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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (03/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 224121 NORMAS LEGALES Lima, lunes 3 de junio de 2002 Que, en virtud de la Resolución Directoral Nº 068-91- VC-5600-DMAR de fecha 3 de mayo de 1991, se afectó en uso a favor de la Asociación para el Desarrollo del Deporte - ASDDEPORTE el predio de 1 245,89 m2 ubicado con frente a la calle Francisco Mostajo y avenida Sergio Bernales, Mz. "F", de la urbanización Barrio Médico, distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima, para que lo destine a la construcción de un campo deportivo, vestuario y oficinas para la difusión de diferentes disciplinas deportivas; Que, el citado predio se encuentra inscrito a favor del Es- tado en el asiento 4, fojas 109 del tomo 1181, que continúa en la Ficha Nº 1630257 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, así como registrado en el Asiento Nº 898 del Siste- ma de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Es- tatal - SINABIP, correspondiente al departamento de Lima; Que, con fecha 5 de marzo del año en curso se reali- zó la inspección técnica al predio submateria, verificán- dose que en el interior del predio existe una edificación inconclusa, parte de la cual es utilizada como vivienda del guardián y el resto del área destinada aparentemente a campo deportivo se encuentra en estado de abandono, no realizándose actividades deportivas; Que, en tal sentido al no cumplirse con el fin de la afectación en uso, el predio submateria debe ser desafec- tado conforme a lo establecido por el inciso b) del Artícu- lo 96º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF "Reglamen- to General de Procedimientos Administrativos de los Bie- nes de Propiedad Estatal"; Que, el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Super- intendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organización y Funcio- nes de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a emitir en prime- ra instancia las resoluciones de su competencia; Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 106-2002/SBN-GO-JAR de fecha 9 de mayo del 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Desafectar a favor del Estado el terreno de 1,245.89 m2 ubicado con frente a la calle Francisco Mostajo y la avenida Sergio Bernales, manzana "F", de la urbanización Barrio Médico, distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima e inscrito en el asiento 4, fojas 109 del tomo 1181 que continúa en la Ficha Nº 1630257 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución de Superintendencia, ins- cribirá la correspondiente desafectación a favor del Estado. Regístrese, publíquese y comuníquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 9832 Disponen primera inscripción de domi- nio a favor del Estado de terrenos ubi- cados en los departamentos de Lima y Moquegua JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 085-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 29 de mayo del 2002 Visto el Expediente Nº 013-2002/SBN-JAR correspon- diente al trámite de inscripción en primera de dominio a favor del Estado del terreno de 69 307,43 m² ubicado en el sector denominado Barbadillo, entre el Centro de Ins- trucción de la Policía, terrenos de propiedad privada, y terrenos de la Comunidad Campesina de Collanac, en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, De-creto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superinten- dencia de Bienes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 154- 2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finali- dad incentivar el aprovechamiento económico de los bie- nes del Estado en armonía con el interés social, promo- viendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y es- tableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fis- calización; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, señala que los terrenos eriazos o ribereños son bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde trami- tar la primera inscripción de dominio del terreno de 69 307,43 m² ubicado en el sector denominado Barbadillo, entre el Centro de Instrucción de la Policía, terrenos de propiedad privada, y terrenos de la Comunidad Campesina de Collanac, en el distri- to de Ate, provincia y departamento de Lima, de conformidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Artícu- lo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el trámite de inscripción de la prime- ra de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Reso- lución Nº 011-2002/SBN; Que, según Certificado de Búsqueda Catastral de fe- cha 25 de marzo del año en curso, el Registro Predial Urbano señala que de conformidad con el Informe Técni- co Nº 2092-2002-GR-OC-LIMA de fecha 18 de marzo del 2002, el área de terreno de 69 307,43 m². antes descrita, se encuentra dentro de un área donde no se aprecian inscripciones en dicho registro, encontrándose fuera de su jurisdicción; Que, la Gerencia de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima y Callao, mediante Oficio Nº 778-2002- ORLC/GPI de fecha 17 de abril del año en curso, señala que de conformidad con el Informe Técnico Nº 1510-02-ORLC- GPI-SCAT de fecha 4 de abril del 2002, el terreno submate- ria se ubica en zona donde no se observa inscripción; Que, efectuada la inspección técnica el 15 de abril del año en curso, se ha determinado que el terreno es eriazo y de topografía accidentada; Que el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN de fecha 3 de se- tiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Orga- nización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Re- cuperaciones a emitir en primera instancia las resolucio- nes de su competencia; Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 142-2002/SBN-GO-JAR de fecha 21 de mayo del 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno de 69 307,43 m² ubica- do en el sector denominado Barbadillo, entre el Centro de Instrucción de la Policía, terrenos de propiedad priva- da, y terrenos de la Comunidad Campesina de Collanac, en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la pri- mera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente en el Registro de la Pro- piedad Inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 9909 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 087-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 29 de mayo del 2002 Visto el Expediente Nº 008-2002/SBN-JAR correspon- diente al trámite de inscripción en primera de dominio a favor del Estado del terr eno de 1 293 288,91 m2, ubicado al Este de la ciudad de Ilo, en el sector denominado Pampa Inalámbrica, distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua; y,