Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2002 (20/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, miercoles 20 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 219597

ANEXO I MODULO DE BENEFICIOS AFP: ..................... DETALLE DE EGRESOS DE LA CARTERA ADMINISTRADA PARA ATENDER BENEFICIOS
Fecha de Fecha de Codigo y concepto de egreso CUSPP, Apellidos y Nombres del origen del reporte en por beneficio afiliado que da origen al beneficio beneficio (a) IDI (b) Codigo (c) Concepto CUSPP (d) Apellidos y Nombres (e) Modalidad Meses pagados Saldo final Monto Valor Fecha de de Periodo Periodo de CIC en Cuotas cuota valor Pago (f) inicial (g) final (h) S/. (i) soles (j) (k) (l) cuota (m)

Totales:

Notas: (a) Fecha de origen del beneficio.- Se especificara la fecha en que se origina el beneficio solicitado de acuerdo al siguiente rol de causales y de conformidad con el Titulo VII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones. Los articulos senalados en esta nota se refieren al Titulo VII MORDAZA mencionado. A efectos de informar las pensiones regulares en modalidad de Retiro Programado o Renta Temporal, este MORDAZA debera dejarse en blanco. · Jubilacion : Fecha de eleccion de la modalidad acreditada en el formato de Solicitud de Pension de Jubilacion definitiva (Articulo 55º). · Jubilacion Pension Preliminar: Fecha de suscripcion de la seccion II del formato de Solicitud de Pension de Jubilacion (Articulo 121º), o fecha del documento mediante el cual el afiliado manifiesta su voluntad de recibir una pension preliminar. · Invalidez en periodo Transitorio: · Invalidez (sin cobertura): Fecha de la solicitud de pension de invalidez -seccion I del formato de Solicitud de Pension de Invalidez (Articulo 69º). · Invalidez (con cobertura): Este supuesto no representa egresos de dinero de la CIC, puesto que la empresa de seguros paga la pension con sus propios recursos (Articulo 68º). Por tanto, casos como el presente no se informan en el presente anexo. · Invalidez calificada como Definitiva - periodo No Transitorio: · Invalidez (sin cobertura): Fecha de eleccion de la modalidad acreditada en el formato de Solicitud de Pension de Invalidez (Articulo 75º). · Invalidez (sin cobertura) - pension preliminar. Fecha de suscripcion de la seccion II del formato de Solicitud de Pension de Invalidez (Articulos 121º y 123º), o fecha del documento mediante el cual el afiliado manifiesta su voluntad de recibir una pension preliminar. · Invalidez (con cobertura): Fecha de la suscripcion de la Conformidad de Solicitud de Pension -seccion II del formato de Solicitud de Pension Invalidez (Articulo 125º). Una vez concluido el Regimen Temporal, la fecha de inicio del beneficio sera la fecha de eleccion de modalidad de pension. · Invalidez (con cobertura) - pension preliminar. Fecha de la solicitud de pension de invalidez -seccion I del formato de Solicitud de Pension de Invalidez (Articulo 122º). · Sobrevivencia (sin cobertura): Fecha de eleccion de la modalidad acreditada en el formato de Solicitud de Pension de Sobrevivencia (Articulo 97º). · Sobrevivencia (sin cobertura) - pension preliminar. Fecha de suscripcion de la seccion II del formato de Solicitud de Pension de Sobrevivencia (Articulos 121º y 123º), en caso se presente mas de una pension de sobrevivencia, se registrara la fecha correspondiente a la seccion II de mayor antiguedad. Tambien, podra registrarse la fecha del documento mediante el cual el representante de los beneficiarios manifiesta su voluntad de recibir una pension preliminar. · Sobrevivencia (con cobertura): Fecha de la suscripcion de la Conformidad de Solicitud de Pension -seccion II del formato de Solicitud de Pension de Sobrevivencia (Articulo 125º). En caso concurra mas de una solicitud de pension de sobrevivencia, se informara la fecha de la seccion II de mayor antiguedad. Una vez concluido el Regimen Temporal, la fecha de inicio del beneficio sera la fecha de eleccion de modalidad de pension. · Sobrevivencia (con cobertura) - pension preliminar. Fecha de la solicitud de pension de invalidez -seccion I del formato de Solicitud de Pension de Sobrevivencia (Articulo 122º). En caso concurra mas de una solicitud de pension de sobrevivencia, se informara la de mayor antiguedad. · Gastos de sepelio: Fecha de recepcion de solicitud y documentacion sustentatoria. Incluye tambien los egresos de la CIC originados por el fallecimiento de afiliados pasivos en modalidad de Retiro Programado y Renta temporal. · Retiro de excedente de Pension: Fecha de recepcion de la solicitud de Retiro de Excedente de Pension. · Transferencia Herederos: Fecha de recepcion de la correspondiente declaratoria de herederos. Incluye tambien los casos contemplados en el Articulo 99º, referido a los casos en que no exista aporte adicional para pago de pensiones de sobrevivencia, el excedente se entregara a la masa hereditaria. · Liquidacion CIC por niveles base: Fecha que le corresponderia a la MORDAZA pension regular (7 ultimos dias de cada mes, Articulo 56º) con la cual se cierra la CIC, de acuerdo a lo que establece el Articulo 18º. · Liquidacion CIC por monto minimo de Cotizacion: Fecha de suscripcion de la Conformidad de Solicitud de Pension -seccion II del formato de solicitud de pension- en el cual se establece que el saldo de la CIC es igual o menor al doble de la remuneracion minima de acuerdo a lo establecido en el Articulo 52º. · Entrega MORDAZA Complementario: Fecha de recepcion de la redencion complementaria emitida por la ONP. (b) Fecha de reporte en el IDI.- Se indica la fecha del Informe Diario de Inversiones (IDI) mediante el cual la transaccion es o fue reportada. Esta informacion la brindara el area encargada de elaborar el IDI. (c) Codigo y concepto de egresos por Beneficios.- Se especificara el codigo de egreso por beneficio, sea que el pago se efectue mediante pensiones (FC04 y FC05) o si el beneficio se efectua a traves de la transferencia por una sola vez de parte o toda la CIC a un tercero, sea afiliado o no. Cada egreso correspondera al afiliado que da origen al beneficio. Los codigos y conceptos son los que se detallan a continuacion:

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