Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2002 (20/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 59

Pág. 219609 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de marzo de 2002 to, Planificación y Racionalización, el cumplimiento del pre- sente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARÍA DELIA VERGARA PÉREZ Alcaldesa 5232 Amplían declaratoria de emergencia en el distrito de Chaclacayo aprobada por Acuerdo de Concejo Nº 003-02 con la finalidad de lograr un eficiente apoyo a la comunidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-02 Chaclacayo, 6 de marzo del 2002 Reunido el Honorable Concejo Distrital de Chaclacayo, en sesión Ordinaria de fecha 6 de marzo del 2002, bajo la Presidencia de la señora Alcaldesa y el quórum reglamen- tario; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 003-02 de fecha 9.2.02 se aprobó la Declaratoria de Emergencia del distrito de Chaclacayo por la grave situación ocurri- da el día 5 de febrero del presente año en diversas zo- nas del distrito por causas de las lluvias y huaicos; Que, mediante D.S. Nº 015-02-PCM publicado el 19.2.02 se considera que las predicciones y reportes del SENAMHI indican la presencia de lluvias para los meses de febrero y marzo del presente año con niveles superiores a los niveles normales, especialmente en la sierra norte y central del país, los que afectarán las cuencas hidrográficas de las vertientes oriental y occi- dental de los Andes; Que, en adición a las medidas preventivas adopta- das a nivel nacional durante el año 2001, es necesario tomar acciones preventivas inmediatas con los recu- rrentes regionales y locales disponibles para la protec- ción de la población, del patrimonio y del medio am- biente; Que, la Oficina de Presupuesto, Planificación y Racio- nalización será la encargada de realizar la modificación presupuestal para habilitar el proyecto apoyo social y obras de emergencia, según informe de la Secretaría Técnica de Defensa Civil; Deliberado ampliamente en Sesión y en uso de las atri- buciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; ACORDÓ: Artículo Primero.- AMPLIAR la Declaratoria de Emergencia en el distrito de Chaclacayo hasta el 18 de mayo del 2002, con el fin de lograr un eficiente apoyo a la Comunidad a efectos de lograr la prevención urgente y necesaria para reducir los eventuales efectos de las precipitaciones fluviales durante la presente tempora- da de lluvias. Artículo Segundo.- AUTORIZAR la modificación y ampliación presupuestal, sustentado por la Dirección de Administración en coordinación con la Oficina de Pre- supuesto, Planificación y Racionalización por la fuente de financiamiento del Fondo de Compensación Munici- pal con recursos ascendente a S/. 55,000 (CINCUENTA Y CINCO MIL NUEVOS SOLES), para habilitar el Pro- yecto de Apoyo Social y Obras de Emergencias, según el informe de la Secretaría Técnica de Defensa Civil con cargo a la anulación en parte del Proyecto Cons- trucción, Mejoramiento, Remodelación de Parques y Áreas Verdes. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Munici- pal, Dirección de Administración, Oficina de Presupuesto,Planificación y Racionalización, el cumplimiento de la pre- sente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARÍA DELIA VERGARA PÉREZ Alcaldesa 5233 Declaran en situación de urgencia la adquisición de insumos para el Progra- ma Distrital del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 06-02 Chaclacayo, 12 de marzo del 2002 Reunido el Honorable Concejo Distrital de Chaclacayo en Sesión Extraordinaria del 11 de marzo del 2002, bajo la presidencia de la señora Alcaldesa, con el quórum regla- mentario y con la dispensa de la lectura del Acta: CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1792-01, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones, el mismo que con- sidera la adquisición de insumos para el Programa Distrital del Vaso de Leche del distrito de Chaclacayo, hasta por un monto de S/. 709,896.00 (Setecientos nueve mil ochocien- tos noventa y seis y 00/100 nuevos soles), para la atención de los beneficiarios del Programa; Que, mediante Informe Nº 01-02-CEA/MDCH, del Co- mité Especial de Adjudicaciones de la Municipalidad de Chaclacayo, designado mediante Resolución de Alcaldía Nº 0018-02, de cuenta que se declaró desierto el Proceso de Licitación Pública para la Adquisición de Leche Entera en Polvo, Leche de Soya y Hojuela de Cebada, el día 8-3- 02, debiéndose en consecuencia convocar nuevamente a una licitación; Que, mediante Informe Nº 028-02-DA/MDCH, la Dirección de Administración pone en conocimiento del Despacho de Alcaldía que el hecho mencionado en el considerando prece- dente generaría el desabastecimiento imprevisible de los pro- ductos del Programa del Vaso de Leche, perjudicando a los beneficiarios por lo que se pronuncia por declarar en situa- ción de Urgencia el suministro de los productos en mención, de acuerdo al Artículo 21º del TUO de la Ley de Adquisicio- nes y Contrataciones del Estado, ya que es un servicio ineludi- ble, recomendando adquirir los insumos a través de la exone- ración de proceso de selección contemplado en el inciso c) del Artículo 19º e inciso c) del Artículo 20º del D.S. Nº 012- 2001-PCM y numerales 1 y 2 del Artículo 108º de su Regla- mento, D.S. Nº 013-2001-PCM; Que, asimismo el Informe Nº 031-2002/OAL-MDCH, de la Oficina de Asesoría Legal, refiere que el Artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 012-2001-PCM, establece que se considera situación de Urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprede- cible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esen- ciales y que en su opinión se constituyen los supuestos para determinar la adquisición de los insumos necesarios para el funcionamiento del Programa del Vaso de Leche por situación de urgencia pudiéndose de este modo exo- nerarse del proceso de selección por el tiempo necesario para llevar a cabo este proceso; asimismo, menciona que no sólo basta que la ausencia del bien sea extraordinaria e imprevisible sino que comprometa en forma directa e inmi- nente la continuidad del servicio, es decir que imposibilite el cumplimiento del servicio fundamental, principal o sus- tancial, como es en este caso el abastecimiento de los re- cursos necesarios para la atención de los beneficiarios del Programa Distrital del Vaso de Leche; Que, el Artículo 20º de la Norma precitada establece los requisitos formales para la exoneración del proceso de selección, para el caso de los Gobiernos Locales se debe- rá aprobar mediante Acuerdo de Concejo Municipal, requi- riendo obligatoriamente el Informe Técnico Legal previo;