Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2002 (20/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

Pag. 219598
Codigos FC04 FC04 FC05 FC26 FC09 FC04 FC04 FC05 FC26 FC09 FC04 FC04 FC05 FC26 FC09 FC04 FC04 FC05 FC26 FC09 FC04 FC04 FC05 FC26 FC09 FC04 FC04 FC05 FC26 A A A A A B B B B B F F F F F G G G G G H H H H H I I I I 21 22 22 22 22 21 22 22 22 22 21 22 22 22 22 21 22 22 22 22 21 22 22 22 22 21 22 22 22 Concepto Jub. Leg. - Pension R.P. - Prelim. Jub. Leg. - Pension R.P. - Def. Jub. Leg. - Pension R.T. - Def. Jub. Leg. - Transferencia R.V.D. - Def. Jub. Leg. - Transferencia R.V.F. - Def. Jub. Ant. - Pension R.P. - Prelim. Jub. Ant. - Pension R.P. -Def. Jub. Ant. - Pension R.T. - Def. Jub. Ant. Transferencia R.V.D. - Def. Jub. Ant. Transferencia R.V.F. - Def. Jub. 27252. Ext. - Pension R.P. - Prelim. Jub. 27252. Ext. Pension R.P. - Def. Jub. 27252. Ext. Pension R.T. - Def. Jub. 27252. Ext. - Transferencia R.V.D. - Def. Jub. 27252. Ext. - Transferencia R.V.F. - Def. Jub. 27252. Gen. - Pension R.P. - Prelim. Jub. 27252. Gen. Pension R.P. - Def. Jub. 27252. Gen. - Pension R.T. -Def. Jub. 27252. Gen. Transferencia R.V.D. - Def. Jub. 27252. Gen. Transferencia R.V.F. - Def. Jub. REJA - Pension R.P. - Prelim. Jub. REJA - Pension R.P. - Def. Jub. REJA - Pension R.T. - Def. Jub. REJA - Transferencia R.V.D. - Def. Jub. REJA - Transferencia R.V.F. - Def. Jub. 19990. - Pension R.P. - Prelim. Jub. 19990. - Pension R.P. - Def. Jub. 19990. - Pension R.T. - Def. Jub. 19990. - Transferencia R.V.D. - Def.

NORMAS LEGALES
Codigos FC09 FC30 FC10 FC04 FC10 FC04 FC05 FC27 FC10 FC10 FC04 FC10 FC04 FC05 FC27 FC10 FC14 FC15 FC29 FC29 FC29 FC28 FC28 FC28 FC17 FC17 FC18 FC19 FC19 OC09 I C C C C C C C C D D D D D D D S C S C S S S S C S C S S S S 22 23 21 21 22 22 22 22 22 21 21 22 22 22 22 22 Concepto

MORDAZA, miercoles 20 de marzo de 2002

CUADRO DE CODIGOS Y CONCEPTOS DE EGRESOS POR BENEFICIOS

A C D A C D A C A C

Jub. 19990. - Transferencia R.V.F. - Def. Inv. Perm. - Pension R.P.T. - Sin cob. - P. Trans. Inv. Perm. - Transferencia R.V.F. - Con cob. - Prelim. Inv. Perm. - Pension R.P. -Sin cob. - Prelim. Inv. Perm. - Transferencia R.V.F. - Con cob - Def. Inv. Perm. - Pension R.P. - Sin cob. - Def. Inv. Perm. - Pension R.T. - Sin cob. - Def. Inv. Perm. - Transferencia R.V.D. - Sin cob. - Def. Inv. Perm. - Transferencia R.V.F. - Sin cob. - Def. Sobrevivencia - Transferencia R.V.F. - Con cob. - Prelim. Sobrevivencia - Pension R.P. - Sin cob. Prelim. Sobrevivencia - Transferencia R.V.F. - Con cob. - Def. Sobrevivencia - Pension R.P. - Sin cob. - Def. Sobrevivencia - Pension R.T. - Sin cob. - Def. Sobrevivencia - Transferencia R.V.D. - Sin cob. - Def. Sobrevivencia - Transferencia R.V.F. - Sin cob. - Def. Gastos de Sepelio - Sin cob. Liquidacion por herencia (incluye casos del Art 99º Titulo VII) Liquidacion por monto minimo de cotizacion (Art. 52º Titulo VII) - Jub. Liquidacion por monto minimo de cotizacion (Art. 52º Titulo VII) - Inv. Liquidacion por monto minimo de cotizacion (Art. 52º Titulo VII) - Sob. Devolucion MORDAZA complementario - Jubilacion Devolucion MORDAZA complementario - Invalidez Devolucion MORDAZA complementario - Sobrevivencia Retiro de ahorro voluntario con fin previsional - Jubilacion Retiro de ahorro voluntario con fin previsional - Invalidez Retiro de ahorro voluntario sin fin previsional Retiro de excedente de pen. - Jub. Retiro de excedente de pen. - Invalidez Otros egresos correspondientes a beneficios

Los conceptos detallados en el cuadro anterior se refieren a: Jub. Leg. - Jubilacion Legal.- Es la jubilacion que se encuentra normada por el Articulo 41º del Texto Unico Ordenado de la Ley del SPP, aprobada por D.S. Nº054-97-EF. Jub.Ant. - Jubilacion Anticipada.- Es la jubilacion que establece el Articulo 42º del Texto Unico Ordenado de la Ley del SPP, aprobada por D.S. Nº054-97-EF. Jub.27252.Ext. - Jubilacion Anticipada-Regimen Extraordinario.- Es la jubilacion que establece el acapite I del Articulo 4º del Reglamento de la Ley Nº27252, aprobado por D.S. Nº164-200-EF. Jub.27252.Gen. - Jubilacion Anticipada-Regimen Generico.- Es la jubilacion que establece el acapite II del Articulo 4º del Reglamento de la Ley Nº27252, aprobado por D.S. Nº164-200-EF. Jub.REJA - Regimen especial de Jubilacion Anticipada para Desempleados.- Es la jubilacion establecida por el Articulo 9º de la Ley Nº27617, que incorpora la Decimotercera Disposicion Final y Transitoria al TUO de la Ley del SPP. Jub.19990 -Jubilacion Adelantada del Decreto Ley Nº19990.- Es la jubilacion establecida por el Articulo 9º de la Ley Nº27617, que incorpora la Decimoquinta Disposicion Final y Transitoria al TUO de la Ley del SPP. Otros egresos correspondientes a beneficios.- A traves de este codigo se especificara y discriminara los conceptos de egresos no contemplados, los mismos que luego de una evaluacion por parte de la SBS podran ser incorporados a la lista de codigos de egresos. (d) y (e) CUSPP y nombres del afiliado que origina el beneficio.- Se especificara solo los datos del afiliado que da origen al beneficio, no se consignaran los datos de los beneficiarios de pension del afiliado. Meses pagados.- Para los casos en que se MORDAZA pensiones -administradas por la AFP- que egresan de la CIC del afiliado, se anotara en las columnas lo siguiente: (f) Modalidad de Pago.- Se informara si el pago de la pension corresponde a un deposito en cuenta Dep o si corresponde a un pago mediante cheque Chq. (g) Periodo Inicial: Se registrara el primer mes del periodo de pago que se informa. Normalmente cuando se trata del primer pago de pensiones, se cancela mas de un mes. Por tanto, en el presente MORDAZA se anotara el primer mes que se esta cancelando. Cuando se trata de pagos regulares, y por tanto, se informe el pago de solo un mes, se registrara el mes que se esta pagando. Existen ocasiones en que los pagos regulares se ven interrumpidos. En estos casos se informa el primer mes de los devengados que se esta pagando. Para informar pagos de beneficios mediante transferencias, este MORDAZA debera dejarse en blanco. (h) Periodo Final: Se registrara el ultimo mes del periodo de pago que se informa. Cuando se trata del primer pago de pensiones, o de pagos regulares, que por algun motivo se han interrumpido y en los que se cancela mas de un mes, se anotara el ultimo mes que se esta cancelando. Cuando se trata de pagos regulares, y se informe el pago de solo un mes, este MORDAZA se dejara en blanco. Para informar pagos de beneficios mediante transferencias, este MORDAZA debera dejarse en blanco. (i) Saldo final de CIC.- Se informara, mediante una MORDAZA "X" si la CIC del afiliado se esta procediendo a cerrar, ya sea por el pago de la MORDAZA pension en Retiro Programado o Renta Temporal, o para los casos en que se procede a cerrar la CIC por niveles base (Articulo 18º del Titulo VII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones) o monto minimo de cotizacion (Articulo 52º del Titulo VII Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones). Para los casos de transferencia a terceros, por concepto de pago de primas unicas a empresas de seguros, herencias u otros, tambien se anotara la MORDAZA correspondiente. (j) Monto en soles.- Se especificara el monto en soles que se retira del Fondo de Pensiones para atender la transaccion informada. (k) Cuotas.- Se especificara el numero de cuotas resultantes que se extraen de la Cartera Administrada para atender la transaccion informada. (l) Valor cuota.- Se especificara el valor de cuota aplicado en la transaccion informada, el mismo que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 95º del Titulo V del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, debe ser el valor cuota vigente del dia de registro del egreso, es decir, el ultimo valor cuota validado. (m) Fecha de valor cuota.- Se especificara la fecha a que corresponde el valor de cuota aplicado en el pago de la transaccion informada. Correcciones de operaciones.- Cuando por algun motivo se revierta un pago de beneficio, debera figurar tanto el extorno de la operacion (con signo negativo tanto en soles como en numero de cuotas) como el MORDAZA registro del pago del beneficio que fue sujeto a correccion.

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