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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (03/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 224111 NORMAS LEGALES Lima, lunes 3 de junio de 2002 "Artículo 1º.- Nombrar al abogado OVIDIO TELADA HUAMÁN, Notario Público del distrito de Chaupimarca, provincia de Pasco, Distrito Notarial de Huánuco, Pasco y Ucayali, debiendo expedirse para tal efecto el título co- rrespondiente". Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Consejo del Notariado, al Colegio de Nota- rios de Huánuco y Pasco y al interesado; para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 9903 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Aprueban directiva que establece nor- mas y formulario para la presentación de la Declaración Jurada sobre Infor- mación de Planilla(s) de Pago del mes de junio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 150-2002-TR Lima, 30 de mayo de 2002 VISTO: El Oficio Nº 072-2002-TR/OETP de la Directora Ge- neral (e) de la Oficina de Economía del Trabajo y Produc- tividad; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece la función de evaluar la política y normatividad en materia de remuneraciones e ingresos del mercado de trabajo; Que, el Decreto Supremo Nº 007-TC, dispone la rea- lización de estudios socioeconómicos y la elaboración de información estadística en materia de remuneracio- nes y empleo; Que, anualmente el Ministerio de Trabajo y Promo- ción del Empleo regula la obligación de los empleadores de proporcionarle información de las Planillas de Pago de remuneraciones de los trabajadores percibidas en el mes de junio de cada año; Que, el Decreto Supremo Nº 018-85-TR, encarga a la Oficina de Economía del Trabajo y Productividad del Mi- nisterio de Trabajo y Promoción del Empleo, la recepción anual de las Planillas de Pago correspondiente al mes de junio; Que, esta información es consolidada por los emplea- dores en el formulario denominado Declaración Jurada Sobre Información de Planilla(s) de Pago del mes de ju- nio; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Eje- cutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la Directiva Nº 001-2002- TR/OETP, que establece las normas y formulario para la presentación de la Declaración Jurada Sobre Infor- mación de Planilla(s) de Pago del mes de junio de2002, la misma que es parte integrante de la presen- te resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA SOBRE INFORMACIÓN DE PLANILLA (S) DE PAGO DEL MES DE JUNIO DE 2002 DIRECTIVA Nº 001-2002-TR/OETP OBJETIVO Establecer las normas para la presentación del for- mulario "DECLARACIÓN JURADA SOBRE INFORMA- CIÓN DE PLANILLA (S) DE PAGO" correspondiente al mes de junio de 2002. ALCANCE A los empleadores cuyos trabajadores se encuentran sujetos al régimen laboral de la actividad privada, inclui- das las Cooperativas de Trabajadores. ÁMBITO Nivel Nacional. BASE LEGAL - Decreto Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. - Resolución Ministerial Nº 058-2001-TR, Reglamen- to de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, inciso d) del Artículo 38º. - D.S. Nº 007-TC, mediante el cual se dispone la rea- lización de estudios socio-económicos y la elaboración de información estadística en materia de remuneracio- nes y empleo. - D.S. Nº 018-85-TR, mediante el cual se encarga a la Oficina de Economía del Trabajo y Productividad del Mi- nisterio de Trabajo y Promoción del Empleo, la recepción anual de las planillas de sueldos y salarios correspon- dientes al mes de junio. - D.S. Nº 001-2002-TR, Texto Único de Procedimien- tos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Trabajo y Pro- moción del Empleo. Fecha: Lima, 16 de mayo de 2002 NORMAS APLICABLES 1. DE LA OBLIGATORIEDAD Los empleadores sean personas naturales o jurídi- cas, que cuenten a nivel nacional en total con cinco (5) o más trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, están obligados a presentar el formu- lario "DECLARACIÓN JURADA SOBRE INFORMACIÓN DE PLANILLA (S) DE PAGO DEL MES DE JUNIO DE 2002". La presente obligación es asimismo aplicable a las Cooperativas de Trabajadores, que cuenten a nivel na- cional en total con cinco (5) o más socios trabajadores, las mismas que además presentarán la información re- querida en el Rubro VIII. 2. DE LA PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN 2.1 El empleador presentará por cada provincia una "DECLARACIÓN JURADA SOBRE INFORMACIÓN DE PLANILLA (S) DE PAGO DEL MES DE JUNIO DE 2002", para el caso de los empleadores que tienen varios cen- tros de trabajo en una misma provincia , deberán con- solidar la información, consignando la dirección del