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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2002 (10/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 219084 NORMAS LEGALES Lima, domingo 10 de marzo de 2002 López y Brigadier Mayor CBP Peter González Reyes, a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, República de Bolivia, del 11 al 15 de marzo de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por los organi- zadores del evento, no significando gasto alguno para el Tesoro Público. Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga dere- cho a exoneración o liberación de impuestos de aduana decualquier clase o denominación a favor de los represen- tantes de Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, cuyos viajes se autorizan. Regístrese, comuníquese y publíquese. TULIO NICOLINI AYARZA Comandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú 4702 INEI Sancionan con multa a personas natu- rales y jurídicas omisas a la presenta- ción de la "Encuesta Económica Anual de las Estadísticas de Transportes, Comunicaciones y Construcción del año 2000" RESOLUCIÓN SUBJEFATURAL Nº 056-2002-INEI/SJE Lima, 8 de marzo del 2002 Visto el Oficio Nº 008-2002-MTC/15.14 de la Oficina Ge- neral de Métodos y Sistemas del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, dando cuenta de las empresas que no han cumplido con presentar los formu- larios debidamente absueltos de la "Encuesta Económica Anual de las Estadísticas de Transportes, Comunicaciones y Construcción del año 2000"; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Esta- dística e Informática" el INEI es el ente rector de los Siste- mas Nacionales de Estadística e Informática, tiene entre sus funciones, normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizados por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísti- cas Oficiales del país referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, por Resoluciones Jefaturales Nºs. 266-2001-INEI y 309-2001-INEI, se autorizó la realización de la Encuesta Eco- nómica Anual de las Estadísticas de Transportes, Comunica- ciones y Construcción del Año 2000, la que fue ejecutada por la Oficina General de Métodos y Sistemas del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, diri- gida a las personas naturales y jurídicas que desarrollan acti- vidades referidas al Transporte, Comunicaciones y Construc- ción, especificadas en la sección I división 60, 61, 62, 63 ex- cepto la actividad 6304, división 64 y en la sección O división 90 actividad 9213 y la sección F división 45, respectivamen- te, de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme, Rev. 3 y que se encuentran bajo el ámbito de competencia admi- nistrativa de su Sector; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Regla- mento de Organización y Funciones del Instituto Nacionalde Estadística e Informática, en sus Artículos 81º, 87º, 88º, 89º, 90º y 91º "establece que las personas naturales, jurí- dicas, que se negaren a suministrar datos, los dieren fal- seando la verdad maliciosamente, o dilatasen injustifica- damente los términos establecidos, se harán acreedoras a las multas que establece el Artículo 94º sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar"; Que, no obstante haberse notificado a las empresas omisas a la presentación de la "Encuesta Económica Anual de las Estadísticas de Transportes, Comunicaciones y Cons- trucción del año 2000", y vencidos ampliamente los plazos establecidos para la presentación de los formularios de la mencionada encuesta, existen empresas que no han cum- plido con presentar la información requerida de acuerdo a la información remitida por la Oficina General de Métodos y Sistemas del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 91º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Or- ganización y Funciones del Instituto Nacional de Estadísti- ca e Informática; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Multar a las personas naturales o jurídi- cas omisas a la presentación de la "Encuesta Económica Anual de las Estadísticas de Transportes, Comunicacio- nes y Construcción del año 2000", cuya relación forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- El monto de la multa para las personas jurídicas será equivalente al 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) y para las personas naturales el 10% de la misma, vigente a la fecha de cancelación, la cual será abo- nada por los operadores infractores al Banco de la Nación, en la Cuenta Central RDR Nº 00-000-281700 Recursos Di- rectamente Recaudados, dentro de los tres (3) días hábi- les posteriores a la fecha de publicación de la presente Resolución. Artículo 3º.- El pago de la multa no exime a las empre- sas sancionadas de la obligación de presentar los formula- rios debidamente diligenciados de la "Encuesta Económi- ca Anual de las Estadísticas de Transportes, Comunica- ciones y Construcción del año 2000", en la Oficina Gene- ral de Métodos y Sistemas del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, sito en la Av. 28 de Julio Nº 800, Lima 1, adjuntando copia del documen- to de cancelación a efectos de evitar la cobranza coactiva. Regístrese y comuníquese. AURELIO VALDEZ CARO Subjefe de Estadística EMPRESAS OMISAS A LA ENCUESTA ECONÓMICA ANUAL 2000 - MTC Nº RUC RAZÓN SOCIAL Direc. Dpto. Prov. Distr. 1 20384032576 A.C. CARGO E.I.R.L. AV. OSCAR R. BENAVIDES 4525 INT. 102A CALLAO CALLAO CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO 2 20265835270 ACEROS Y CONCRETOS S.A. AV. BENAVIDES 195 OF. 204 LIMA LIMA MIRAFLORES 3 20264319308 CONSTRUCTORA ALIANZA S.A. AV. PASEO DEL BOSQUE 550 OF. 603 LIMA LIMA SAN BORJA 4 20100180058 CONSTRUCTORES INDUSTRIALES PERUANOS S.A. AV. JAVIER PRADO ESTE 2813 - DPTO. 203 LIMA LIMA SAN BORJA 5 20112414682 EMP.DE TRANSP.Y SERV.VIRGEN DE GUADALUPE S.A. AV. TRAPICHE LT. 27 CHACRA CERRO LIMA LIMA COMAS 6 20100098637 EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A. GRAL. ORBEGOSO Nº 140 LIMA LIMA BREÑA 7 20137331391 EMPRESA TRANSPORTE INTER REGIONAL S.A. AV. LUNA PIZARRO Nº 240 LIMA LIMA LA VICTORIA 8 20100049261 EXPRESO INTERNACIONAL ORMEÑO S.A OSWALDO HERCELLES Nº 399 LIMA LIMA LA VICTORIA 9 20100578175 EXPRESO CHINCHANO S.A. O S W A L D O H E R C E L L E S Nº 399 LIMA LIMA L A V I C T O R I A 10 20100055075 EXPRESO CONTINENTAL S.A OSWALDO HERCELLES Nº 399 LIMA LIMA LA VICTORIA 11 20100811490 GRAÑA Y MONTERO EDIFICACIONES S.A. AV. PASEO DE LA REPÚBLICA Nº 4667 LIMA LIMA SURQUILLO