Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2002 (08/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, sabado 8 de junio de 2002

NORMAS LEGALES

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tercios del numero legal de los miembros del Consejo, de conformidad con el Articulo 154º inciso 1) de la Constitucion Politica, en concordancia con el numeral 41 del citado Reglamento, disponiendo la proclamacion, expedicion de titulo y juramento en Sesion Publica del Pleno del Consejo; En cumplimiento de dicho acuerdo y en uso de las facultades concedidas en los Articulos 21º inciso d) y 37º incisos b), d), f) y g) de la Ley Nº 26397; SE RESUELVE:

MORDAZA de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA De La MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA y quienes resulten responsables, por presunto delito contra la fe publica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese.

Primero.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Mixto de Chota del Distrito Judicial de Cajamarca. Segundo.- Proceder al acto de proclamacion, juramentacion y entrega de titulo en sesion publica del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, expidiendose MORDAZA de la presente resolucion, al senor Presidente de la Corte Suprema de la Republica y a la senora Fiscal de la Nacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LA HOZ MORDAZA Presidente 10190

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 10193 RESOLUCION JEFATURAL Nº 226-2002-JEF/RENIEC MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2002 Visto el Informe Nº 363-2002-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 13 de MORDAZA de 2002; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del Informe del Visto se desprende que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA habria incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, utilizando para este efecto documento presuntamente falsificado; Que, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica propia e impropia, previsto y sancionado en los Articulos 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la fe publica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 10191 RESOLUCION JEFATURAL Nº 227-2002-JEF/RENIEC MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2002 Visto el Informe Nº 365-2002-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 13 de MORDAZA de 2002;

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales correspondientes a presuntos responsables de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 223-2002-JEF/RENIEC MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2002 Visto el Informe Nº 370-2002-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 13 de MORDAZA de 2002; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del Informe del Visto se desprende que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA De La MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA han incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas, conducentes a excluir la Partida de Inscripcion Electoral del Padron Electoral de la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, utilizando documento presuntamente falsificado; Que, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad material, ideologica y generica, previsto y sancionado en los Articulos 427º, 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan contra MORDAZA MORDAZA De La MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA y quienes resulten responsables, en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y re-

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