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Pág. 219088 NORMAS LEGALES Lima, domingo 10 de marzo de 2002 o no del recurso de apelación presentado por la empresa SEGURIDAD, RESGUARDO, VIGILANCIA S.R.L (SE- GRESVIG); Que, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica, por ha- ber sido miembro del Comité Especial, no puede emitir opi- nión en el presente caso, por lo que se hace necesario derivar los actuados al departamento de Asesoría Legal de la Gerencia Regional de Operaciones; Estando a lo expuesto en el Informe Legal Nº 139-2002/ CTAR PIURA-GRO-GR-ALCP-JSR, de fecha 27 de febre- ro del 2002; Con la visación de la Secretaría Técnica del CTAR PIU- RA; En uso a las atribuciones conferidas al Despacho por la Ley Nº 26922 - Ley Marco de Descentralización, D.S. Nº 010-98-PRES y Resolución Suprema Nº 327-2001/PRES, del 21 de diciembre del 2001; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CANCELAR el Proceso de Selec- ción correspondiente al Concurso Público Nº 001-2002/ CTAR PIURA-GRA-CE, "Contratación del Servicio de Vigi- lancia 2002 Sede Central CTAR PIURA", convocado por la Gerencia Regional de Administración, careciendo de obje- to pronunciarse sobre la procedencia o no del recurso de apelación presentada por la empresa SEGURIDAD, RES- GUARDO, VIGILANCIA S.R.L (SEGRESVIG), en atención a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer a la Gerencia Regional de Administración la realización de los trámites pertinen- tes que requiera la nueva convocatoria al proceso de se- lección para la contratación del Servicio de Vigilancia para el presente Ejercicio Presupuestal, en atención a las opi- niones previamente vertidas en la presente Resolución, así como la publicación de la presente resolución conforme está previsto en el Artículo 21º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo Tercero.- Notificar en forma inmediata la pre- sente Resolución al Comité Especial que tuvo el encargo de conducir el presente Proceso de Selección, a fin de que actúen de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 21º del D.S. Nº 013-2001-PCM. Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente Resolu- ción a las Gerencias Regionales de Administración, Asesoría Jurídica, Control Interno, Secretaría Técni- ca del Consejo Transitorio de Administración Regional Piura, y demás estamentos administrativos pertinen- tes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO RAÚL DE LA CRUZ AZAÑA Presidente Ejecutivo Consejo Transitorio de Administración Regional Piura CTAR PIURA 4395 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Servicio de Parques SERPAR-LIMA, correspondiente al ejercicio fiscal 2002 RESOLUCIÓN CONSEJO ADMINISTRATIVO Nº 012-2002 Lima, 4 de marzo del 2002 EL CONSEJO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO DE PARQUES HA EXPEDIDO LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN:Visto, el Informe Nº 23-2002/SERPAR-LIMA/GG/MML; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Consejo Administrativo Nº 07-2002, del 30 de enero del 2002, el Consejo Adminis- trativo aprobó la Modificación del Presupuesto Institucio- nal de Apertura del 2002, por incorporación de los recur- sos provenientes del saldo de balance del 2001, lo que ha originado la ampliación del programa de inversiones; Que, el numeral 3 del Artículo 7º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado establece que el Plan Anual consi- derará todas las Adquisiciones y Contrataciones que se realizarán en el año Fiscal; Que, mediante Resolución de Consejo Administrativo Nº 002-2002, del 18 de enero del 2002, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SERPAR- LIMA, para el Ejercicio Presupuestal 2002; Que, el último párrafo del numeral 4 del Artículo 7º del Re- glamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, establece que el Plan Anual podrá ser modificado de conformidad con la asignación presu- puestal o en caso de reprogramación de metas; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 8º del Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado, las Licitaciones, Concursos Públicos y Adquisiciones Directas no contenidas en el Plan Anual deberán ser aprobadas por el titular del pliego o la máxima autoridad Administrativa de la Entidad; Con la visación del Gerente General, Director General de Administración, Director de la Oficina de Planificación y Presupuesto, Director de Asesoría Legal y Director de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Servicio de Parques - SERPAR-LIMA correspondiente al Ejercicio Fis- cal 2002, el mismo que como anexo forma parte de la pre- sente Resolución. Artículo Segundo.- Autorizar la publicación en el Dia- rio Oficial El Peruano de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Disponer se informe al CONSU- CODE, a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa sobre la modificación del Plan Anual de Contra- taciones y Adquisiciones a que se refiere el Artículo Pri- mero de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Disponer que el Plan de Adquisi- ciones y Contrataciones se ponga a disposición de público en la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILFREDO ENCISO ARENAS Presidente Consejo Administrativo Servicio de Parques 4719 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Delegan en la Dirección Municipal la facultad de suscribir contratos de perso- nal para realizar funciones de carácter temporal o accidental DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2002 La Molina, 28 de febrero de 2002 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853, faculta al Alcalde a delegar en el Director Municipal, la atribución de celebrar actos y contratos nece- sarios para el ejercicio de la función asignada;