promueva la denuncia penal contra el señor Paul Roger Espinoza Babilón, por los delitos contra la Administración Pública - Uso ilegítimo de Grado Acadé- mico y Título Profesional y Aceptación Ilegal de Cargo Público, previstos en los Artículos 362º y 381º, in fine, del Código Penal, y contra la Administración de Justicia - Falsa Declaración en Procedimiento Administrativo, pre- visto en el Artículo 411º del citado Código; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionada Procura- dora Pública para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 9902 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 182-2002-JUS Lima, 31 de mayo de 2002 Vistos los Oficios Nºs. 251 y 658-2002-JUS-PPMJ de la Procuraduría Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo señalado en el Informe Espe- cial Nº 02-2001-ORLL/GL de la Gerencia Legal de la Oficina Registral La Libertad, así como a lo opinado en el Informe Nº 167-2002-JUS/AT, se ha determinado que don Renato Ravello Estrada, Luis Genaro Zafra Abanto, José Ortega Rodríguez y David Alejandro Ru- bio Bernuy en su condición de funcionarios de la Ofici- na Registral La Libertad, habrían adulterado documen- tos para sustentar mayores gastos de viáticos en co- misión de servicios efectuados durante el año 2000, con la consiguiente apropiación del importe que se les entregó para uso oficial; Que existiendo suficientes indicios razonables de la comisión de delitos contra la Administración Pública en la modalidad de Peculado y contra la Fe Pública en agra- vio del Estado, la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia solicita se le autorice interponer denuncia penal; Que siendo la Oficina Registral La Libertad, la directamente perjudicada con estas acciones ilícitas reseñadas, aunándose a ello su carácter de Entidad Estatal, y siendo el Estado el defensor en juicio de los bienes jurídicos públicos, resulta necesario autorizar ala Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judicia- les del Ministerio de Justicia, para que en nombre y representación del Estado inicie e impulse las accio- nes penales correspondientes contra don Renato Ra- vello Estrada, Luis Genaro Zafra Abanto, José Ortega Rodríguez y David Alejandro Rubio Bernuy y los que resulten responsables; De conformidad con lo establecido en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en los Artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, y en el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en Juicio, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a car- go de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representación y defensa de los intereses del Estado promueva e impulse las acciones penales por los delitos contra la Administración Pública en la modali- dad de Peculado y contra la Fe Pública, contra don Re- nato Ravello Estrada, Luis Genaro Zafra Abanto, José Ortega Rodríguez y David Alejandro Rubio Bernuy y los que resulten responsables. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución con sus antecedentes, a la mencionada Procuradora Pública; y copia de la Resolución a la Oficina Registral La Libertad, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 9904 Rectifican resolución mediante la cual se nombró a Notario Público del Distrito Notarial de Huánuco, Pasco y Ucayali RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 181-2002-JUS Lima, 31 de mayo de 2002 Visto el Oficio Nº 177-2002-JUS/CN-P de fecha 15 de mayo de 2002, del Presidente del Consejo del Notariado; CONSIDERANDO: Que el error en la denominación de un Distrito Nota- rial, en la Convocatoria para el Concurso Público de Mé- ritos para el Ingreso a la Función Notarial efectuado por el Colegio de Notarios de Huánuco, Pasco y Ucayali en el mes de mayo de año 2000, originó que en la Resolu- ción Ministerial Nº 135-2001-JUS de 18 de abril de 2001 se nombre al abogado OVIDIO TELADA HUAMÁN, No- tario Público del distrito de Cerro de Pasco, provincia de Pasco; Que la provincia de Pasco está conformada política- mente por los distritos de Simón Bolívar, Yanacancha y Chaupimarca, no existiendo el distrito de Cerro de Pasco que es como se denomina por costumbre, al distrito de Chaupimarca; Que siendo así, es necesario rectificar la Resolución Ministerial Nº 135-2001-JUS en el sentido que se nom- bra al abogado OVIDIO TELADA HUAMÁN Notario Públi- co del distrito de Chaupimarca; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 2º, e Inc. k) del Art. 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, e Inc. j) del Art. 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, apro- bado por Resolución Ministerial Nº 019-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rectificar el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 135-2001-JUS de 18 de abril de 2001, de la siguiente manera: